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PÆg. 248776 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de julio de 2003 realizadas al local y habiéndose intentado en diversas oportunidades realizar inspección ocular al mismo, sin quehasta la fecha se haya hecho posible; Que, es función de la Municipalidad velar por la segu- ridad del vecindario, controlar el buen y correcto funcio- namiento de los establecimientos que funcionan en su cir-cunscripción; Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú y estando a las facultades otorgadas por la Ley Or-gánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, la Ley del Pro- cedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, Orde- nanza Nº 282-MML y demás normas complementarias ysupletorias; RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Licencia de Apertura de Establecimiento presentado por DEL MAZO MERCADO CÉSAR, para el establecimientoubicado en Jr. Cailloma Nº 828 Int. 301 - Cercado de Lima. Artículo 2º.- Comunicar la presente Resolución a la Dirección Municipal de Fiscalización y Control para el ejer-cicio de sus funciones, asimismo a las dependencias per- tinentes de la Municipalidad para los fines convenientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EVA CÉSPEDES CORREA Directora Municipal Dirección Municipal de Comercialización y Defensa del Consumidor 13811 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Amplían plazo de beneficio de regularización de edificaciones ORDENANZA Nº 155-MDB Barranco, 3 de julio del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTA, la décimo cuarta disposición complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, la Décimo cuarta disposición complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, de-termina que los propietarios de edificaciones que hayansido construidas sin licencia de construcción y/o en terre-nos sin habilitación urbana, hasta el 31 de diciembre del 2002, podrán regularizar su situación, sin pago de multas ni otras sanciones, hasta el 31 de junio del 2003, median-te el procedimiento de regularización de edificaciones aque se refiere la Ley Nº 27157 y normas reglamentarias; Que, existe gran número de edificaciones en el distrito de Barranco, cuya situación se encuentra pendiente de regularizar; Con el voto unánime de sus miembros y con la dispen- sa de la lectura del acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Disponer la ampliación del plazo de beneficio de regularización de edificaciones contenido en la décimo cuarta disposición complementaria de la LeyOrgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 hasta el díasábado 16 de agosto del 2003 . Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento y difu- sión de la presente ordenanza a la Gerencia de Desarro- llo Urbano y a la Oficina de Imagen Institucional, respecti- vamente. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 13927MUNICIPALIDAD DE COMAS Encargan funciones del Procurador Pœblico Municipal a la Directora de la Oficina de Asesoría Legal RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 428-2003-A/MC Comas, 18 de julio de 2003 VISTO: El Informe Nº 078-2003-OPP/MC, de fecha 15 de julio del 2003, del Director de la Oficina de Presupuestoy Planificación, relacionado a restricciones de asignacio- nes de nuevas partidas; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 29º de la Ley Orgánica de Municipali- dades - Ley Nº 27972, establece que la representación y defensa de los intereses y derechos de las municipalida-des en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a ley, el cual está a cargo de Procura- dores Públicos Municipales; Que, estando a las nuevas disposiciones referentes a la defensa judicial, se aprecia que en los casos específi- cos, artículo 9º inciso 23) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgá-nica de Municipalidades, es el Concejo Municipal quien autoriza al Procurador Público, iniciar o impulsar proce- sos judiciales para estos casos; Que, el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representa- ción y Defensa del Estado en Juicio, de fecha 25 de mar- zo de 1969, establece en su artículo 1º que la defensa delos intereses y derechos del Estado se ejercita judicial- mente, por intermedio de los Procuradores Públicos, correspondiendo el nombramiento de los Procuradores alseñor Alcalde conforme lo dispone el artículo 29º, 2do. párrafo de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipali- dades, la cual señala que los Procuradores Públicos Mu-nicipales son funcionarios designados por el Alcalde; Que, en tanto se organice la Oficina de Procuraduría Pública Municipal, teniendo en consideración lo señaladoen el artículo 37º del Decreto Ley Nº 17537, y en cuanto se superen los impases señalados en el Informe del Visto, relativos a restricciones sobre asignación de nuevas par-tidas que implican modificación presupuestal, prohibidos según el artículo 6º de la Ley Nº 27879 - Ley del Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003; se hacepertinente encargar las funciones de Procurador Público Municipal al funcionario que tiene la función de velar por la defensa de los intereses y derechos de la Municipali-dad en los procesos en que se le ha entablado o por ini- ciarse, conforme al Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los incisos 1) y 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y, Con los Vistos Buenos respectivos, de los Directores de las Oficinas de Administración y Finanzas, Planifica- ción y Presupuesto, Asesoría Legal y Director Municipal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR, las labores de Pro- curador Público Municipal de la Municipalidad Distrital deComas, a la Directora de la Oficina de Asesoría Legal, en base a los considerandos expuestos en la presente reso- lución. Artículo Segundo.- El Procurador Público Municipal de la Municipalidad Distrital de Comas, tendrá a su cargo la representación y defensa de los intereses y derechosde la Municipalidad, no teniendo restricción alguna para ejercer todas las prerrogativas que le correspondan, de- biendo ceñirse a la normatividad a la que están sujetoslos Procuradores Públicos del Estado. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 13924