Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2003 (22/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 22 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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cion, con la finalidad de regular la actuacion y coordinacion de los tres niveles de gobierno, en la busqueda de facilitar un MORDAZA transparente y ordenado de transferencia de los Fondos, Proyectos y Programas contenidos en el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM; Que, asimismo, el Consejo Nacional de Descentralizacion estima pertinente concordar los procedimientos y los plazos establecidos en las MORDAZA citadas Directivas Nº 002CND-P-2003 y 003-CND-P-2003, con la normatividad expedida por la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Resolucion Directoral Nº 020-2003-EF/76.01 que aprueba las Directivas que regulan las fases de programacion y formulacion del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2004 de los niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local; De conformidad las disposiciones de la Ley Nº 27783 modificada por la Ley Nº 27950, Ley de Bases de la Descentralizacion, de la Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902, Ley Organica de Gobiernos Regionales, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, del Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, y de las Resoluciones Presidenciales Nº 070-CND-P-2003 y 071-CND-P-2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar el numeral 5.8 en el rubro 5. "Disposiciones Generales" de la Directiva Nº 002-CND-P2003 aprobada por Resolucion Presidencial Nº 070-CNDP-2003, cuyo texto es el siguiente: "5.8 De conformidad con el articulo 119º de la Constitucion Politica del Peru y los articulos 19º y 37º de la Ley del Poder Ejecutivo, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 560 y sus normas modificatorias, los Titulares de los Sectores del Gobierno Nacional tienen a su cargo la supervision y control de las Entidades indicadas en el numeral 3.2 de la presente Directiva, en cuya virtud, son responsables del cumplimiento de las disposiciones Constitucionales y legales relativas al MORDAZA de transferencia de los fondos, proyectos y programas. En el MORDAZA de las disposiciones expedidas por el Consejo Nacional de Descentralizacion, le corresponde al Titular de cada Sector dictar mediante Resolucion Ministerial las normas sectoriales que garanticen un gradual y ordenado MORDAZA de transferencia por parte de los Titulares de Pliego del Gobierno Nacional hacia los Titulares de los Gobiernos Regionales y Locales." Articulo 2º.- Ampliar el plazo a que se refiere el inciso a. de los numerales 6.1.1.2, 6.1.2.2 y 6.1.3.2 de la Directiva Nº 002-CND-P-2003 aprobada por Resolucion Presidencial Nº 070-CND-P-2003, hasta el 18 de MORDAZA de 2003. Articulo 3º.- Ampliar el plazo a que se refiere el primer parrafo del numeral 6.2.3.1 de la Directiva Nº 002-CND-P-2003 aprobada por Resolucion Presidencial Nº 070-CND-P-2003, al periodo comprendido entre el 21 y el 25 de MORDAZA de 2003. Articulo 4º.- Ampliar el plazo a que se refiere el MORDAZA parrafo del numeral 6.2.3.1 de la Directiva Nº 002-CNDP-2003 aprobada por Resolucion Presidencial Nº 070-CNDP-2003, en cuya virtud, a mas tardar el 21 de MORDAZA de 2003 deberan suscribirse los "Convenios de Capacitacion y Asistencia Tecnica", los que seran ejecutados a partir del 22 de MORDAZA de 2003. Articulo 5º.- Ampliar el plazo a que se refiere el inciso a. del numeral 6.3.2.1 de la Directiva Nº 002-CND-P-2003 aprobada por Resolucion Presidencial Nº 070-CND-P-2003, hasta el 1 de agosto de 2003. Articulo 6º.- Los Sectores del Gobierno Nacional, conforme a los alcances del numeral 5.8 de la Directiva Nº 002-CND-P-2003 incorporado por el articulo 1º de la presente Resolucion, elaboraran las Actas de Sustentacion y las Actas de Entrega y Recepcion a que se refiere la citada Directiva, para lo cual, tomaran en consideracion las particulares caracteristicas del Fondo, Proyecto o Programa objeto de transferencia. El Consejo Nacional de Descentralizacion publicara en su Pagina Web (http:// www.cnd.gob.pe) modelos de Actas que podran servir como referencia para la elaboracion de las Actas definitivas. Articulo 7º.- Los Presupuestos Participativos a que se refieren los numerales 5.1.1, 5.2.1 y 5.3.1 de la Directiva Nº 003-CND-P-2003 aprobada por Resolucion Presidencial Nº 071CND-P-2003, seran formulados, en el MORDAZA del articulo 11ºB de la Ley Organica de Gobiernos Regionales y de los articulos 100º y 104º de la Ley Organica de Municipalidades, con arreglo a las Directivas que regulan las fases de programacion y formulacion del Presupuesto del Sector Publico para el ano

fiscal 2004 de los niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local aprobadas por la Resolucion Directoral Nº 020-2003-EF/ 76.01 expedida por la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 8º.- Ampliar el plazo a que se refieren los numerales 5.1.2, 5.2.2 y 5.3.2 de la Directiva Nº 003-CND-P2003 aprobada por Resolucion Presidencial Nº 071-CNDP-2003, hasta el 18 de MORDAZA de 2003. Articulo 9º.- Los Sectores y las Entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales que, en el MORDAZA de las coordinaciones intergubernamentales realizadas con arreglo a las disposiciones establecidas en las Directivas Nº 002-CND-P-2003 y 003-CND-P-2003 MORDAZA de las modificatorias introducidas por la presente Resolucion, hayan cumplido con los procedimientos y los mecanismos de verificacion por estas exigidos, podran entregar y recibir, respectivamente, los Fondos, Proyectos y/o Programas a que se refiere el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM dentro de los plazos originalmente fijados por dichas Directivas. Articulo 10º.- Disponer la publicacion en la Pagina Web del Consejo Nacional de Descentralizacion (http:// www.cnd.gob.pe) del listado de los Fondos, Proyectos y Programas que recibiran los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, asi como la normatividad del MORDAZA de transferencia regulado por las Directivas Nº 002-CND-P-2003 y 003-CND-P-2003. Articulo 11º.- Dejar sin efecto las normas que se opongan a la presente Resolucion, la misma que rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 11754

SUNAT
Desconcentran funciones en el Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 122-2003/SUNAT MORDAZA, 20 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso q) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002PCM, el Superintendente Nacional de Administracion Tributaria tiene la funcion de expedir, dentro del ambito de su competencia, disposiciones generales en materia tributaria o aduanera, asi como la de emitir pronunciamientos respecto a la interpretacion y alcance de las normas referidas a estas materias; Que con la finalidad de facilitar el desarrollo de las actividades de esta Superintendencia, resulta conveniente desconcentrar en el Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas las funciones a que se refiere el considerando anterior, respecto a las materias aduaneras; En uso de las facultades conferidas en el inciso t) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Desconcentrar en el Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas las funciones de expedir disposiciones generales en materia aduanera dentro del ambito de competencia de la SUNAT; asi como la de interpretar de manera general el sentido y alcance de las normas aduaneras, cuando estas lo requieran. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 11707

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