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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G31/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de noviembre de 2003 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G41/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G79/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72 /G64/G65/G20/G45/G63/G6F/G6E/G6F/G6D/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G54/G75/G6D/G62/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1200-2003-SA/DM Lima, 25 de noviembre del 2003Visto el Oficio Nº 2481-03/GR-TUMBES-DRST-DG, cursado por el Director General de la Dirección Regionalde Salud Tumbes; CONSIDERANDO:De conformidad con lo previsto en el Artículo 3º de la Ley Nº 27594 y el Artículo 77º del Decreto Supremo Nº005-90-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, al doctor FELIX MANUEL RODRÍGUEZ AZABACHE, en el cargo de Director de laDirección de Atención Integral de la Salud, Nivel F-3, de laDirección Regional de Salud Tumbes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 22173 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1201-2003-SA/DM Lima, 25 de noviembre del 2003 Visto el Oficio Nº 2479-03/GR-TUMBES-DRST-DG, cursado por el Director General de la Dirección Regionalde Salud Tumbes; CONSIDERANDO: De conformidad con lo previsto en el Artículo 3º y 7º de la Ley Nº 27594, el inciso l) del Artículo 8º de la Ley Nº27657 y Artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del CPC. JUAN ALEJANDRO RODRÍGUEZ DEL SOLAR,en el cargo de Director de Economía, Nivel F-3, de la Di-rección Regional de Salud Tumbes, dándosele las graciaspor los servicios prestados. Artículo Segundo.- Designar, al CPC. MERCEDES AR- MANDO CABRERA VALDEZ, en el cargo de Director de Eco-nomía, Nivel F-3, de la Dirección Regional de Salud Tumbes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 22174 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G55/G50/G41/G20/G64/G65/G6C /G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G2C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G69/G72/G63/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/G65/G72/G72/G65/G73/G2D /G74/G72/G65/G20/G2D/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G73/G61/G6A/G65/G2D/G72/G6F/G73/G20/G79/G20/G43/G61/G72/G67/G61 DECRETO SUPREMO Nº 060-2003-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2003-MTC, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, el mismo que ha sido modificado por los DecretosSupremos Nºs. 037-2002-MTC y 030-2003-MTC y la Re-solución Ministerial Nº 037-2003-MTC/01; Que, el artículo 278º del Reglamento Nacional de Administración de Transportes, aprobado mediante De-creto Supremo Nº 040-2001-MTC y modificado median-te los Decretos Supremos Nºs. 032-2002-MTC y 035-2003-MTC, establece los procedimientos y requisitos para la habilitación de los ómnibus que conforman la flota vehicular de las empresas concesionarias del ser-vicio público de transporte terrestre nacional de pasa-jeros y su inscripción en los Registros Nacionales deTransporte Terrestre; Que, en tal sentido, resulta necesario considerar di- cha modificación en el Procedimiento Nº 12 del TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministe-rio de Transportes y Comunicaciones, correspondientea la Sección Dirección General de Circulación Terres- tre - Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga, y por lo tanto incorporar en este procedimiento los trámi-tes vinculados con la modificación de los términos dela concesión, como son la habilitación de los vehícu-los, sea por incremento o sustitución de flota y la modi-ficación de escalas comerciales, manteniendo los trá- mites para la ampliación de ruta y modificación de re- corrido; Que, de otro lado, se ha considerado conveniente simplificar la tramitación de los procedimientos Nºs. 18 y 19 referidos a la inscripción y renovación de la ins- cripción en el Registro Nacional de Transporte Terres-tre de Mercancías, así como el procedimiento Nº 22que contempla la modificación de la flota vehicular detransportistas inscritos en dicho Registro, del TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministe- rio de Transportes y Comunicaciones, correspondiente a la Sección Dirección General de Circulación Terres-tre - Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga, loque conlleva un menor costo del procedimiento, resul-tando pertinente reajustar el pago por derecho de tra-mitación, reduciéndolo de conformidad con lo estable- cido en el numeral 44.1 del artículo 44º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedi- miento Administrativo General, la modificación del TUPA que implica, entre otros, la creación de nuevos proce-dimientos se aprobará por Decreto Supremo del Sectorcorrespondiente, debiéndose publicar tal modificación; De conformidad con las Leyes Nºs. 27444 y 27791 y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; DECRETA: Artículo 1º.- Modificar los Procedimientos Nºs. 12, 18, 19 y 22 del Texto Único de Procedimientos Administrativosdel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, corres-pondientes a la Sección Dirección General de CirculaciónTerrestre - Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga,de acuerdo al Anexo que forma parte integrante del pre- sente Decreto Supremo. Artículo 2.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Transportes y Comunica-ciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones