Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2003 (16/05/2003)


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MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 085-2003-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., las servidumbres de ocupacion y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la subestacion de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 1197, en el bien de propiedad de la Edificadora San MORDAZA de Porres E.I.R.Ltda., ubicada en la Av. Los Heroes (antes Av. Pachacutec), cuadra 35, distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de MORDAZA, constituida por Escritura Publica extendida el 3 de febrero del 2003, en los terminos y condiciones estipulados en la misma. Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 08660 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 190-2003-EM/DM MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31142903 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre la solicitud de imposicion de las servidumbres de ocupacion de bienes de propiedad particular y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la subestacion de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 1211; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de las servidumbres de ocupacion de bienes de propiedad particular y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la subestacion de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 1211, ubicada en Mz. P, Lt. 10, Parcelacion Semirrustica Papa MORDAZA XIII (hoy Av. Las Casuarinas), distrito de MORDAZA, provincia de Canete y departamento de Lima; Que, la concesionaria ha acreditado que, en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion de bienes de propiedad particular sobre un area de 33,66 metros cuadrados para una subestacion de distribucion y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones sobre un area de 82,50 metros cuadrados, celebrada con la Sociedad Conyugal conformada por el senor MORDAZA MORDAZA Munoz y senora MORDAZA Olaguibel Olaguibel de MORDAZA, propietarios del predio involucrado, conforme consta en la Minuta de fecha 22 de octubre del 2002, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas como es el presente caso, pueden solicitar al Ministerio el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad estableci-

das en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el inciso c) del articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas; y, el articulo 220º y siguientes de su Reglamento; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 086-2003-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., las servidumbres de ocupacion y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la subestacion de distribucion electrica para Servicio Publico de Electricidad Nº 1211, en el bien de propiedad de la Sociedad Conyugal conformada por el senor MORDAZA MORDAZA Munoz y senora MORDAZA Olaguibel Olaguibel de MORDAZA, ubicada en Mz. P, Lt. 10, Parcelacion Semirrustica Papa MORDAZA XIII (hoy Av. Las Casuarinas), distrito de MORDAZA, provincia de Canete y departamento de MORDAZA, constituida por la Minuta de fecha 22 de octubre de 2002, en los terminos y condiciones estipulados en la misma. Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 08661 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 193-2003-EM/DM MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31140602 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 1435; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica, en merito a la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular para la instalacion de la subestacion de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 1435, ubicada en el sotano del Sector "E" del Centro Comercial Polvos Azules, MORDAZA MORDAZA Raymondi, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la concesionaria ha acreditado que, en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion de bienes de propiedad particular sobre un area de 38,62 metros cuadrados para una subestacion de distribucion, celebrada con la Asociacion de Propietarios del Centro Comercial Polvos Azules, propietaria del predio involucrado, conforme consta en el testimonio de la Escritura Publica extendida el 21 de MORDAZA del 2001 ante el Notario de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supre-

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