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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G31/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de noviembre de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en Situación Urgencia la adqui- sición de dieciocho (18) Cojines de Levantamiento Neu-mático por la suma de S/. 148,041.92 Nuevos soles, entanto se efectúe el proceso licitario correspondiente. Artículo 2º.- Exonerar del proceso licitario corres- pondiente la adquisición de dieciocho (18) Cojines de Le-vantamiento Neumático al haberse configurado el supues-to previsto en el Artículo 19º inciso c) del T.U.O. de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado y procedera su adquisición a través de un proceso de Menor Cuantíade acuerdo a lo señalado en el Artículo 20º del T.U.O. de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 3º.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y notifíquese a la Contraloría Ge-neral de la República dentro de los plazos establecidos porla Ley. Regístrese, publíquese y cúmplase.TULIO NICOLINI AYARZA Comandante General del Cuerpo Generalde Bomberos Voluntarios del Perú 22222 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 654-2003-CGBVP San Isidro, 25 de noviembre del 2003 VISTOS:El Informe Técnico y el Informe Legal de fecha 20 de noviembre del 2003 a través de los cuales se recomiendadeclarar en Situación de Urgencia la adquisición de Equi-pos de Protección Personal contra Incendio para Bombe-ros (Chaqueta, pantalón, tirante, casco, botas capuchas yguantes) para equipar las compañías de bomberos ubica-das en las zonas fronterizas del Perú, Cascos para Servi-cios de Rescate y Cascos para el Servicio de Sanidad; CONSIDERANDO: Que, el objetivo del Cuerpo General de Bomberos Vo- luntarios del Perú, es prevenir, controlar, extinguir incen-dios, atender altos índices de accidentes de tránsito, res-cates en estructuras colapsadas e intervenir en emergen-cias y contingencias en que se requiera su participación,para lo cual, resulta indispensable que la institución posealos equipos especiales necesarios; Que, según el informe técnico, los Equipos de Protec- ción Personal contra Incendios para cubrir las zonas defrontera, Cascos para el Servicio de Rescate y Cascos parael Servicio de Sanidad, son bienes cuyo período de vidaútil es imprevisible, toda vez que ello depende de la fre-cuencia y grado de dificultad y/o gravedad de los incen-dios, accidentes, rescates en estructuras colapsadas uotras contingencias en las que se les dé uso; Que, para acudir a emergencias por accidentes de trán- sito, rescates estructurales y servicios de sanidad se es-tán usando cascos de bomberos para incendio cuyo dise-ño, peso y especificaciones incomodan la labor de los bom-beros; Que, el mismo Informe Técnico señala la urgencia de adquirir al menos 100 Equipos de Protección Personal con-tra incendios para equipar las compañías de bomberos delas zonas fronterizas del Perú, 200 cascos para el serviciode rescate y 200 cascos para el servicio de sanidad entanto se efectúe el proceso de selección correspondiente; Que, el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala: "Se considera situación de urgencia cuando la ausen- cia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o ser-vicio compromete en forma directa e inminente la continui-dad de los servicios esenciales o de las operaciones pro-ductivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situaciónfaculta a la entidad a la adquisición o contratación de losbienes, servicio u obras sólo por el tiempo o cantidad se- gún sea el caso, necesarios para llevar a cabo el procesode selección que corresponda". En el presente caso, los Equipos de Protección Perso- nal contra Incendios, Cascos para el Servicio de Rescatey Cascos para el Servicio de Sanidad, son los instrumen-tos necesarios e insustituibles para que el Cuerpo Generalde Bomberos Voluntarios del Perú pueda seguir concu-rriendo a ocurrencias extinción de incendios, atender altosíndices de accidentes de tránsito, rescates en estructurascolapsadas e intervenir en emergencias y contingenciasen que se requiera su participación; Que, estando a los márgenes señalados por el Artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, la medida adoptada permitirá paliar laurgencia del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios delPerú, dado que contar con Equipos de Protección Perso-nal contra Incendios, Cascos para el Servicio de Rescatey Cascos para el Servicio de Sanidad permitirá a la institu-ción seguir cumpliendo con sus objetivos de salvar vidassin poner en riesgo la vida de los Bomberos Voluntarios; De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, resulta procedente adquirir en situaciónde urgencia por lo menos 100 Equipos de Protección Per-sonal contra incendios, 200 cascos para el servicio de res-cate y 200 cascos para el servicio de sanidad, en tanto seefectué el proceso de Licitación Pública correspondiente; En ese sentido y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27067, Ley del Cuerpo General de BomberosVoluntarios del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar en Situación Urgencia la adqui- sición de cincuenta (50) Equipos de Protección Personalcontra incendios para equipar a las Compañías de Bombe-ros del Perú ubicadas en las zonas de frontera por la sumade S/. 245,000.00 Nuevos Soles, cien (100) cascos para elservicio de rescate y cien (100) cascos para el servicio desanidad, por la suma de S/. 52,745.40 Nuevos Soles, entanto se efectúe el proceso licitario correspondiente. Artículo 2º.- Exonerar del requisito de Licitación Públi- ca correspondiente la adquisición de cincuenta (50) Equi-pos de Protección Personal contra incendios, cien (100)cascos para el servicio de rescate y cien (100) cascos parael servicio de sanidad al haberse configurado el supuestoprevisto en el Artículo 19º inciso c) del T.U.O. de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y proceder asu adquisición a través de un proceso de Menor Cuantíade acuerdo a lo señalado en el Artículo 20º del T.U.O. de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 3º.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y notifíquese a la Contraloría Ge-neral de la República dentro de los plazos establecidos porla Ley. Regístrese, publíquese y cúmplase.TULIO NICOLINI AYARZA Comandante General del Cuerpo Generalde Bomberos Voluntarios del Perú 22223 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G2D /G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G66/G69/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G75/G61/G72/G74/G65/G6C/G65/G73 /G64/G65/G20/G62/G6F/G6D/G62/G65/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/GF1/G65/G74/G65/G20/G65/G20/G49/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 656-2003-CGBVP San Isidro, 27 de noviembre del 2003 VISTO: El Oficio Nº 175-2003 CGBVP/DIGA de la Dirección General de Administración de fecha 26 de noviembre del