Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2003 (09/03/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

Pag. 240484
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 9 de marzo de 2003

Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Escribens, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Rommel MORDAZA MORDAZA Higa, Jame Lady Azanedo MORDAZA, MORDAZA Shimabukuro Shimabukuro, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Ano MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA Owada, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rubio, Mirey Uchida MORDAZA, MORDAZA Shimabukuro Shimabukuro, MORDAZA Yuriko Nagao MORDAZA, MORDAZA Mariane MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Fano MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, han inducido a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el Articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Escribens, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Rommel MORDAZA MORDAZA Higa, Jame Lady Azanedo MORDAZA, MORDAZA Shimabukuro Shimabukuro, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Ano MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Requena; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Escribens, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Rommel MORDAZA MORDAZA Higa, Jame Lady Azanedo MORDAZA, MORDAZA Shimabukuro Shimabukuro, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Ano MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 04256 RESOLUCION JEFATURAL Nº 947-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 30 de diciembre del 2002 Visto el Memorandum Nº 270-2001/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 282-2000/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 059-2002-GAJ/PPU/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 28 de noviembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien dice llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha inducido a error a servidor publi-

co al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Coronado; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 04257 RESOLUCION JEFATURAL Nº 948-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 30 de diciembre del 2002 Visto el Memorandum Nº 270-2001/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 282-2000/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 060-2002-GAJ/PPU/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 28 de noviembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que el ciudadana MORDAZA Fasabi MORDAZA quien dice llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha inducido a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de las intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA Fasabi Chanchari; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA Fasabi MORDAZA, por presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.