Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2003 (22/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, MORDAZA 22 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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Nº 27902 y del Articulo 162º de la Ley Nº 27972, siendo de aplicacion en lo que corresponda, a los Gobiernos Locales Distritales para el MORDAZA de conformacion, composicion y eleccion de los Concejos de Coordinacion Local Distrital. Articulo 2º.- DE LA NATURALEZA DE LA AML La Asamblea Metropolitana de MORDAZA es el organo consultivo y de coordinacion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, integrada por el MORDAZA Metropolitano, los 42 Alcaldes Distritales y los representantes de la Sociedad Civil de la Metropoli, siendo su naturaleza la concertacion y la consulta. Articulo 3º.- DE LAS FUNCIONES DE LA AML La Asamblea Metropolitana de MORDAZA emite opinion consultiva, coordinando entre si, sobre el Plan y Presupuesto Participativo Anual asi como el Plan de Desarrollo Regional Concertado y otras que le encargue o solicite el Concejo Metropolitano de MORDAZA, sus acuerdos no tienen efecto mandatorio y requieren la aprobacion del Concejo Metropolitano de Lima. La Asamblea Metropolitana de MORDAZA no ejerce funciones, ni actos de gobierno. La ausencia de acuerdos por consenso no impide al Concejo Metropolitano de MORDAZA decidir sobre lo pertinente. TITULO MORDAZA CONFORMACION Y PARTICIPACION DE LOS MIEMBROS DE LA ASAMBLEA METROPOLITANA DE MORDAZA (AML) Articulo 4º.- DE LOS MIEMBROS PLENOS a) La Asamblea Metropolitana de MORDAZA esta integrado por: - El MORDAZA Metropolitano, quien lo preside. - Los Alcaldes Distritales de la Metropoli. - Los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) de la jurisdiccion, en el porcentaje que el presente Reglamento senala. b) La conformacion de la AML es como sigue: - El MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA quien la preside. - Los cuarenta y dos (42) Alcaldes Distritales que conforman la Metropoli. - Veintinueve (29) representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil. c) La proporcion de los Alcaldes y la Sociedad Civil de la Region Metropolitana, es de 60% y 40% respectivamente. El 40% correspondiente a la Sociedad Civil, sera cubierto por veintinueve (29) representantes. d) El MORDAZA Metropolitano, puede delegar su representacion en el MORDAZA MORDAZA y/o los regidores metropolitanos. La representacion de los Alcaldes Distritales es indelegable. e) 10 personas de las OSC estaran conformados por representantes de los organizaciones empresariales y agrupaciones similares de la Metropoli, 10 personas por los representantes de las OSC de los Distritos que conforman la Metropoli, dos (2) representantes de las OSC del Cercado de MORDAZA ( Una de las Organizaciones y Juntas Vecinales y otra del Comercio Ambulatorio), un representante de los Organismos Cooperantes, un representantes de las Universidades, un representante de las Instituciones y Asociaciones Educativas, un representante de los Colegios Profesionales de MORDAZA, un representante de las Asociaciones Culturales, Artisticas y Deportivas, un representante de las Organizaciones Sociales de Base (Comedores Populares y Vaso de Leche), un representante de las Organizaciones Laborales. f) Una misma organizacion o componente de MORDAZA no puede acreditarse simultaneamente a nivel Metropolitano, Distrital o del Cercado de Lima. Articulo 5º.- DE LOS INVITADOS. a) El Concejo Metropolitano de MORDAZA invitara a otros representantes de las OSC, y Municipalidades de Centros Poblados Menores que tienen atribuciones delegadas por la Municipalidad Metropolitana, asi como Instituciones publicas y privadas, para que participen en la AML, para lo cual se tendra en consideracion la naturaleza de los temas publicos a tratarse.

b) Los representantes de las organizaciones invitadas tendran voz pero no MORDAZA en la AML. c) Solamente podran ser invitados los representantes de la Sociedad Civil cuyas Instituciones esten debidamente inscritas en el Libro de Registro Metropolitano de Organizaciones de la Sociedad Civil. Articulo 6º.- DE LA VIGENCIA DE LOS MIEMBROS PLENOS El MORDAZA de MORDAZA y los cuarenta y dos (42) Alcaldes Distritales ejercen el cargo de miembros plenos de la AML, por un periodo igual al mandato para el que fueron elegidos, su mandato es irrenunciable, los representantes de la Sociedad Civil ejercen el cargo por un periodo de dos (2) anos. Articulo 7º.- DE LA SECRETARIA TECNICA. El Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana actuara como Secretaria Tecnica de la AML, siendo responsable de la preparacion, comunicacion, invitacion, organizacion y funcionamiento de la Asamblea Metropolitana de Lima. TITULO TERCERO REGISTRO DE ORGANIZACIONES REPRESENTATIVAS DE LA SOCIEDAD CIVIL CAPITULO I DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL Y DEL LIBRO DE REGISTRO DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y LOS REQUISITOS DE INSCRIPCION Articulo 8º.- DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL Y DEL LIBRO DE REGISTRO a) El Consejo de Coordinacion Local Distrital, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades, es un organo de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales, esta integrado por el MORDAZA Distrital que lo Preside, pudiendo delegar tal funcion en el MORDAZA MORDAZA, y los Regidores Distritales; por los Alcaldes de Centros Poblados de la respectiva jurisdiccion distrital, que constituyen el 60% del total de miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital y por los representantes de las organizaciones de la sociedad civil de nivel distrital, en la proporcion del 40% en relacion al total de miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital. Esta MORDAZA representacion es por una duracion de dos anos. b) El Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (MML), abrira un "Libro de Registro Metropolitano de Organizaciones de la Sociedad Civil" para inscribir a las organizaciones de nivel provincial y distrital interesadas en participar en la gestion del desarrollo metropolitano, en el MORDAZA y atribuciones que para tal fin establecen la Constitucion del Estado, la Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley Organica de Gobiernos Regionales asi como la Ley Organica de Municipalidades. c) Las Municipalidades Distritales de MORDAZA Metropolitana, abriran un Libro de Registro para las OSC de su localidad, designando el MORDAZA Distrital la unidad administrativa responsable de asumir esta funcion, quien se encargara de su mantenimiento y actualizacion. La forma y conduccion del procedimiento de registro, se arregla en conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27972, asi como en la presente Ordenanza. Articulo 9º.- RESPONSABILIDAD PARA ABRIR EL LIBRO DE REGISTRO a) El Libro de Registro Metropolitano de Organizaciones de la Sociedad Civil, es un instrumentos publico, no constitutivo de personeria juridica, su mantenimiento y actualizacion es de responsabilidad del Jefe del Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana. El Gobierno Metropolitano podra suscribir convenios con los Gobiernos Distritales de su ambito para su mantenimiento y actualizacion. b) El Libro de Registro Metropolitano de Organizaciones de la Sociedad Civil, esta organizado por Titulos correspondiendo cada uno de los cuales a los diversos segmentos en los que se autoclasifican las OSC, segun lo establecido en el articulo 42º del presente Reglamento. c) Para cada caso se consignara el nombre de la organizacion y las siglas que la identifican, fecha de inscripciones en el registro respectivo, fecha de constitucion, direc-

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