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PÆg. 240493 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de marzo de 2003 Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, “Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación”, encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico yartístico, así como las manifestaciones culturales, ora- les y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 484, de fecha 16 de se- tiembre del 2002, la Comisión Nacional Técnica de Ar- queología recomienda a la Dirección Nacional del Insti- tuto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural dela Nación a las siguientes Zonas Arqueológicas; Nombre Distrito Provincia Departamento Zona Arqueológica Incahuasi Pullo Parinacochas Ayacucho Zona Arqueológica de Sanqui Sanqui Parinacochas Parinacochas Ayacucho Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Direc- ción General de Patrimonio Arqueológico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004- 2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigacio-nes Arqueológicas; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a las siguientes Zonas Arqueológicas: Nombre Distrito Provincia Departamento Zona Arqueológica Incahuasi Pullo Parinacochas Ayacucho Zona Arqueológica de Sanqui Sanqui Parinacochas Parinacochas Ayacucho Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Departamental de Cultura - Ayacucho del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elabo- ración del Plano de Delimitación de las Zonas Arqueoló-gicas Incahuasi y Sanqui Sanqui con sus respectivas Fichas Técnicas y Memorias Descriptivas. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Pú- blicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bie- nes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patri- monio Cultural de la Nación de las Zonas Arqueológicasmencionadas en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, ca- minos, carreteras, canales, denuncios mineros o agro-pecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afec- tar o alterar el paisaje de las Zonas Arqueológicas decla- radas “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contarcon la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autorida-des políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 04325 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 078/INC Lima, 19 de febrero de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 552 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 26 de fecha 15 de octubre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho públicointerno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conserva- ción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, “Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación”, encargaal Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, ora- les y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 552, de fecha 15 de octu- bre de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo- gía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Na-cional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción al Sitio Arqueológico Luichumarka, ubicado en el distrito de Chilcas, provincia de La Mar, departamentode Ayacucho; Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Direc- ción General de Patrimonio Arqueológico y la GerenciaLegal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigacio- nes Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción al Sitio Arqueológico Luichumarka, ubicado en el distrito de Chilcas, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho. Artículo 2º.- Aprobar el Plano de Delimitación del Sitio Arqueológico Luichumarka, Lámina 001, a escala 1/15000, con un área de 16769.50 metros cuadrados y un perímetrode 582.16 metros lineales, ubicado en el distrito de Chilcas, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición dePatrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, ca- minos, carreteras, canales, denuncios mineros o agro- pecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afec- tar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado“Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autorida- des políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 04326 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 079/INC Lima, 19 de febrero de 2003VISTO, el Acuerdo Nº 007 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 01 defecha 13 de enero de 2003; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio deEducación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conserva-ción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, “Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación”, encargaal Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, ora-les y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 007, de fecha 13 de enero de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueologíarecomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio- nal de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los siguientes Sitios Arqueológicos: