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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G35/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 4 de octubre de 2003 actividades de investigación y transferencia de tecnología, y los mecanismos financieros como el manejo de fondos rotatorios en el sector Agricultura. En Pesquería, se dará énfasis al control de los establecimientos industriales pes- queros y convenios suscritos. 3. Los Planes de Control del sector Comercio Exterior y Turismo abordarán acciones de control orientadas a exami- nar la generación de condiciones de acceso y competen- cia en los mercados internacionales, la promoción del de- sarrollo y exportaciones en Zonas Especiales, el uso racio- nal y sostenible de los recursos turísticos y la promoción del turismo basado en la iniciativa privada y el otorgamien- to de concesiones de explotación de servicios turísticos. Son áreas de interés para el control, los resultados de la promoción de exportaciones en las Zonas Francas, de Tratamiento Especial Comercial (CETICOS) y Zonas Espe- ciales de Desarrollo; y los resultados de la expansión y diversificación turística sustentada en la organización del inventario nacional de recursos turísticos y planes de desa- rrollo. 4. Los Planes de Control de los sectores Transporte y Energía deben considerar acciones de control orientadas a examinar los proyectos de generación energética y de integración vial nacional, departamental y rural; el manteni- miento del sistema de transportes, y sus impactos econó- micos y en el empleo, resultantes del incremento de la capacidad energética y de la articulación de los centros poblados y centros de producción y consumo; así como el otorgamiento de concesiones. Se dará preferente aten- ción a los proyectos que cuenten con financiamiento exter- no. El alcance del control podrá comprender la inversión y metas logradas, los procesos de licitación pública interna- cional y nacional, y la gerencia técnica y control de los proyectos, según las condiciones de riesgo en las cuales se desarrollan las actividades. 5. En los sectores Defensa e Interior, en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 052-2001-PCM, se considerará el control de las adquisiciones o contratacio- nes de bienes, servicios y obras con carácter de secreto militar o de orden interno. Dicho control evaluará la econo- mía de las adquisiciones, la coherencia del equipo adquiri- do con los requerimientos de sus unidades operativas, y si están enmarcadas en un Plan Estratégico de Adquisicio- nes con horizonte de mediano y largo plazo, además del uso de los equipos conforme a las necesidades que justifi- caron la compra. Son de interés para el control, las áreas de Presupues- to, Tesorería, Contabilidad, Logística y la unidad de Inteli- gencia Nacional. 6. El control en materia tributaria y aduanera pondrá énfasis en la eficacia de los sistemas de recaudación y fiscalización, incidiendo en la detección de delitos tributa- rios como la evasión fiscal y otorgamiento indebido de cré- ditos fiscales, o delitos aduaneros como el contrabando, la subvaluación de importaciones y aplicación indebida de aranceles. Son de interés para el control, las prescripciones de las obligaciones tributarias, las reclamaciones ante el Tribunal Fiscal y las cobranzas coactivas. 7. En materia de control ambiental, las acciones de control incidirán en la defensa y protección del medio am- biente y de los recursos naturales, evaluando si los órga- nos competentes han dictado las normas y dado cumpli- miento a las Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA), durante la elaboración de los estudios de preinversión, y a los Programas de Adecuación Medioambiental (PAMA), durante la ejecución de los proyectos, adoptando oportu- namente las acciones para la preservación, recuperación y/o mitigación del daño producido. El control de recursos naturales y del medio ambiente busca revelar prácticas ilícitas como la depredación de los recursos por deforestación, la sobreexplotación hidrobioló- gica, de agua y suelos; extinción pecuaria, agotamiento de recursos energéticos y contaminación ambiental de las fuen- tes de agua, atmosférica y suelos. D. Lineamientos para el control de Empresas y Or- ganismos Reguladores 1. En los procesos privatización, los OCI de las empre- sas comprendidas focalizarán sus acciones de control en los asuntos relacionados con las actividades previas al proceso como la valorización y actualización de los activosfijos, inventario de bienes, saneamiento de pasivos, co- branzas, gasto en inversión, carga procesal y pago de compensación por tiempo de servicios, entre otros. 