Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2003 (15/11/2003)


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- Declaracion realizada por Internet.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 15 de noviembre de 2003

Tales constancias deberan ser autenticadas por el representante legal de la empresa, a fin que cada una de sus unidades vehiculares cuente con su respectiva MORDAZA, en el que se adicionara la placa del vehiculo que utilizara dicha copia. El cobrador de peaje verificara la conformidad de dicho documento a fin de que el conductor abone la tarifa con descuento, caso contrario se aplicara la tarifa normal aprobada por Decreto Supremo Nº 041-2003-MTC 6. APLICACION DEL PROCEDIMIENTO La aplicacion del procedimiento, se realizara de la siguiente manera: - Hasta la primera quincena de Noviembre del 2003, los transportistas gozaran de la tarifa con descuento con la MORDAZA a su paso por las Garitas de Control de las Unidades de Peaje que administra PROVIAS NACIONAL, de su MORDAZA de inscripcion en el Registro Nacional de Transporte Terrestre para el caso de los transportistas terrestres de mercancias en camion o de su Tarjeta de Circulacion para el caso del transporte interprovincial de pasajeros, expedidas por la DGCT. - En la primera quincena del mes de Noviembre PROVIAS NACIONAL realizara una MORDAZA de difusion en las Garitas de Peaje a todos los transportistas de transporte de mercancias e interprovincial de pasajeros usuarios de la Red Vial Nacional, contando con el apoyo correspondiente del gremio de transportistas para la correcta aplicacion del beneficio aqui senalado. - A partir del 16 de Noviembre del 2003, ademas de los documentos senalados en el primer parrafo de este numeral, los transportistas presentaran uno de los documentos que se hacen referencia en el numeral 5.1. de este Procedimiento. La DGC, PROVIAS NACIONAL y SUNAT coordinaran acciones para que el sistema de acreditacion de cumplimiento de sus obligaciones tributarias por parte de los transportistas formales, se modernice y tecnifique durante el presente MORDAZA que se aplicara por etapas, conforme el citado procedimiento. 7.- PERDIDA DEL BENEFICIO DE LA TARIFA CON DESCUENTO El transportista que presente la documentacion a que hace referencia el MORDAZA parrafo del punto 6. del Procedimiento, se beneficiara con el pago de la tarifa con descuento aprobada por Decreto Supremo Nº 0412003-MTC. Los transportistas perderan el beneficio de la tarifa con descuento si se detecta, por parte de la SUNAT lo siguiente: - Los transportistas de mercancias en camion que habiendo presentado durante el periodo de acogimiento al beneficio del descuento de peaje su Declaracion Tributaria IGV - RENTA ingresos iguales a cero (0) y de la misma manera por el periodo tributario siguiente. En este caso, dicho contribuyente perdera el beneficio durante un lapso de tres (3) meses, pudiendo hacerse acreedor de este beneficio nuevamente, una vez regularizada y cancelada la deuda tributaria ante la SUNAT, hecho que verificara el personal de la garita de Peaje. - Los transportistas interprovinciales de pasajeros que habiendo presentado durante el periodo de acogimiento al beneficio del descuento de peaje su Declaracion Tributaria IGV - RENTA ingresos iguales a cero (0). En este caso, dicho contribuyente perdera el beneficio durante un lapso de tres (3) meses, pudiendo hacerse acreedor de este beneficio nuevamente, una vez rectificada y cancelada la deuda tributaria ante la SUNAT, hecho que apreciara el personal de la garita de Peaje. - Los transportistas en general que habiendo presentado en los periodos de acogimiento al beneficio del descuento de peaje su Declaracion Tributaria IGV - RENTA y dicha Documentacion fue fraguada, adulterada o falsificada. En tal caso el transportista perdera el beneficio por el lapso de un (1) ano, sin perjuicio del inicio de las acciones legales que pudiera corresponder por la autoridad competente. 21274

VIVIENDA
Incluyen MORDAZA de seleccion en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Unidad Ejecutora 002 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION DE SECRETARIA GENERAL Nº 092-2003-VIVIENDA/SG MORDAZA, 12 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Secretaria General Nº 007A-2003-VIVIENDA/SG de fecha 7 de febrero del 2003 se aprobo el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones para el periodo enero - diciembre del Ano Fiscal 2003 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, correspondiente a las Unidades Ejecutoras 001, 002, 003 y 004, el mismo que en Anexo, forma parte integrante de dicha Resolucion; Que, el articulo 8º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidos en el Plan Anual deberan ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, para su inclusion en el mismo, lo cual debera informarse al CONSUCODE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a dicha aprobacion; Que, asimismo, el citado articulo establece que las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion seran comunicadas a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, dentro del mismo plazo, dando cuenta al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 168-2002-VIVIENDA, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Ano Fiscal 2003 del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento por MORDAZA de Financiamiento, de acuerdo al detalle ahi indicado; Que, la Oficina General de Administracion, mediante el Memorandum Nº 1150-2003-VIVIENDA-OGA, solicita la inclusion en el Plan Anual de de Contrataciones y Adquisiciones de la Unidad Ejecutora Nº 002 del Pliego Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento de una Adjudicacion Directa Selectiva cuyo objeto consiste en la contratacion de servicios de una empresa que realice un estudio de opinion publica entre hombres y mujeres de 18 anos en los niveles A, B, C y D para los programas Techo Propio, Techo Propio Deuda Cero y Mejoramiento Integral de MORDAZA cuyo mayor detalle se indica en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion, el mismo que cuenta con opinion favorable de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto de acuerdo al Informe Nº 13852003-VIVIENDA-OGPP; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27792: Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias; Con la opinion favorable de la Oficina General de Administracion, de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades delegadas por Resolucion Ministerial Nº 016-2003-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INCLUIR en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones correspondiente a la Unidad Ejecutora 002 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Resolucion de Secretaria General Nº 007A-2003-VIVIENDA/SG, el MORDAZA de seleccion que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion.

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