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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (07/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 43

PÆg. 245605 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de junio de 2003 ción Gestión, Cía. Impresora Peruana, Empresa Peruana de Servicios Editoriales, Empresa Periodística NacionalS.A.C., Liberación S.A., Editora Sindesa S.A., Editora Pe-riodística Lideres S.A., Empresa Editora Multimedia S.A.C. y Apoyo Publicaciones S.A., procediendo las respectivas contrataciones mediante el procedimiento de Menor Cuan-tía; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segurosy Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Nº 26702, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, su Reglamento, Decreto Supremo Nº 041-2003-PCM y demás normas complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración de los pro- cesos de selección correspondientes a la contratación dela Empresa Editora El Comercio, Corporación Gestión, Cía.Impresora Peruana, Empresa Peruana de Servicios Edito-riales, Empresa Periodística Nacional S.A.C., Liberación S.A., Editora Sindesa S.A., Editora Periodística Lideres S.A., Empresa Editora Multimedia S.A.C. y Apoyo Publica-ciones S.A., para que presten el servicio de publicidad deavisos relacionados con lo que constituye las funciones dela Superintendencia de Banca y Seguros, bajo la causalde servicios personalísimos, por un período anual, a partir de la suscripción de los respectivos contratos. Artículo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administración General a contratar a las empre-sas mencionadas en el artículo 1º, mediante procesos deAdjudicación de Menor Cuantía, con cargo a los recursospropios de la Institución. Artículo Tercero.- El valor referencial total, incluido todo concepto, gastos y tributos, para la contratación de estasempresas se ha estimado en USD 331 000.00 (Trescientostreinta y un mil con 00/100 Dólares Americanos). Artículo Cuarto.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administración General remita a la Contraloría General de la República, copia de la presente Resolución y del Informe Técnico-Legal que sustenta esta exonera-ción, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a lafecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto en elartículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 10592 Autorizan viaje de funcionario a Uru- guay a fin de participar en reuniones para eventual suscripción de Conve- nio de Seguridad Social RESOLUCIÓN SBS Nº 855-2003 Lima, 5 de junio de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROSCONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 616-2003-MTPE/SG de fecha 15 de mayo de 2003, el Ministerio de Trabajo y Promoción Social hace de conocimiento de esta Superintendenciaque se ha confirmado la realización de la primera ronda denegociaciones para la eventual suscripción del Conveniode Seguridad Social entre la República del Perú y la Repú-blica Oriental del Uruguay, la misma que se llevará a cabo del 9 al 11 de junio de 2003 en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros integra el grupo de trabajo multisectorial que tiene a su cargo laelaboración de la contrapropuesta peruana a ser presen-tada ante las autoridades del gobierno de la República Oriental del Uruguay; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, me- diante Directiva SBS-DIR-ADM-085-03, ha dictado una se-rie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio2003, estableciéndose en el Numeral 4.1.1. que se autori- zarán viajes al exterior únicamente para eventos cuyosobjetivos obliguen la representación sobre temas vincula-dos con negociaciones bilaterales o multilaterales o misio- nes oficiales que comprometan la presencia indispensable de funcionarios de la Superintendencia, como es el pre-sente caso; Que, por ser de interés nacional la suscripción del Con- venio de Seguridad Social señalado, se ha consideradoconveniente designar al señor Héctor Cusman Veramendi, Intendente del Departamento de Control de Prestaciones de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Priva-das de Fondos de Pensiones, para que en representaciónde esta Superintendencia integre la Delegación Peruanaque participará en las referidas reuniones; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario, sólo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos porconcepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPACserán cubiertos por la Superintendencia de Banca ySeguros con cargo al Presupuesto correspondiente alejercicio 2003; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 - "Ley General del Sistema Financiero y del Sistemade Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca ySeguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud ala Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2003, Nº SBS-DIR-ADM-085-03; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Héctor Cusman Veramendi, Intendente del Departamento de Con- trol de Prestaciones de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a laciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay del7 al 11 de junio de 2003, para los fines expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efectuado el via- je, deberá presentar ante el Superintendente de Banca ySeguros un informe detallado describiendo las accionesrealizadas y los resultados obtenidos durante el viaje auto-rizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente autorización por concepto de pasa- jes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos poresta Superintendencia con cargo al Presupuesto corres-pondiente al ejercicio 2003, de acuerdo al siguiente deta-lle: Pasajes US$ 562,10 Viáticos 800,00 Tarifa CORPAC 28,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Adua- na de cualquier clase o denominación a favor del funciona- rio cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 10613 UNIVERSIDADES Declaran en situación de urgencia la adquisición de bienes de capital paradiversas dependencias acadØmicas dela Universidad Nacional San Luis Gon-zaga de Ica UNIVERSIDAD NACIONAL "SAN LUIS GONZAGA" DE ICA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 322-R-UNICA-2003 Ica, 28 de marzo del 2003