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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (07/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 49

PÆg. 245611 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de junio de 2003 93-PRES; Decreto Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA y Re- solución Suprema Nº 004-2003-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, del proceso de selección correspondiente para contratar el Servicio de Seguros Patrimoniales y Vida Ley, por el tiempoestrictamente necesario que permita llevar a cabo el procesode selección que corresponda, por el valor de S/. 41 000,00(Cuarenta y Un Mil y 00/100 Nuevos Soles), proveniente de laFuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recauda- dos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Administración del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, a fin de que efectúe lacontratación materia de la presente Resolución, mediante elprocedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía, en el marco de los Artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo 3º.- La contratación a que se refiere el artículo precedente, se realizará de acuerdo a las normas del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado. Artículo 4º.- Disponer que la Oficina de Auditoría Interna del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, realice un examen decontrol con la finalidad de establecer las responsabilidades aque hubiere lugar, por las deficiencias anotadas en la parteconsiderativa de la presente Resolución Presidencial. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución Presi- dencial a la Contraloría General de la República, conjuntamen-te con los Informes Técnico y Legal sustentatorios, disponién-dose su publicación en el Diario Oficial El Peruano, dentro delos diez (10) días hábiles siguientes de su emisión y notificán-dose al Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, así como a las Gerencias y Oficinas Generales del INADE que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. FEDERICO VARGAS CENTENO Presidente Ejecutivo 10623 Autorizan al Proyecto Especial Jeque- tepeque Zaæa contratar suministro decombustible mediante adjudicación demenor cuantía INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 085-2003-INADE-1100 Lima, 30 de mayo del 2003 VISTO:EL Oficio Nº 427-2003-INADE/8101, del Director Ejecu- tivo del Proyecto Especial Jequetepeque Zaña; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Mi-nisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conpersonería jurídica de derecho público interno y autono- mía técnica, económica, financiera y administrativa, consti- tuyendo un Pliego Presupuestal de dicho Sector y quetiene a su cargo la dirección y conducción de los ProyectosEspeciales que le encargue el Gobierno Central; Que, mediante Resolución Directoral Nº 029-2003-INA- DE/8101, de fecha 24.4.2003, el Proyecto Especial Jeque- tepeque Zaña declaró en Situación de Urgencia el suminis- tro de combustible, por lo expuesto en la parte considerativade dicha Resolución; Que, mediante el oficio del exordio, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial solicita la exoneración del procesode selección correspondiente, por la indicada causal, para contratar por el proceso de Adjudicación de Menor Cuan- tía, el suministro de combustible para dicha entidad; Que, el Artículo 20º del Texto Único citado, prescribe que las adquisiciones y contrataciones que se efectúen ensituación de urgencia, se realizarán mediante el procesode Adjudicación de Menor Cuantía, siendo la exoneración aprobada por Resolución del Titular del Pliego; Que, el Artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneración delos procesos de selección, se sustentarán necesariamenteen un informe técnico-legal previo que contendrá la justifi- cación técnica y legal de la adquisición o contratación; Que, conforme consta del Informe Técnico Legal Nº 001- 2003-INADE/8105/8106, de las Oficinas de Administración yde Asesoría Jurídica del Proyecto Especial Jequetepeque Zaña,la situación fáctica de la urgencia declarada se sustenta enque la primera convocatoria de la Adjudicación Directa Pública Nº 0001-2003-INADE-8101-PEJEZA ha sido declarada de- sierta por haberse presentado un solo postor, lo cual obliga aefectuar una segunda convocatoria, cuya realización deman-da un lapso de tiempo no previsto y que excede el plazo delcontrato vigente con el actual proveedor, ampliado de acuerdoa lo dispuesto por el Artículo 141º del Reglamento, originándo- se en tal sentido una situación de urgencia a fin de no dejar desabastecido de combustible al Proyecto Especial, requirien-do la exoneración del proceso de selección para efectuar laadquisición por el proceso de menor cuantía hasta por la sumade S/. 40 000,00 y por el período comprendido entre el25.4.2003 y el 31.5.2003; Que, de otro lado, mediante Memorándum Nº 0493-2003- INADE-5101-GPC, la Gerencia de Proyectos en Costa emiteopinión favorable a la solicitud de exoneración del proceso deselección correspondiente, así como a la autorización para laadquisición de combustible por el proceso de Adjudicación deMenor Cuantía, por el plazo y monto solicitado; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en virtud de lo expuesto en los informes precedentes, estima que la situa-ción descrita se tipifica en el Artículo 19º inciso c) del TextoÚnico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM, como una causal de exoneracióndel proceso de selección correspondiente por situación de urgencia, lo cual permite la contratación del suministro de combustible por el procedimiento de Adjudicación de MenorCuantía, por el período y monto solicitado; Que, para tal efecto se debe dictar la Resolución Presi- dencial que apruebe la referida exoneración, en razón a que elPresidente Ejecutivo del Consejo Directivo del INADE es el Titular del Pliego, conforme se encuentra señalado en el Artí- culo 6º del Decreto Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA; Que, la contratación de los servicios debe realizarse mediante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía,en el marco de los Artículos 105º y 116º del Reglamento dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Estando al Informe Técnico Legal Nº 001-2003-INADE/ 8105/8106, de las Oficinas de Administración y de Aseso-ría Jurídica del Proyecto Especial Jequetepeque Zaña;Memorándum Nº 0493-2003-INADE-5101-GPC e InformeLegal Nº 097-2003-INADE-3201-OGAJ, de la Gerencia deProyectos en Costa y Oficina General de Asesoría Jurídica del INADE, respectivamente; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Proyectos en Costa y Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el inciso c) del Artículo 19º e inciso a) del Artículo 20º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Artículos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Decreto Legisla-tivo Nº 599, Ley de Organización y Funciones del INADE ysu Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-PRES; Decreto Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA y Re- solución Suprema Nº 004-2003-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Proyecto Especial Jequete- peque Zaña del proceso de selección correspondiente paracontratar el suministro de combustible, con eficacia antici-pada, por el período comprendido entre el 25.4.2003 al 31.5.2003 por el valor de S/. 40 000,00 (Cuarenta Mil y 00/ 100 Nuevos Soles), proveniente de la Fuente de Financia-miento: Recursos de Privatización y Concesiones, por losfundamentos expuestos en la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Administración del Proyecto Especial Jequetepeque Zaña, a fin de que efec- túe la contratación materia de la presente Resolución,mediante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuan-tía, por el período y monto señalado en el artículo prece-dente, en el marco de los Artículos 105º y 116º del Regla-mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo 3º.- La contratación a que se refiere el artículo precedente, se realizará de acuerdo a las normas del Texto