TEXTO PAGINA: 16
PÆg. 243966 NORMAS LEGALES Lima, lunes 12 de mayo de 2003 pesca para la extracción de los recursos hidrobiológi- cos con destino al consumo humano directo y/o indi-recto y su ampliación correspondiente, en un plazo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Resolución Minis-terial que establezca el procedimiento y los requisitos correspondientes; Que asimismo el mencionado Decreto Supremo estableció que los armadores que soliciten permiso de pesca al amparo de la precitada Ley, quedan exceptua- dos de las disposiciones contenidas en el artículo 12ºdel Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, en el numeral 4.3 del artículo 4º del Decreto Supremo Nº 024-2001-PEy en el Decreto Supremo Nº 031-2001-PE; y además, estableció la vigencia de los artículos 4º y 5º del Decreto Supremo Nº 003-2000-PE, así como la obligación de lasembarcaciones que obtengan su permiso de pesca al amparo de dicha Ley de destinar como mínimo un tres por ciento (3%) del total de sus capturas anuales para elconsumo humano directo, materia prima que será esti- bada a bordo en cajas con hielo; Que mediante Resolución Ministerial Nº 130-2002- PRODUCE, publicada el 23 de octubre del 2002, en el Diario Oficial El Peruano, se establecieron las condicio- nes y requisitos para que los armadores de embarca-ciones pesqueras de madera que se encuentren en los alcances de la Ley Nº 26920, puedan solicitar y obtener los respectivos permisos de pesca; Que mediante los escritos del visto, doña PAULA ZAMUDIO PANTA, solicitó permiso de pesca para ope- rar la embarcación pesquera de madera denominada"EUFEMIA VICTORIA" de matrícula Nº HO-21110-CM, con Arqueo Neto de 26.22 equivalente a 108.93 m3 de capacidad de bodega, en la extracción de los recursoshidrobiológicos anchoveta y sardina para el consumo humano directo e indirecto; Que de la evaluación efectuada a los documentos alcanzados y que obran en el expediente sobre solici- tud de permiso de pesca para acceder a la extracción de los recursos anchoveta y sardina para el consumohumano indirecto, se ha determinado que la recurren- te ha cumplido con los requisitos procesales y sus- tantivos establecidos por la Ley Nº 26920, su Regla-mento, aprobado mediante Decreto Supremo 003-98- PE, modificado por los Decretos Supremos Nº 004- 2002-PRODUCE y Nº 005-2002-PRODUCE, y susrespectivas normas complementarias, por lo que re- sulta procedente otorgar el permiso solicitado, preci- sando que en virtud al principio precautorio incorpora-do a nuestro ordenamiento jurídico vigente y con la finalidad de garantizar el aprovechamiento sostenido del recurso sardina, procede otorgar permiso de pes-ca para la extracción del recurso anchoveta con des- tino al consumo humano directo e indirecto, y el recur- so sardina únicamente con destino al consumo huma-no directo; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extrac-ción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 111-2003-PRODUCE/DNEPP-Dchi-kse, y con la visa- ción de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003- 98-PE, modificado por los Decretos Supremos Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE y Nº 005-2002-PRO- DUCE, la Resolución Ministerial Nº 130-2002-PRODU- CE y demás normas complementarias, el Texto Únicode Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción) aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2002-PE,y los Decretos Supremos Nº 012-2001-PE y Nº 007- 2002-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a doña PAU- LA ZAMUDIO PANTA, para operar la embarcación pesquera de madera denominada "EUFEMIA VICTO- RIA" de matrícula Nº HO-21110-CM, de 108.93 m3 decapacidad de bodega, en la extracción del recurso hi- drobiológico anchoveta con destino al consumo humanodirecto e indirecto, y el recurso sardina con destino al consumo humano directo, utilizando cajas con hielo como medio de preservación a bordo, y redes de cerco conlongitud mínima de abertura de malla de ½ (13 mm.) y 1 1/2 pulgadas (38 mm.), según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinasadyacentes a la costa. Artículo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de permiso de pesca en el extremo referido a destinar laextracción del recurso sardina al consumo humano indi- recto, por las razones expuestas en la parte conside- rativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- La embarcación pesquera objeto de regulación a través de la presente Resolución, en obser- vancia de lo dispuesto por el artículo 4º de la ResoluciónMinisterial Nº 130-2002-PRODUCE, previo inicio de sus faenas de pesca deberá contar a bordo con la platafor- ma/baliza del Sistema de Seguimiento Satelital (SISE-SAT) operativa, la misma que deberá emitir señales de posicionamiento GPS (Global Positioning System) en forma permanente, de conformidad con lo establecidopor el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y demás nor- mas complementarias. Artículo 4º.- El permiso de pesca otorgado en el artículo 1º de la presente Resolución, queda sujeto a lo dispuesto en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificadopor los Decretos Supremos Nº 003-2000-PE, Nº 004- 2002-PRODUCE y Nº 005-2002-PRODUCE, la Resolu- ción Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE, normas de sani-dad, normas de protección del medio ambiente, así como demás normas complementarias del ordenamiento jurí- dico pesquero nacional. Artículo 5º.- La vigencia del permiso de pesca otorga- do por la presente Resolución está supeditada a la operatividad de la embarcación pesquera, a la realiza-ción de actividad extractiva en el ejercicio previo, a la instalación del Sistema de Seguimiento Satelital -SISES- AT a bordo de la referida embarcación y al pago porconcepto de derechos de pesca que acredite el arma- dor con la respectiva constancia, el mismo que será abonado por el armador pesquero conforme a lo estable-cido por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Decreto Supremo Nº 007-2002-PRODUCE y las normas que lo modifiquen o sustituyan, y cuyo incumplimiento serácausal de suspensión o caducidad del derecho otorga- do según corresponda. Artículo 6º.- Incorporar el permiso de pesca otorga- do para operar la embarcación pesquera "EUFEMIA VIC- TORIA" de matrícula Nº HO-21110-CM, a través de la presente Resolución, en el literal B) del Anexo I de laResolución Ministerial Nº 191-2002-PRODUCE. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control yVigilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de PesqueríaTumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 08895 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 089-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 10 de abril del 2003 Visto los escritos de registro Nº CE-02112003 de fecha 3 de diciembre del 2002 y de fecha 22 y 28 de enero del 2003 presentado por los señores MANUELFERNANDO SANCHEZ ULLOA y YOLANDA TERESA LOPEZ DE SANCHEZ en los que solicitan permiso de pesca para operar la embarcación pesquera "SEBAS-TIAN" de Matrícula Nº CE-19914-CM;