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PÆg. 248763 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de julio de 2003 2003; el Oficio Nº 236-2003-CONAFU-P del 28 de marzo del 2003; el Informe Nº 075-2003-CONAFU-CEAA del 2de abril del 2003; los Oficios Nºs. 262-2003-CONAFU-P,263-2003-CONAFU-P y 264-2003-CONAFU-P del 2 de abril del 2003, respectivamente; el Oficio Nº 302-2003- CONAFU-P del 10 de abril del 2003, el Expediente Nº69809 del 22 de abril del 2003; el Oficio Nº 041-03-CQFDPdel 22 de abril del 2003; el Expediente Nº 70000 del 28 deabril del 2003; el Oficio Nº 162-2003-CIP/CDP del 25 deabril del 2003; el Oficio Nº 071-2003-CEP-CRVIII-PUNO del 7 de mayo del 2003; el Oficio Nº 099-2003-CD-D-CCPP del 6 de mayo del 2003; el Oficio Nº 093-03-D-CDN-CQFPdel 29 de mayo del 2003; el Informe Nº 049-2003-CDAYCdel 4 de julio del 2003; el Acuerdo Nº 177-2003-CONAFUde la Sesión Ordinaria del 10 de julio del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CO-NAFU, como órgano autónomo, teniendo como atribución:la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacio- nal, y, emitir resoluciones autorizando o denegando su fun-cionamiento provisional o definitivo, previa verificación delcumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones esta-blecidas en la Ley, y de los reglamentos del CONAFU; Que, con documento de Vistos, Promotora Asociación Educativa Cultural y de Investigación Carlos Rubina Bur- gos de Puno, solicita al CONAFU, otorgue autorizaciónprovisional de funcionamiento al Proyecto de la denomi-nada Universidad Privada San Carlos de Puno, bajo losalcances de la Ley Nº 26439 y Ley Nº 23733, para prestarservicios educativos de nivel universitario en la ciudad y departamento de Puno, a través de las carreras profesio- nales de: Contabilidad Computarizada, Enfermería, Inge-niería Informática y Farmacia; Que, en cumplimiento del artículo 5º de la Ley Nº 26439, el Colegio de Ingenieros del Perú - ConsejoDepartamental de Puno, el Colegio de Contadores Públi- cos de Puno, del Colegio de Enfermeros del Perú - Con- sejo Regional VIII Puno, del Colegio Químico FarmacéuticoDepartamental de Puno, se han pronunciando observan-do el Proyecto presentado; Que, las Comisiones, Evaluadora y de Análisis y Conso- lidación del CONAFU luego de evaluar el Proyecto y los In- formes presentados, recomendaron al CONAFU, traslade a su Asociación Promotora las Observaciones establecidas enla evaluación del Proyecto de Desarrollo Institucional, paraque supere las debilidades encontradas, a través de la pre-sentación de una segunda versión definitiva del Proyecto; Que, como resultado del análisis de la nueva versión del Proyecto de Desarrollo Institucional la Comisión de Análisis y Consolidación, con Informe Nº 049-2003-CDA-YC del 4 de julio del 2003, señala: que en la Sección I,Fundamentación del Proyecto, el estudio de mercado esincompleto, no evalúa la demanda social y ocupacionalde las carreras ofertadas y, la evolución de los postulan- tes, ingresantes, matriculados, egresados, graduados, ti- tulados, de las universidades del área de influencia; en lagestión administrativa-finan ciera, no se menciona cómo se garantizará la viabilidad y estabilidad del Proyecto; en laSección II: Plan de Desarrollo Institucional, no se estable-cen tasas de deserción de los estudiantes. Con los datos del Formato 5-A se han obtenido porcentajes entre 4% y 5%, que son bajos en comparación con otras universida-des; en el área docente: el número de docentes considera-dos es menor al necesario; en el área de Investigación,Creación Intelectual y Artística, la organización e implemen-tación de las actividades no están establecidas con clari- dad; en el área de producción de bienes y servicios, las actividades han sido programadas sin sustentar su factibi-lidad en un estudio de mercado; en la Sección IV: Infraes-tructura Física y Recursos Educacionales, el espacio desti-nado al área administrativa es insuficiente para la organi-zación propuesta; no se ha previsto inversión en los labo- ratorios y talleres como: Arquitectura de Computadoras, Circuitos Lógicos, Circuitos Digitales, Sistemas Operativos,Redes de Computadoras, Electrónica Digital, Ingeniería deControl, Análisis Instrumental, Histología, Química Orgáni-ca y Farmacología, Química Analítica e Instrumental y,Química General; no se cuenta con la Memoria Descriptiva y Planos actualizados de la distribución de ambientes aca- démicos y administrativos ubicados en los locales de Con-de de Lemus 128 y Lambayeque 416, para verificar el nú-mero de aulas, laboratorios, áreas y capacidad, así comopara las oficinas y áreas de recreación; en la Sección V: Administración Financiera, los Ingresos por "Recursos Pro-pios" (27'553,245 soles) financian el 111% de los gastoscorrientes (24'826,207 soles) durante el quinquenio, en los Formatos no se ha considerado el financiamiento por en- deudamiento, ni la posible amortización de deuda (Forma-tos 5-I y J); por lo que no se podría ejecutar el crédito ban-cario ofrecido para justificar la capacidad financiera de laPromotora; los aportes directos de la Promotora (S/.1'600,000) financian el 5% del total de los gastos durante el quinquenio, los gastos de alquiler de los dos locales (S/. 432,000 soles) se consideran como parte de ese aporte, loque reduce su aporte real a 1'168,000 soles, equivale al3.6 % del total de los ingresos; en Egresos, las remunera-ciones representan el 92.4% de los gastos corrientes, quedejan un margen de 7.6%, para atender los gastos operati- vos en bienes y servicios, el 20% del total de los egresos corresponde a gastos de capital, porcentaje insuficiente; elFlujo de Caja durante el quinquenio tiene un excedente de1.4%, que pone en riesgo la estabilidad financiera del Pro-yecto, ya que no permitirá reinvertir en los gastos de la Uni-versidad; Que, en la Sección Nº 3, Carreras Profesionales; los planes de estudio de las cuatro carreras profesionalescoherentes con sus respectivos perfiles profesionales (50%y 61% del puntaje), general los Perfiles de Estudio estánpor debajo del 70% en la última versión del proyecto; losdocentes para la carrera de Enfermería presentan una carga lectiva elevada (21.7 horas); los responsables de las carreras de Ingeniería Informática y Farmacia no re-únen los requisitos exigidos para ocupar el cargo, no sepresenta información sobre los laboratorios de las carre-ras de Farmacia y Enfermería (faltan los laboratorios de:Anatomía Humana, Farmacología, Dietética y Nutrición, Físico-Química y Biología Celular). Asimismo, los labora- torios de las carreras de Contabilidad Computarizada eIngeniería Informática son insuficientes (faltan los labora-torios de: Arquitectura de Computadoras, Circuitos Lógi-cos, Circuitos Digitales, Arquitectura de Computadoras,Redes de Computadoras, Robótica y Telemática); Que, por lo antes expuesto, el proyecto en su califica- ción final ha alcanzado 132.5 puntos que representan el55% del puntaje máximo para su aprobación, asimismo,todas las carreras profesionales propuestas en su evalua-ción no han alcanzado puntaje mínimo aprobatorio de 75%,por lo que no se dan en el Proyecto de la Universidad Pri- vada San Carlos de Puno, las condiciones necesarias para asegurar su adecuado desarrollo, lo que constituiría garan-tía de la calidad de los servicios que pretende ofrecer; Que, el Pleno del Consejo Nacional para la Autoriza- ción de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, ensu Sesión Ordinaria del 10 de julio del 2003, luego de revisar el Expediente, con lo informado por las Comisio- nes Evaluadora y de Análisis y Consolidación, acordó, porunanimidad, de conformidad a lo dispuesto en el literal d)del artículo 23º del Reglamento para la Autorización deFuncionamiento de Universidades, no autorizar el funcio-namiento provisional de la Universidad Privada San Car- los de Puno, por existir en el proyecto deficiencias muy notorias que no permiten garantizar su adecuado desa-rrollo, ni niveles mínimos aceptables de calidad en la for-mación profesional que se pretende impartir en las carre-ras profesionales propuestas; Estando a lo expuesto, en concordancia con el literal a) del artículo 2º de la Ley Nº 26439; el literal a) del artícu- lo 3º del Estatuto; el literal b) del artículo 9º del Regla-mento General del CONAFU, los artículos 23º inciso d),24º y 25º del Reglamento para la Autorización de Funcio-namiento de Nuevas Universidades; el Acuerdo N° 177-2003-CONAFU del 10 de julio del 2003; y en uso de las facultades conferidas por el literal c) del Art. 16º del Re- glamento General del CONAFU; SE RESUELVE:Artículo 1º.- NO APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Privada San Carlos de Puno, presentado por la Promotora Asociación Cultural, Educa-tiva y de Investigación Carlos Rubina Burgos, por conte-ner deficiencias muy importantes que no permiten garan-tizar su adecuado desarrollo, ni niveles mínimos acepta-bles de calidad en la formación profesional que se preten- de impartir en las carreras profesionales propuestas. Artículo 2º.- NO AUTORIZAR el Funcionamiento Pro- visional de la Universidad Privada San Carlos, con sedeen la ciudad y departamento de Puno, presentado por su