Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2003 (25/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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2003; el Oficio Nº 236-2003-CONAFU-P del 28 de marzo del 2003; el Informe Nº 075-2003-CONAFU-CEAA del 2 de MORDAZA del 2003; los Oficios Nºs. 262-2003-CONAFU-P, 263-2003-CONAFU-P y 264-2003-CONAFU-P del 2 de MORDAZA del 2003, respectivamente; el Oficio Nº 302-2003CONAFU-P del 10 de MORDAZA del 2003, el Expediente Nº 69809 del 22 de MORDAZA del 2003; el Oficio Nº 041-03-CQFDP del 22 de MORDAZA del 2003; el Expediente Nº 70000 del 28 de MORDAZA del 2003; el Oficio Nº 162-2003-CIP/CDP del 25 de MORDAZA del 2003; el Oficio Nº 071-2003-CEP-CRVIII-PUNO del 7 de MORDAZA del 2003; el Oficio Nº 099-2003-CD-D-CCPP del 6 de MORDAZA del 2003; el Oficio Nº 093-03-D-CDN-CQFP del 29 de MORDAZA del 2003; el Informe Nº 049-2003-CDAYC del 4 de MORDAZA del 2003; el Acuerdo Nº 177-2003-CONAFU de la Sesion Ordinaria del 10 de MORDAZA del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA, teniendo como atribucion: la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, y, emitir resoluciones autorizando o denegando su funcionamiento provisional o definitivo, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley, y de los reglamentos del CONAFU; Que, con documento de Vistos, Promotora Asociacion Educativa Cultural y de Investigacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, solicita al CONAFU, otorgue autorizacion provisional de funcionamiento al Proyecto de la denominada Universidad Privada San MORDAZA de MORDAZA, bajo los alcances de la Ley Nº 26439 y Ley Nº 23733, para prestar servicios educativos de nivel universitario en la MORDAZA y departamento de MORDAZA, a traves de las carreras profesionales de: Contabilidad Computarizada, Enfermeria, Ingenieria Informatica y Farmacia; Que, en cumplimiento del articulo 5º de la Ley Nº 26439, el Colegio de Ingenieros del Peru - Consejo Departamental de MORDAZA, el Colegio de Contadores Publicos de MORDAZA, del Colegio de Enfermeros del Peru - Consejo Regional VIII MORDAZA, del Colegio Quimico Farmaceutico Departamental de MORDAZA, se han pronunciando observando el Proyecto presentado; Que, las Comisiones, Evaluadora y de Analisis y Consolidacion del CONAFU luego de evaluar el Proyecto y los Informes presentados, recomendaron al CONAFU, traslade a su Asociacion Promotora las Observaciones establecidas en la evaluacion del Proyecto de Desarrollo Institucional, para que supere las debilidades encontradas, a traves de la MORDAZA de una MORDAZA version definitiva del Proyecto; Que, como resultado del analisis de la nueva version del Proyecto de Desarrollo Institucional la Comision de Analisis y Consolidacion, con Informe Nº 049-2003-CDAYC del 4 de MORDAZA del 2003, senala: que en la Seccion I, Fundamentacion del Proyecto, el estudio de MORDAZA es incompleto, no evalua la demanda social y ocupacional de las carreras ofertadas y, la evolucion de los postulantes, ingresantes, matriculados, egresados, graduados, titulados, de las universidades del area de influencia; en la gestion administrativa-financiera, no se menciona como se garantizara la viabilidad y estabilidad del Proyecto; en la Seccion II: Plan de Desarrollo Institucional, no se establecen tasas de desercion de los estudiantes. Con los datos del Formato 5-A se han obtenido porcentajes entre 4% y 5%, que son bajos en comparacion con otras universidades; en el area docente: el numero de docentes considerados es menor al necesario; en el area de Investigacion, Creacion Intelectual y Artistica, la organizacion e implementacion de las actividades no estan establecidas con claridad; en el area de produccion de bienes y servicios, las actividades han sido programadas sin sustentar su factibilidad en un estudio de mercado; en la Seccion IV: Infraestructura Fisica y Recursos Educacionales, el espacio destinado al area administrativa es insuficiente para la organizacion propuesta; no se ha previsto inversion en los laboratorios y talleres como: Arquitectura de Computadoras, Circuitos Logicos, Circuitos Digitales, Sistemas Operativos, Redes de Computadoras, Electronica Digital, Ingenieria de Control, Analisis Instrumental, Histologia, Quimica Organica y Farmacologia, Quimica Analitica e Instrumental y, Quimica General; no se cuenta con la Memoria Descriptiva y Planos actualizados de la distribucion de ambientes academicos y administrativos ubicados en los locales de MORDAZA de Lemus 128 y MORDAZA 416, para verificar el numero de aulas, laboratorios, areas y capacidad, asi como

