Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2003 (07/06/2003)


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RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de junio de 2003

Articulo Primero.- Aceptar a partir de la fecha la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eyzaguirre MORDAZA al cargo de Jefe de la Oficina de Seguridad Integral de la Gerencia General del Poder Judicial; dispensandola del plazo de ley, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- Designar a partir de la fecha, bajo los alcances del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, del Decreto Supremo Nº 003-97-TR, al senor MORDAZA MORDAZA Olivero Molfino en el cargo de Jefe de la Oficina de Seguridad Integral de la Gerencia General del Poder Judicial. Articulo Tercero.- Poner la presente Resolucion en conocimiento de la Gerencia General del Poder Judicial, para los fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDONEZ MORDAZA 10715

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Disponen que Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica designen magistrados para proceder a endosar certificados de depositos judiciales
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 109-2003-P-PJ
MORDAZA, 6 de junio del 2003 VISTO: El Oficio de la Gerencia General Nº 903-2003-GG/PJ, mediante el cual, se da cuenta de la existencia de Certificados de Depositos Judiciales pendientes de cobro que se encuentran en custodia de los diversos Organos Jurisdiccionales y/o Administradores de Modulo Corporativo. CONSIDERANDO: Que, en las diversas Cortes Superiores de Justicia de la Republica, se ha detectado una cantidad considerable de Certificados de Depositos Judiciales, que se encuentran desglosados de sus expedientes y dada su antiguedad, no se puede determinar los sujetos procesales ni el numero de expediente al que pertenecen; los que actualmente estan almacenados sin las medidas de seguridad necesarias; Que, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva Nº 008-2000-SE-TP-CME-PJ, aprobada por Resolucion Administrativa Nº 192-SE-TP-CME-PJ, la misma que regula el registro, custodia y administracion de los certificados de depositos judiciales; el MORDAZA de estos documentos es el administrador de modulo y/o personal designado por el Juzgado; Que, asimismo constituye responsabilidad del Poder Judicial garantizar la seguridad de los montos consignados en estos Certificados de Deposito Judicial, los que dada su antiguedad, se encuentran sujetos a deterioro y posible riesgo de sustraccion o perdida; debiendose adoptar las acciones necesarias con este fin; Que, el Banco de la Nacion, ha remitido la Data correspondiente a los Certificados de Deposito Judicial pendientes de cobro, corroborando la situacion MORDAZA descrita, documentos que por su antiguedad tendrian la condicion de prescritos; Que, el MORDAZA de corporativizacion de los organos jurisdiccionales, trajo consigo la redistribucion de los expedientes judiciales y por ende el cambio a un numero auto-

generado; habiendo perdido en muchos casos el numero de origen, lo que ha hecho imposible determinar el expediente en donde se origino el Certificado de Deposito Judicial y por ende su ubicacion, para proceder al endoso; esto a pesar de haberse contrastado la Base de Datos proporcionada por el Banco de la Nacion con la informacion existente en el Poder Judicial; Que, ante los hechos descritos, se requiere adoptar acciones administrativas, que permitan cautelar los intereses de terceros y de la Institucion; justificandose la autorizacion del endoso de estos Certificados de Depositos Judiciales sin Expediente a la vista, a favor de la Subgerencia de Tesoreria del Poder Judicial, debiendo a su vez autorizarse a la Gerencia General del Poder Judicial la devolucion de los montos consignados en ellos y de los intereses devengados a la fecha de pago a los titulares originales de estos instrumentos, en caso de solicitud presentada y amparada, previo mandato del organo jurisdiccional correspondiente; Que, la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria y Final del Codigo Procesal Civil, determina que a los cinco anos de culminado el MORDAZA, prescribe el derecho de retirar o cobrar los importes de dinero y los respectivos intereses contenidos en los Certificados de Depositos Judiciales; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia respectiva, es la MORDAZA autoridad administrativa y jurisdiccional en el Distrito Judicial a su cargo, por lo que, se requiere apruebe la designacion del numero de Magistrados necesarios, con la finalidad de proceder al endoso de los Certificados de Depositos Judiciales a los que se hace referencia en los considerandos anteriores, a favor de la Subgerencia de Tesoreria del Poder Judicial; Por los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas en el Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que las Presidencias de las diversas Cortes Superiores de Justicia de la Republica, designen a los senores Magistrados que consideren necesarios; para que procedan al endoso de los certificados de depositos judiciales senalados en la parte considerativa de la presente resolucion, a favor de la Subgerencia de Tesoreria del Poder Judicial. Articulo Segundo.- Se autoriza a la Gerencia General del Poder Judicial disponer la devolucion de los montos consignados en los Certificados de Deposito descritos en la presente, mas los correspondientes intereses devengados a la fecha de pago, a los beneficiarios originales de estos titulos, en caso de solicitud presentada y amparada, previo mandato del organo jurisdiccional correspondiente. Articulo Tercero.- Pongase la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina de la Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica y de la Gerencia General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 10761

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan jueces suplentes de juzgados laborales, de familia y mixtos del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0229-2003-P-CSJL/PJ
MORDAZA, 6 de junio del 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su

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