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PÆg. 244220 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de mayo de 2003 mo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencionalpara el desarrollo de las actividades eléctricas como es el presente caso, pueden solicitar al Ministerio el recono- cimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servi-dumbre convencional las normas de seguridad estableci- das en la Ley, el Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por el inciso c) del artículo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas; y, el artículo 220º y si-guientes de su Reglamento; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 087-2003-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el artículo 217º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servi- dumbre convencional de ocupación del bien de propie-dad de la Asociación de Propietarios del Centro Comer- cial Polvos Azules, para la instalación de la subestación de distribución eléctrica para Servicio Público de Electri-cidad Nº 1435, ubicada en el sótano del sector "E" del Centro Comercial Polvos Azules, jirón Antonio Raymon- di, distrito de La Victoria, provincia y departamento deLima, constituida por Escritura Pública extendida el 21 de mayo del 2001, en los términos y condiciones estipu- lados en la misma. Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en lasnormas técnicas pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 08663 Modifican servidumbre de la que es ti- tular Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 191-2003-EM/DM Lima, 3 de mayo de 2003VISTO: El Expediente Nº 22001595 organizado por la concesionaria Luz del Sur S.A.A., y la solicitud de modi- ficación de la servidumbre de electroducto de la línea de transmisión de 60 kV SE Santa Rosa - SE Balnearios, en el tramo T20 - SE Puente; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribu- ción de energía eléctrica en mérito de la Resolución Su- prema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la modificación de la servidumbre de elec- troducto de la línea de transmisión de 60 kV SE Santa Rosa - SE Balnearios, en el tramo T20 - SE Puente, ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia y departa- mento de Lima; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 169-95- EM/VME de fecha 5 de julio de 1995, se estableció la servidumbre de electroducto de la línea de transmi- sión de 60 kV SE Santa Rosa - SE Balnearios, ex- ceptuándose el tramo T20 - SE Puente (numeración actual); Que, Luz del Sur S.A.A. informa que la modificación de la servidumbre de electroducto de la línea de transmi- sión de 60 kV SE Santa Rosa - SE Balnearios, se debe a las necesidades de sanear el tramo exceptuado de la línea y cambiar su recorrido, a fin de facilitar las laboresde montaje y mantenimiento, utilizando las vías públicas; Que, la petición de Luz del Sur S.A.A. se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 111º del Decre- to Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y cum- ple con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2002-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado el cumplimiento por parte de la peticio- naria de los requisitos legales y procedimientos corres- pondientes, ha emitido el Informe Nº 090-2003-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Modificar la servidumbre de la que es titular Luz del Sur S.A.A. en virtud de la Resolu- ción Ministerial Nº 169-95-EM/VME, respecto al tra- mo comprendido entre la estructura T20 y la SE Puen- te ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima, de la línea de transmisión en 60 kV SE Santa Rosa - SE Balnearios, por haber variado su recorrido, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Exp. Inicio y llegada de la línea Nivel de Nº de Longitud Ancho de de transmisión Tensión Ternas (km) la Faja ( kV ) ( m ) 22001595 SE Santa Rosa - SE Balnearios - Tramo T20 - T21 60 02 0,50Subterráneo - Tramo T21 - T26 60 02 1,36 Aéreo - Tramo T26 - SE Puente 60 02 0,13Subterráneo Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Minis- terial Nº 169-95-EM/VME, respecto al trayecto modi- ficado de la línea de transmisión a que se refiere la presente Resolución, quedando vigente en los de- más extremos. Artículo 3º .- Dentro de la faja de servidumbre, no podrán construirse obras de cualquier naturaleza ni podrán realizarse labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 4º .- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5º .- La presente Resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 08662 MINCETUR Aceptan cooperación tØcnica no reem- bolsable de la CAF a favor de MINCE- TUR para la realización del "Programade Competitividad para el Desarrollode la Oferta Exportable de ProductosArtesanales" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2003-MINCETUR Lima, 15 de mayo de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Corporación Andina de Fomento mediante Resolución de la Presidencia Ejecutiva Nº 3980/03 del 30 de abril de 2003, ha aprobado las condiciones para la ejecución de la Cooperación Técnica no Re- embolsable que otorgará al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, destinada a brindar apoyo a la realización del "Programa de Competitivi- dad para el Desarrollo de la Oferta Exportable de