para las oficinas y areas de recreacion; en la Seccion V: Administracion Financiera, los Ingresos por "Recursos Propios" (27'553,245 soles) financian el 111% de los gastos corrientes (24'826,207 soles) durante el quinquenio, en los Formatos no se ha considerado el financiamiento por endeudamiento, ni la posible amortizacion de deuda (Formatos 5-I y J); por lo que no se podria ejecutar el credito bancario ofrecido para justificar la capacidad financiera de la Promotora; los aportes directos de la Promotora (S/. 1'600,000) financian el 5% del total de los gastos durante el quinquenio, los gastos de alquiler de los dos locales (S/. 432,000 soles) se consideran como parte de ese aporte, lo que reduce su aporte real a 1'168,000 soles, equivale al 3.6 % del total de los ingresos; en Egresos, las remuneraciones representan el 92.4% de los gastos corrientes, que dejan un margen de 7.6%, para atender los gastos operativos en bienes y servicios, el 20% del total de los egresos corresponde a gastos de capital, porcentaje insuficiente; el Flujo de MORDAZA durante el quinquenio tiene un excedente de 1.4%, que pone en riesgo la estabilidad financiera del Proyecto, ya que no permitira reinvertir en los gastos de la Universidad; Que, en la Seccion Nº 3, Carreras Profesionales; los planes de estudio de las cuatro carreras profesionales coherentes con sus respectivos perfiles profesionales (50% y 61% del puntaje), general los Perfiles de Estudio estan por debajo del 70% en la MORDAZA version del proyecto; los docentes para la MORDAZA de Enfermeria presentan una carga lectiva elevada (21.7 horas); los responsables de las carreras de Ingenieria Informatica y Farmacia no reunen los requisitos exigidos para ocupar el cargo, no se presenta informacion sobre los laboratorios de las carreras de Farmacia y Enfermeria (faltan los laboratorios de: Anatomia Humana, Farmacologia, Dietetica y Nutricion, Fisico-Quimica y Biologia Celular). Asimismo, los laboratorios de las carreras de Contabilidad Computarizada e Ingenieria Informatica son insuficientes (faltan los laboratorios de: Arquitectura de Computadoras, Circuitos Logicos, Circuitos Digitales, Arquitectura de Computadoras, Redes de Computadoras, Robotica y Telematica); Que, por lo MORDAZA expuesto, el proyecto en su calificacion final ha alcanzado 132.5 puntos que representan el 55% del puntaje MORDAZA para su aprobacion, asimismo, todas las carreras profesionales propuestas en su evaluacion no han alcanzado puntaje minimo aprobatorio de 75%, por lo que no se dan en el Proyecto de la Universidad Privada San MORDAZA de MORDAZA, las condiciones necesarias para asegurar su adecuado desarrollo, lo que constituiria garantia de la calidad de los servicios que pretende ofrecer; Que, el Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, en su Sesion Ordinaria del 10 de MORDAZA del 2003, luego de revisar el Expediente, con lo informado por las Comisiones Evaluadora y de Analisis y Consolidacion, acordo, por unanimidad, de conformidad a lo dispuesto en el literal d) del articulo 23º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, no autorizar el funcionamiento provisional de la Universidad Privada San MORDAZA de MORDAZA, por existir en el proyecto deficiencias muy notorias que no permiten garantizar su adecuado desarrollo, ni niveles minimos aceptables de calidad en la formacion profesional que se pretende impartir en las carreras profesionales propuestas; Estando a lo expuesto, en concordancia con el literal a) del articulo 2º de la Ley Nº 26439; el literal a) del articulo 3º del Estatuto; el literal b) del articulo 9º del Reglamento General del CONAFU, los articulos 23º inciso d), 24º y 25º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Nuevas Universidades; el Acuerdo N° 1772003-CONAFU del 10 de MORDAZA del 2003; y en uso de las facultades conferidas por el literal c) del Art. 16º del Reglamento General del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- NO APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Privada San MORDAZA de MORDAZA, presentado por la Promotora Asociacion Cultural, Educativa y de Investigacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por contener deficiencias muy importantes que no permiten garantizar su adecuado desarrollo, ni niveles minimos aceptables de calidad en la formacion profesional que se pretende impartir en las carreras profesionales propuestas. Articulo 2º.- NO AUTORIZAR el Funcionamiento Provisional de la Universidad Privada San MORDAZA, con sede en la MORDAZA y departamento de MORDAZA, presentado por su

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