2. En los procesos de liquidación, los OCI de las empresas comprendidas o del Sector respectivo incidi- rán sus acciones de control en asuntos relacionados a la venta de activos, saneamiento de pasivos, control y manejo de fondos, cobranzas, control de acervo docu- mentario y otros. 3. El control de los Organismos Reguladores incidirá en la evaluación de la calidad de los servicios ofrecidos, exa- minando la eficacia y oportunidad de los mecanismos de supervisión aplicados sobre: a) los procedimientos de fija- ción de tarifas, b) los procesos de atención de reclamos efectuados por los usuarios; c) los procesos de fiscaliza- ción y sanciones impuestas y, d) evaluación al seguimiento de los procesos judiciales. La programación podrá incluir la realización de accio- nes orientadas a verificar los aportes de las empresas pres- tadoras de servicio conforme a la normativa vigente y con- diciones contractuales aprobadas. 2.3 LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA ÓRGANOS DE CONTROL REGIONAL Y MUNICIPAL Son lineamientos complementarios a los descritos en el ítem 2.1, que expresan las políticas y prioridades aplica- bles a los Gobiernos Locales y Regionales. E. Lineamientos para el Control Municipal1. Control de gastos. Las acciones de control relativas al uso de recursos presupuestales incidirán en la legalidad del gasto efectuado en las partidas de bienes y servicios, e inversión, con cargo al Fondo de Compensación Municipal, Canon y Recursos Directamente Recaudados, según su importancia en la estructura del financiamiento municipal. 2. Control de ingresos y fiscalización. En las municipali- dades del área urbana, se examinará la eficacia en la captación de los ingresos provenientes del impuesto pre- dial y de los arbitrios por la prestación de servicios; así mismo, se pondrá especial atención en la evaluación de los resultados de los Programas de Fiscalización Tributaria, incidiendo en la prescripción de obligaciones tributarias, reclamaciones ante el tribunal fiscal y de ser el caso, en la comparación del beneficio costo de las acciones de fiscali- zación mercerizadas. 3. Control de Servicios. El Plan Anual de Control de las municipalidades abordará entre otros, acciones de control orientadas a evaluar la prestación de servicios municipales básicos como los de limpieza pública, seguridad ciudada- na y otros servicios comunales. 4. En las municipalidades donde se haya declarado estados de emergencia administrativa o financiera, en el marco de la Ley Nº 27972, los OCI examinarán selectiva- mente las reorganizaciones efectuadas y acciones toma- das en materia de racionalización de personal, se exami- narán las áreas de rentas y fiscalización de los ingresos de naturaleza tributaria. 5. Preferentemente se realizarán acciones de control al Programa del Vaso de Leche, orientado a evaluar su admi- nistración; e informarán a la Contraloría General sobre la implementación de las medidas correctivas derivadas del control interno y/o externo realizado. F. Lineamientos para el Control Regional1. Control de gastos. Las acciones de control relativas al uso de recursos presupuestales incidirán en el cumpli- miento de metas y en la legalidad del gasto efectuado en las partidas de personal, bienes y servicios, e inversión, con cargo a los Recursos Ordinarios transferidos desde el Gobierno Central. Así mismo, se examinarán otras fuentes de ingresos como el canon y recursos directamente recau- dados, según su importancia en la estructura de financia- miento regional. 2. El control de inversiones cubrirá las fases de prein- versión e inversión. Se verificará la existencia de un Plan Regional de Inversión, con proyectos orientados a la for- mación bruta de capital, debidamente inscritos en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversión Pública. La selectividad de las inversiones en ejecución dará priori- dad a los proyectos en materia de transportes, agricultura, agua y desagüe.