Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2003 (07/06/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 7 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 245609

Que, conforme a lo establecido por el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la contratacion de urgencia del servicio arqueo, recepcion y custodia de titulos valores debera ser tratada como una medida temporal por tratarse de una excepcion, por lo que la contratacion de dicho servicio debe ser reflejo de una accion rapida, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente, es decir, mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, conforme a lo dispuesto por el inciso b) del articulo 20 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, corresponde al Directorio de FONAFE aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo para la contratacion de los servicios de arqueo, recepcion y custodia de titulos valores arriba mencionados, a fin de procurar la salvaguarda de la integridad de los titulos valores que correspondian a la CAC. Que a la fecha FONAFE no tiene suscrito un contrato de locacion de servicios con una empresa dedicada al arqueo, recepcion y custodia de titulos valores. En ese sentido, resulta necesario la suscripcion de un contrato de dicha naturaleza, el cual se considera tiene caracter de urgente, de acuerdo a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Reglamento de dicha norma. Luego de un intercambio de opiniones, los miembros del Directorio adoptaron por unanimidad el siguiente Acuerdo: Acuerdo de Directorio Nº 012-2003/009-FONAFE 1. Declarar la contratacion del servicio de arqueo, recepcion y custodia de los titulos valores correspondientes a la cartera de creditos encargados por el Ministerio de Economia y Finanzas a la hoy disuelta Comision Administradora de Cartera, como una contratacion realizada en situacion de urgencia, de conformidad con el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, por el tiempo necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. 2. Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, la contratacion del servicio de arqueo, recepcion y custodia de los titulos valores correspondientes a la cartera de creditos encargados por el Ministerio de Economia y Finanzas a la hoy disuelta Comision Administradora de Cartera, los mismos que seran transferidos a FONAFE en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 062-2002, conforme a lo establecido por el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. Dicha contratacion se tramitara mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, conforme a lo establecido en el articulo 20 de la MORDAZA MORDAZA mencionada. 3. Autorizar a la Direccion Ejecutiva del FONAFE a suscribir el Contrato de Locacion de Servicios correspondiente con la empresa especializada en servicios de arqueo, recepcion y custodia de titulos valores, y a pactar el monto y la forma de pago correspondiente a dicha contratacion. 4. Determinar que el Area de Administracion de FONAFE sea la encargada de la contratacion de una empresa especializada en el servicio de arqueo, recepcion y custodia de titulos valores mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia bajo la modalidad de contratacion en situacion de urgencia, de conformidad con lo establecido en los articulos 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el articulo 108 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0132001-PCM. 5. Encargar a la Direccion Ejecutiva la realizacion de las acciones necesarias para la implementacion del presente Acuerdo. 6. Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion previa del Acta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Ejecutiva 10748

INADE
Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Proyecto Especial Chira MORDAZA para el ejercicio fiscal 2003
PROYECTO ESPECIAL CHIRA MORDAZA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 075/2003-INADE-PECHP-8401
MORDAZA, 5 de junio de 2003 VISTO, el Informe Nº 015/2003-INADE-PECHP-8405 de fecha 5 de junio del 2003, de la Oficina de Administracion sobre modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Proyecto Especial Chira MORDAZA Ano 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 013/2002-INADE-PECHP-8401 del 27 de enero del 2003, se aprobo el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DEL PROYECTO ESPECIAL CHIRA MORDAZA para el Ejercicio 2003; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 053/2003-INADE-PECHP-8401 del 21 de MORDAZA del 2003, se aprobo la primera modificacion del PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DEL PROYECTO ESPECIAL CHIRA MORDAZA para el ejercicio 2003; Que, con el documento del visto la Oficina de Administracion ha solicitado la inclusion y exclusion de Procesos de Seleccion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Proyecto Especial Chira MORDAZA Ano 2003, motivo por el cual el referido Plan debe ser modificado; Que, en el ultimo parrafo del Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se establece que: El Plan Anual podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramaciones de metas propuestas; Que, mediante Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE/ PRE del 7 de diciembre del 2001, se aprueba la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, que regula el procedimiento de elaboracion e informacion que debe contener el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Publico; Y, en el MORDAZA parrafo de su sexta Disposicion Especifica dispone que: Toda modificacion del Plan Anual, sea por inclusion o exclusion de procesos de seleccion, debera ser aprobada por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, o por el funcionario o dependencia delegada. Toda modificacion debera ser comunicada al CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a dicha aprobacion; Que, es necesario aprobar la MODIFICACION DEL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES, del Proyecto Especial Chira MORDAZA de conformidad con las normas legales glosadas; Por lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por Resolucion Suprema Nº 309-2001-PRES del 5 de diciembre del 2001 y contando con las visaciones de las Direcciones de Obras, de Estudios y Operacion y Mantenimiento y de las Oficinas de Presupuesto y Planificacion, Asesoria Juridica y de Administracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la MODIFICACION DEL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES del Proyecto Especial Chira MORDAZA para el Ejercicio Fiscal 2003, que debidamente visado forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES MODIFICADO, aprobado en el articulo precedente, sea puesto a disposicion del publico en el Area de Abastecimientos y Servicios Auxiliares del Proyecto Especial Chira MORDAZA y se remita en el plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles de aprobado, al

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.