TEXTO PAGINA: 20
PÆg. 246446 NORMAS LEGALES Lima, domingo 22 de junio de 2003 VISTOS: El Expediente Nº 2003006965 presentado por QUIM- PAC S.A. y el Memorándum Nº 1829-2003-EF/94.45 defecha 15 de mayo de 2003 de la Gerencia de Mercados y Emisores. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pueden emitir obligaciones que reconozcan o creen una deuda a favor de sus titulares; Que, mediante Junta General de Accionistas de QUIM- PAC S.A. de fecha 4 de abril de 2003, se aprobó el segun- do programa de emisión de instrumentos de corto plazohasta por un monto máximo en circulación de cinco millo- nes y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5 000 000,00), o su equivalente en Nuevos Soles,delegando en el Directorio las facultades para decidir to- dos los términos, las condiciones y las características del Programa, emisiones y series, así como otorgándole laposibilidad de delegar estas facultades en las personas que estime conveniente; Que, en mérito a las atribuciones otorgadas, el Directo- rio de QUIMPAC S.A., en sesión de fecha 4 de abril de 2003, definió los términos y condiciones generales del pro- grama denominado "Segundo Programa de Instrumentosde Corto Plazo QUIMPAC" y acordó delegar en el Gerente General, el Contralor General y el Gerente de Finanzas, como tales, el ejercicio individual de las facultades delega-das al Directorio en la Junta General de Accionistas a que se refiere el considerando anterior; Que, en ejercicio de las facultades que le han sido con- cedidas, el señor Luis Linares Llanos, Contralor General, ha solicitado la aprobación del trámite anticipado de ins- cripción de valores, el registro del prospecto marco corres-pondiente al "Segundo Programa de Instrumentos de Cor- to Plazo QUIMPAC" y la inscripción del referido programa en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, asimismo, QUIMPAC S.A., Entidad Calificada a la fecha de la presente Resolución, ha presentado la docu- mentación correspondiente a la Primera Emisión de Instru-mentos de Corto Plazo a emitir en el marco del referido Programa; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la información requerida por el Reglamento de Oferta Pú- blica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguien- tes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, así como loestablecido en sesión del Directorio de CONASEV de fe- cha 6 de abril de 1999, de acuerdo al cual el Gerente Ge- neral de CONASEV se encuentra facultado para aprobartrámites anticipados, disponer la inscripción de valores y/ o registro de prospecto derivados de trámites anticipados, así como disponer la inscripción de programas de emisiónde valores; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, disponer el registro del prospecto marco correspondiente e inscribir elsegundo programa de instrumentos de corto plazo deno- minado "Segundo Programa de Instrumentos de Corto Pla- zo QUIMPAC" de QUIMPAC S.A., hasta por un montomáximo en circulación de cinco millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5 000 000,00) o su equivalente en Nuevos Soles, en el Registro Públicodel Mercado de Valores. Artículo 2º.- En tanto QUIMPAC S.A. mantenga su condición de Entidad Calificada y en tanto los valores aemitirse sean valores típicos, la inscripción de los instru- mentos de corto plazo y el registro de los prospectos a utilizar en la oferta pública a que se refiere el artículo ante-rior se entenderán efectuados en la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución. En su defecto, la ins- cripción de los instrumentos de corto plazo y el registro dedichos prospectos se sujetarán a lo dispuesto en el nume- ral 2, inciso b) del artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, apro-bado mediante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 3º.- La oferta pública de los instrumentos de corto plazo a que se refiere el artículo 1º de la presenteResolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25º y, de ser el caso, en el artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valo- res Mobiliarios y el emisor deberá cumplir con presentar aCONASEV la documentación e información a que se refie- ren los artículos 23º y 24º de dicho Reglamento. Artículo 4º.- La aprobación, la inscripción y el registro a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas delnegocio. Los documentos e información para una evalua- ción complementaria están a disposición de los interesa- dos en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a QUIM- PAC S.A., al Banco de Crédito del Perú en su calidad de entidad estructuradora, a Credibolsa Sociedad Agente deBolsa S.A. en su calidad de agente colocador; a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MOQUILLAZA RISCO Gerente General 09402 CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN Modifican las Directivas N”s. 002-CND- P-2003 y 003-CND-P-2003 aprobadas porlas RR. N”s. 70-CND-P-2003 y 071-CND-P-2003 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 082-CND-P-2003 San Isidro, 20 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Presidencial Nº 070-CND-P-2003 pu- blicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 24 de mayo de2003, se aprobó la Directiva Nº 002-CND-P-2003 "Procedi- miento para la ejecución de la Transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, durante el año 2003, de los Fondos yProyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, y Programas de Inversión en Infraestructura Pro- ductiva de Alcance Regional a que se refiere el Decreto Su-premo Nº 036-2003-PCM", de conformidad con lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 27783 y la Tercera Disposición Transitoria, Complementaria y Finalde la Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902; Que, por Resolución Presidencial Nº 071-CND-P-2003 pu- blicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 28 de mayo de2003, se aprobó la Directiva Nº 003-CND-P-2003 "Mecanis- mos de Verificación para la ejecución de la Transferencia, du- rante el año 2003, de los Fondos y Proyectos Sociales, Pro-gramas Sociales de Lucha contra la Pobreza y los Proyectos de Inversión de Infraestructura Productiva de Alcance Regio- nal, en función de las Capacidades de Gestión de los Gobier-nos Regionales y Locales", conforme lo dispone el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, en el marco de la Segunda Disposición Complementaria de la Ley de Bases dela Descentralización, Ley Nº 27783 modificada por la Ley Nº 27950, y de la Tercera Disposición Transitoria, Complemen- taria y Final de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, LeyNº 27867 modificada por la Ley Nº 27902; Que, en atención a las coordinaciones que, conforme lo dispone la Constitución Política del Perú, la Ley de Ba-ses de la Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley Orgánica de Municipalidades, deben efectuar el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales,los Gobiernos Locales, y el Consejo Nacional de Descen- tralización, para garantizar un gradual y ordenado proceso de descentralización, resulta conveniente introducir cam-bios en las Directivas citadas en los considerandos prece- dentes, de manera tal, que la transferencia de los fondos, proyectos y programas, se realice en forma organizada; Que, en ese contexto, resulta pertinente realizar preci- siones en las Directivas Nº 002-CND-P-2003 y 003-CND- P-2003 emitidas por el Consejo Nacional de Descentraliza-