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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (07/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 22

PÆg. 245584 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de junio de 2003 Visto el Oficio Nº 397-2003-JUS/PPMJ, de fecha 21 de febrero de 2003, de la Procuradora Pública acargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Jus-ticia; CONSIDERANDO: Que, con fecha 8 de enero de 2002, don Walter Gumercindo Zegarra Salinas, solicitó ante el Regis-tro de Propiedad Vehicular de la Oficina Registral deSan Martín, la inmatriculación del vehículo menorMarca Honda, con Número de Serie MC125P- 038709-PE-01, acompañando la correspondiente documentación sustentatoria; Que, en dicho Registro, en la Ficha Nº MX-14365, se encuentra inscrito otro vehículo menor con idéntico Nú-mero de Serie, inmatriculado a favor de Américo RoldánArista Inuma; Que, en nuestra legislación vigente, el Nº de Serie identifica y singulariza a un vehículo, existiendo eviden-cias razonables de la comisión de delito contra la FePública, en su modalidad de falsificación de documen-tos, previsto y sancionado en los artículos 427º y 428ºdel Código Penal; Que, es necesario autorizar a la Procuradora Pú- blica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministeriode Justicia, para que en nombre y representación delEstado inicie e impulse la acción penal correspon-diente; Estando a lo opinado en el Oficio Nº 397-2003-JUS/ PPMJ, de fecha 21 de febrero de 2003, de la Procu- radora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales delMinisterio de Justicia y en el Oficio Nº 163-2002-ORSM-JEF, de fecha 28 de enero de 2003, del Jefe Regional dela Oficina Registral de San Martín; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justi-cia, y artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Repre-sentación y Defensa del Estado en Juicio, modificadopor el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio deJusticia, para que en representación y defensa delos intereses del Estado promueva e impulse la ac- ción penal contra don Walter Gumercindo Zegarra Salinas, y los demás que resulten responsables, porla comisión del delito contra la Fe Pública, en su mo-dalidad de falsificación de documentos, conforme alo expuesto en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procu-radora Pública; para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 10597 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 206-2003-JUS Lima, 4 de junio de 2003 Visto el Oficio Nº 790-2003-JUS-PPMJ de fecha 29 de abril de 2003, de la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO:Que, conforme se desprende del Informe Nº 002- 2003-ZRI/RPV de fecha 18 de marzo de 2003, y del Informe Nº 001-2003-ZR Nº I-OAL, de la AsesoríaLegal de la Zona Registral Nº 1- Sede Piura, donEdgar Valentín Mamani Gil, en su calidad de compra-dor, solicitó la transferencia de propiedad del vehícu- lo de placa BB-3943, Título de origen Nº 3689-Lima yTítulo Piura Nº 5413/3-RAVF, habiéndose detectadoal momento de la calificación registral, la presuntafalsificación de los sellos y firmas del Notario de Lima,Dr. Elvito Rodríguez Domínguez, en el contrato de compra venta privado que supuestamente legalizó; hecho que es corroborado por el mismo notario encarta de fecha 25 de abril de 2003, al afirmar que lossellos y firma no le pertenecen. Que existiendo suficientes indicios razonables de la comisión de delito contra la Fe Pública en agravio del Estado, previstos en los artículos 427º y 428º del Código Penal, la Procuradora Pública a cargo de losasuntos judiciales del Ministerio de Justicia solicitase le autorice interponer denuncia penal en agraviodel Estado; Que siendo la Zona Registral Nº 1- Sede Piura de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, la directamente perjudicada con estas acciones ilíci-tas reseñadas, aunándose a ello su carácter de En-tidad Estatal, y siendo el Estado el defensor en juiciode los bienes jurídicos públicos; resulta necesarioautorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en nombre y representación del Estado inicie eimpulse la acción penal correspondiente contra donEdgar Valentín Mamani Gil y los que resulten respon-sables; De conformidad con lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del SectorJusticia, y en el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 -Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio,modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Jus-ticia, para que en representación y defensa de losintereses del Estado promueva e impulse la acción penal por el delito contra la Fe Pública, contra don Edgar Valentín Mamani Gil y los que resulten respon-sables. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución con sus antecedentes, a la mencionada ProcuradoraPública; y copia de la Resolución a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, para los fines correspon- dientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 10598 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 208-2003-JUS Lima, 4 de junio de 2003 Visto el Oficio Nº 816-2003-JUS/PPMJ, de fecha 7 de mayo de 2003, de la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO:Que, doña Eulogia Sante Huanca, solicitó ante la Zona Registral Nº X, Sede Cusco, la inscripción del Acta de Transferencia Vehicular respecto del vehículo de Placa de Rodaje WH-8191, Clase Camión, Marca Volvo, Añode Fabricación 1983; Que, dicha solicitud, con la correspondiente documen- tación sustentatoria, fue remitida el 25 de marzo de 2003,a la Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa, bajo el Título Nº 03012003507936, con Comprobante de Pago Nº 01732400 y Legajo Nº 0000506350; Que, la aludida Acta de Transferencia Vehicular de fecha 29 de octubre de 1999, supuestamente otorgada