Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2003 (04/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 4 de octubre de 2003

6. Los OCI programaran la Auditoria a los Estados Financieros y el Examen Especial a la Informacion Presupuestaria de su entidad, siempre y cuando la entidad publica no hubiese solicitado la designacion de una Sociedad de Auditoria Externa, en concordancia con lo dispuesto en la Directiva Nº 013-2001-CG/B340 de 27.JUL.2001. 7. Los OCI de municipios deberan programar para el ano 2004 el examen al Programa del Vaso de Leche, en base a lo establecido en la Directiva Nº 07-99-1999-CG/ SDE publicada el 17.OCT.99. 8. Los Organos de Control Institucional, incluiran en el primer trimestre del ano, un Examen Especial con el objeto de determinar los niveles de incumplimiento de las recomendaciones "Pendientes" y "En Proceso" resultantes de los Informes de Acciones de Control efectuados por los organos que conforman el Sistema Nacional de Control, a fin de determinar las responsabilidades a que hubiere lugar. F.3 Criterios y disposiciones para la determinacion de las Actividades de Control 1. Entre las actividades de control, necesariamente se incorporara la revision de la implementacion del Sistema de Control Interno en las areas estrategicas o de mayor importancia de la entidad, a partir de la cual el OCI podra emitir recomendaciones al Titular de la Entidad orientadas a prevenir la ocurrencia de actos irregulares y alertar de los riesgos potenciales en la administracion. 2. Los encargos dados por otras normas, se consideran Actividades de Control, salvo que el mismo senale en forma expresa que se trata de una Accion de Control Posterior en cualquiera de sus tres modalidades (Examen Especial, Auditoria Financiera, Auditoria de gestion). 3. La actividad de control de Evaluacion de Denuncias, se efectuara con celeridad y oportunidad, a efecto de garantizar una actuacion inmediata frente a hechos de gravedad que atenten contra el interes fiscal, o conlleven a riesgos de prescripcion. F.4 Programacion de las Acciones de Control Posterior y Actividades de Control F.4.1 Programacion de Acciones de Control Posterior Se denomina Acciones de Control Posterior a los Examenes Especiales, a las Auditorias Financieras y las Auditorias de Gestion. La programacion de las Acciones de Control Posterior se registra en el Formato A-1 denominado "Programacion de Acciones de Control Posterior", el cual contiene informacion basica del mismo. El contenido del Formato A-1 debera ser registrado en el SAGU instalado en el OCI, el cual asignara automaticamente el codigo de la Accion de Control al momento de su registro. Los OCI deberan precisar el numero de Acciones de Control que podran efectuar en base al 20% de la capacidad operativa que ha sido reservada para Encargos. La(s) Accion(es) de Control que se estima se encuentra(n) en MORDAZA al 31.DIC del ano anterior, debera(n) ser incorporada(s) en la programacion del ano siguiente. F.4.2 Programacion de Actividades de Control Las Actividades de Control comprenden, entre otros: 1. Encargos provenientes de la Contraloria General: u Formulacion del Plan Anual de Control (Directiva del Plan Anual de Control de los OCI). u Evaluacion Periodica del Plan de Control (Directiva del Plan Anual de Control de los OCI). u Seguimiento y Evaluacion Anual de Medidas Correctivas y de Procesos Judiciales (Directiva Nº 014-2001-CG/ B150). u Seguimiento y Evaluacion Semestral de Medidas Correctivas y de Procesos Judiciales (Directiva Nº 014-2001CG/B150). u Evaluacion de Denuncias (Directiva del Plan Anual de Control de los OCI)

u Participacion como Observador a traves de un representante veedor de los actos publicos de Buena Pro en los procesos de Adquisiciones y Contrataciones - CREP y CCCE- (Directiva Nº 06-2001-CG). u Informe trimestral de Evaluacion de las Medidas de Austeridad y Racionalidad. (Directiva Nº 01-2003-CG). u Revision de la Implementacion de la Estructura de Control Interno de las areas estrategicas o de mayor importancia de la entidad. u Evaluacion selectiva de los Presupuestos Adicionales de Obra que no superen el monto requerido para solicitar la opinion de la Contraloria General (Directiva Nº 0122001-CG/ATJ). 2. Encargos provenientes de normativa expresa (que no constituyen Acciones de Control Posterior): u Elaboracion de los Informes Mensuales de Evaluacion de las Medidas de Austeridad y Racionalidad. (Articulo 20º de la Ley Nº 27879). u Encargo del Reglamento de la Ley de Nepotismo, verificar el contenido de los documentos presentados cada vez que se produzcan procesos de seleccion de personal. (D.S. Nº 021-2000-PCM-Reglamento de la Ley de Nepotismo). u Informacion Trimestral a ser remitida al MEF y a la CGR, las incorporaciones y/o reincorporaciones al Regimen del Decreto Ley Nº 20530. (D.S. Nº 159-2002EF). La programacion de las Actividades de Control se registra en el Formato A-2 denominado "Programacion de Actividades de Control", el cual contiene informacion basica de las mismas. El contenido del Formato A-2 debera ser registrado en el SAGU instalado en el OCI, el cual asignara automaticamente el codigo de las Actividades de Control al momento de su registro. F.5 Elaboracion del proyecto de Plan Anual de Control - PAC La elaboracion del PAC se cine a la siguiente estructura
PLAN ANUAL DE CONTROL - Informacion de la Entidad / Sector o Region - Informacion del Organo de Control Institucional-OCI - Programa de Actividades . Acciones de Control Posterior (Formato A-1) . Actividades de Control (Formato A-2)

Informacion de la Entidad Publica - Debera consignarse la Mision, Vision, y Objetivos Institucionales consignados en el Plan Estrategico Institucional de la Entidad, Sector o Region. - Tambien, comprende el Diagnostico y problematica de la Entidad, Sector o Region - Analisis FODA, consignadas en el Plan Estrategico Institucional. El desarrollo de las Fortalezas y Debilidades institucionales deberan tomar en cuenta los Factores del Analisis Interno o Microambiente; asi mismo, las Oportunidades y Amenazas consideraran los Factores del Analisis Externo o Macroambiente; para su MORDAZA y registro se utilizara el Anexo Nº 1. Adicionalmente, el OCI debe incluir un analisis respecto al "ambiente de control", el cual esta referido a la disposicion general, actitud vigente y acciones adoptadas por parte de la administracion con respecto al control y su importancia al interior de la entidad, a traves de la adopcion de medidas relacionadas con la estructura organizacional, integridad y valores eticos, autoridad y responsabilidad y las politicas de personal. Informacion del Organo de Control Institucional-OCI Comprende:

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