TEXTO PAGINA: 38
PÆg. 240872 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de marzo de 2003 Autorizan a empresas del sistema financiero la recompra de la carteracrediticia que hubieran transferido,cuando Østa tenga como objetivo per- mitir a deudores acogerse al Programa de Rescate Financiero Agropecuario RESOLUCIÓN SBS Nº 302-2003 Lima, 13 de marzo de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27551 establece que pueden ser benefi- ciarios del Programa de Rescate Financiero Agropecua- rio (RFA), entre otros, aquellas personas, naturales o jurídicas que, al 31 de agosto de 2001, mantengan deu-das por créditos agropecuarios con las mencionadasempresas; Que, mediante la Ley Nº 27929 publicada el 05 de febrero de 2003, se otorgó una nueva prórroga al plazo de acogimiento al Programa RFA, cuya fecha vence el 31 de julio de 2003; Que, algunas empresas del sistema financiero han transferido cartera crediticia a otras personas jurídicas,como parte de su práctica bancaria, lo cual impediríaque los correspondientes deudores agricultores puedan acogerse a las disposiciones del Programa RFA; Que, el artículo 3º del Reglamento de Transferencia y Adquisición de Cartera Crediticia, aprobado medianteResolución SBS Nº 1114-99 y sus modificatorias, estable-ce limitaciones a la recompra de cartera; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjun- tas de Banca y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Finan-ciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superin-tendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y susmodificatorias; RESUELVE: Artículo Único.- Excepcionalmente, y por única vez, autorícese a las empresas del sistema financiero la re-compra de la cartera crediticia que hubieran transferido, siempre que la referida recompra tenga como objetivo permitir a los correspondientes deudores acogerse alos beneficios del Programa de Rescate Financiero Agro-pecuario (RFA) en los términos dispuestos por la Ley Nº27551 y sus normas ampliatorias y complementarias. Para dicho efecto, las empresas del sistema finan- ciero deberán llevar un control independiente sobre los créditos que, de conformidad con lo dispuesto anterior-mente, hayan sido recomprados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 05038 Autorizan viaje de funcionarios de la SBS para participar en pasantía a reali-zarse en la Comisión Nacional de Segu-ros y Fianzas de MØxico RESOLUCIÓN SBS Nº 306-2003 Lima, 13 de marzo de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, en el marco del Programa de Fortalecimiento de la Supervisión que viene realizando la Superinten-dencia de Banca y Seguros, se ha considerado conve- niente llevar a cabo una pasantía en la Comisión Nacio-nal de Seguros y Fianzas de México (CNSF), con el propósito de conocer el esquema mexicano de supervi-sión y regulación de seguros y de intercambiar informa-ción sobre la experiencia de ambos países sobre esta materia; Que, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de México (CNSF), ha confirmado la realización de la cita-da pasantía para tres funcionarios de la Superintendenciade Banca y Seguros, la misma que se realizará del 17 al21 de marzo de 2003 en la ciudad de México D.F., Esta- dos Unidos Mexicanos; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, me- diante Directiva SBS-DIR-ADM-085-03, ha dictado unaserie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejer-cicio 2003, estableciéndose en el Numeral 6.1. que nose encuentran comprendidas en las restricciones de la citada Directiva, las actividades de capacitación aproba- dos para el ejercicio 2003; Que, se ha considerado conveniente designar, en esta oportunidad, a los señores Ernesto Bernales Mea-ve, Analista del Departamento de Análisis y Supervi-sión del Sistema de Seguros, Cajas y Derrama "A", Verónica Boza Santaolalla, Analista del Departamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros,Cajas y Derrama "B" y Juan Carlos Cabrejos Barreto,Analista del Departamento de Análisis y Supervisióndel Sistema de Seguros: Riesgos de Reaseguros dela Superintendencia Adjunta de Seguros, para que en representación de nuestra institución participen en la referida pasantía; Que, en consecuencia es necesario autorizar el via- je de los citados funcionarios, sólo por el tiempo necesa-rio para el cumplimiento del presente encargo, cuyosgastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Convenio de Préstamo de Co- operación BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitadomediante Oficio SBS Nº 5051-2003 y comunicación deno objeción del Banco Interamericano de Desarrollo, re-mitida por la Unidad de Coordinación de Préstamos Sec-toriales - MEF, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa COR- PAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejer-cicio 2003; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702, "Ley General del Sistema Financiero y del Siste-ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCMy en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridaden el Gasto para el ejercicio 2003, Nº SBS-DIR-ADM-085-03; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Ernesto Bernales Meave, Analista del Departamento deAnálisis y Supervisión del Sistema de Seguros, Cajas yDerrama "A", Verónica Boza Santaolalla, Analista del De- partamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros, Cajas y Derrama "B" y Juan Carlos CabrejosBarreto, Analista del Departamento de Análisis y Super-visión del Sistema de Seguros: Riesgos de Reasegurosde la Superintendencia Adjunta de Seguros, a la ciudadde México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 16 al 22 de marzo de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, den- tro de los 15 (quince) días calendario siguientes a sureincorporación, deberán presentar ante el Supe-rintendente de Banca y Seguros un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente autorización por concepto de pa-sajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo alConvenio de Préstamo de Cooperación BID 1196/OC- PE, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargoal Presupuesto correspondiente al ejercicio 2003, deacuerdo al siguiente detalle: Impuestos (Pasajes) US$ 432,54 Tarifa CORPAC 75,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de