Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2003 (05/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 5 de noviembre de 2003

sumatoria de la calificacion tecnica y economica obtenida por las posturas de servicios prestados dentro del territorio nacional; Que, en consecuencia carece de objeto pronunciarse sobre el recurso de apelacion interpuesto por el Consorcio CPS de Ingenieria S.A.C. - LAGESA Ingenieros Consultores S.A. - COPREX S.A. De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias, Ley Nº 27143 y sus modificatorias y las Bases del Concurso Publico Nacional Nº 0013-2003-MTC/20; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar nulo el Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nacional Nº 0013-2003-MTC/ 20, convocado para seleccionar a la persona natural, juridica o consorcio que prestara los servicios de consultoria para la Supervision del Mantenimiento Periodico en el Sector El MORDAZA (Milagro - Chiclayo, Primera Etapa), debiendo retrotraerse el MORDAZA hasta la etapa de evaluacion de propuestas, de acuerdo con lo senalado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Declarar sin objeto pronunciarse sobre el recurso de apelacion interpuesto por el Consorcio CPS de Ingenieria S.A.C. -LAGESA Ingenieros Consultores S.A. COPREX S.A. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion a los miembros del Comite Especial encargado de llevar a cabo el Concurso Publico Nacional Nº 0013-2003-MTC/20. Articulo 4º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20240

dientes proyectos para la aplicacion de estos fondos seran seleccionados por el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones y aprobados por el Ministerio; Que, el articulo 23º del Reglamento de Administracion y Funcionamiento del FITEL, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 048-2000-CD/OSIPTEL, establece que los proyectos pilotos constituyen proyectos a pequena escala de implantacion de servicios de telecomunicaciones y tecnologia de informacion que tengan un impacto social sobre la poblacion beneficiaria. El financiamiento de dichos proyectos podra incluir ademas de la infraestructura de telecomunicaciones, programas de capacitacion y gestion y demas aspectos que MORDAZA necesarios para la sostenibilidad del proyecto. Dichos proyectos podran ser implantados en las areas de educacion, salud, agricultura, economia y otras actividades que contribuyan al desarrollo de las localidades; Que, el Proyecto Piloto en Telecomunicaciones: "Informacion Agraria Via Internet para Agricultores de la Junta de Usuarios del MORDAZA del Rio Chancay - Huaral" se MORDAZA en la provision de informacion agraria via Internet a los agricultores miembros de la junta de usuarios del distrito de riego de Chancay - Huaral; interconexion de las diferentes organizaciones y/o entidades participantes del proyecto via Internet y provision de acceso a Internet a diversos actores locales; Que, en el presente caso, las modificaciones al citado Proyecto Piloto versan sobre el area de ejecucion del proyecto, monto de financiamiento y cronograma de actividades; modificaciones que se encuentran en los alcances del articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones y del Reglamento de Administracion y Funcionamiento del FITEL, Que, mediante Informe Nº 119-2003-03.01, la Secretaria de Comunicaciones opino favorablemente con relacion a la modificacion del Proyecto Piloto presentado por el OSIPTEL, recomendando su aprobacion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la modificacion del Proyecto Piloto en Telecomunicaciones: "Informacion Agraria Via Internet para Agricutores de la Junta de Usuarios del MORDAZA del Rio Chancay - Huaral", el que queda reformulado por el proyecto que forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20254

Aprueban modificacion del Proyecto Piloto en Telecomunicaciones Informacion Agraria Via Internet para Agricultores de la Junta de Usuarios del MORDAZA del Rio Chancay - Huaral
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 917-2003-MTC/03 MORDAZA, 31 de octubre de 2003 Vista, la solicitud de modificacion del Proyecto Piloto en Telecomunicaciones: "Informacion Agraria Via Internet para Agricultores de la Junta de Usuarios del MORDAZA del Rio Chancay - Huaral" presentada por OSIPTEL; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 642-2002MTC/03 de fecha 29 de octubre de 2002, se aprobo el Proyecto Piloto en Telecomunicaciones: "Informacion Agraria Via Internet para Agricultores de la Junta de Usuarios del MORDAZA del Rio Chancay - Huaral". Que, mediante Carta C. 248-PD.GF/2003 de fecha 27 de junio de 2003, el OSIPTEL remitio al Ministerio, el Proyecto Piloto de Telecomunicaciones: Informacion Agraria Via Internet para Agricultores de la Junta de Usuarios del MORDAZA del Rio Chancay - Huaral, el que constituye una modificacion del proyecto aprobado por Resolucion Ministerial Nº 642-2002-MTC/03; Que, el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que los operadores de servicios portadores en general y de servicios finales publicos, destinaran un porcentaje del monto total de su facturacion anual, a un Fondo de Inversion de Telecomunicaciones que servira exclusivamente para el financiamiento de servicios de telecomunicaciones en areas rurales o en lugares considerados de preferente interes social y que los correspon-

Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Ecuador en comision de servicio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 922-2003-MTC/02 MORDAZA, 4 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

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