Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2003 (04/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, sabado 4 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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actividades de investigacion y transferencia de tecnologia, y los mecanismos financieros como el manejo de fondos rotatorios en el sector Agricultura. En Pesqueria, se MORDAZA enfasis al control de los establecimientos industriales pesqueros y convenios suscritos. 3. Los Planes de Control del sector Comercio Exterior y Turismo abordaran acciones de control orientadas a examinar la generacion de condiciones de acceso y competencia en los mercados internacionales, la promocion del desarrollo y exportaciones en Zonas Especiales, el uso racional y sostenible de los recursos turisticos y la promocion del turismo basado en la iniciativa privada y el otorgamiento de concesiones de explotacion de servicios turisticos. Son areas de interes para el control, los resultados de la promocion de exportaciones en las Zonas Francas, de Tratamiento Especial Comercial (CETICOS) y Zonas Especiales de Desarrollo; y los resultados de la expansion y diversificacion turistica sustentada en la organizacion del inventario nacional de recursos turisticos y planes de desarrollo. 4. Los Planes de Control de los sectores Transporte y Energia deben considerar acciones de control orientadas a examinar los proyectos de generacion energetica y de integracion vial nacional, departamental y rural; el mantenimiento del sistema de transportes, y sus impactos economicos y en el empleo, resultantes del incremento de la capacidad energetica y de la articulacion de los centros poblados y centros de produccion y consumo; asi como el otorgamiento de concesiones. Se MORDAZA preferente atencion a los proyectos que cuenten con financiamiento externo. El alcance del control podra comprender la inversion y metas logradas, los procesos de licitacion publica internacional y nacional, y la gerencia tecnica y control de los proyectos, segun las condiciones de riesgo en las cuales se desarrollan las actividades. 5. En los sectores Defensa e Interior, en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 052-2001-PCM, se considerara el control de las adquisiciones o contrataciones de bienes, servicios y obras con caracter de secreto militar o de orden interno. Dicho control evaluara la economia de las adquisiciones, la coherencia del equipo adquirido con los requerimientos de sus unidades operativas, y si estan enmarcadas en un Plan Estrategico de Adquisiciones con horizonte de mediano y largo plazo, ademas del uso de los equipos conforme a las necesidades que justificaron la compra. Son de interes para el control, las areas de Presupuesto, Tesoreria, Contabilidad, Logistica y la unidad de Inteligencia Nacional. 6. El control en materia tributaria y aduanera pondra enfasis en la eficacia de los sistemas de recaudacion y fiscalizacion, incidiendo en la deteccion de delitos tributarios como la evasion fiscal y otorgamiento indebido de creditos fiscales, o delitos aduaneros como el contrabando, la subvaluacion de importaciones y aplicacion indebida de aranceles. Son de interes para el control, las prescripciones de las obligaciones tributarias, las reclamaciones ante el Tribunal Fiscal y las cobranzas coactivas. 7. En materia de control ambiental, las acciones de control incidiran en la defensa y proteccion del medio ambiente y de los recursos naturales, evaluando si los organos competentes han dictado las normas y dado cumplimiento a las Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA), durante la elaboracion de los estudios de preinversion, y a los Programas de Adecuacion Medioambiental (PAMA), durante la ejecucion de los proyectos, adoptando oportunamente las acciones para la preservacion, recuperacion y/o mitigacion del dano producido. El control de recursos naturales y del medio ambiente busca revelar practicas ilicitas como la depredacion de los recursos por deforestacion, la sobreexplotacion hidrobiologica, de agua y suelos; extincion pecuaria, agotamiento de recursos energeticos y contaminacion ambiental de las MORDAZA de agua, atmosferica y suelos. D. Lineamientos para el control de Empresas y Organismos Reguladores 1. En los procesos privatizacion, los OCI de las empresas comprendidas focalizaran sus acciones de control en los asuntos relacionados con las actividades previas al MORDAZA como la valorizacion y actualizacion de los activos

fijos, inventario de bienes, saneamiento de pasivos, cobranzas, gasto en inversion, carga procesal y pago de compensacion por tiempo de servicios, entre otros. 2. En los procesos de liquidacion, los OCI de las empresas comprendidas o del Sector respectivo incidiran sus acciones de control en asuntos relacionados a la venta de activos, saneamiento de pasivos, control y manejo de fondos, cobranzas, control de acervo documentario y otros. 3. El control de los Organismos Reguladores incidira en la evaluacion de la calidad de los servicios ofrecidos, examinando la eficacia y oportunidad de los mecanismos de supervision aplicados sobre: a) los procedimientos de fijacion de tarifas, b) los procesos de atencion de reclamos efectuados por los usuarios; c) los procesos de fiscalizacion y sanciones impuestas y, d) evaluacion al seguimiento de los procesos judiciales. La programacion podra incluir la realizacion de acciones orientadas a verificar los aportes de las empresas prestadoras de servicio conforme a la normativa vigente y condiciones contractuales aprobadas. 2.3 LINEAMIENTOS DE POLITICA PARA ORGANOS DE CONTROL REGIONAL Y MUNICIPAL Son lineamientos complementarios a los descritos en el item 2.1, que expresan las politicas y prioridades aplicables a los Gobiernos Locales y Regionales. E. Lineamientos para el Control Municipal 1. Control de gastos. Las acciones de control relativas al uso de recursos presupuestales incidiran en la legalidad del gasto efectuado en las partidas de bienes y servicios, e inversion, con cargo al Fondo de Compensacion Municipal, Canon y Recursos Directamente Recaudados, segun su importancia en la estructura del financiamiento municipal. 2. Control de ingresos y fiscalizacion. En las municipalidades del area MORDAZA, se examinara la eficacia en la captacion de los ingresos provenientes del impuesto predial y de los arbitrios por la prestacion de servicios; asi mismo, se pondra especial atencion en la evaluacion de los resultados de los Programas de Fiscalizacion Tributaria, incidiendo en la prescripcion de obligaciones tributarias, reclamaciones ante el tribunal fiscal y de ser el caso, en la comparacion del beneficio costo de las acciones de fiscalizacion mercerizadas. 3. Control de Servicios. El Plan Anual de Control de las municipalidades abordara entre otros, acciones de control orientadas a evaluar la prestacion de servicios municipales basicos como los de limpieza publica, seguridad ciudadana y otros servicios comunales. 4. En las municipalidades donde se MORDAZA declarado estados de emergencia administrativa o financiera, en el MORDAZA de la Ley Nº 27972, los OCI examinaran selectivamente las reorganizaciones efectuadas y acciones tomadas en materia de racionalizacion de personal, se examinaran las areas de rentas y fiscalizacion de los ingresos de naturaleza tributaria. 5. Preferentemente se realizaran acciones de control al Programa del Vaso de Leche, orientado a evaluar su administracion; e informaran a la Contraloria General sobre la implementacion de las medidas correctivas derivadas del control interno y/o externo realizado. F. Lineamientos para el Control Regional 1. Control de gastos. Las acciones de control relativas al uso de recursos presupuestales incidiran en el cumplimiento de metas y en la legalidad del gasto efectuado en las partidas de personal, bienes y servicios, e inversion, con cargo a los Recursos Ordinarios transferidos desde el Gobierno Central. Asi mismo, se examinaran otras MORDAZA de ingresos como el canon y recursos directamente recaudados, segun su importancia en la estructura de financiamiento regional. 2. El control de inversiones cubrira las fases de preinversion e inversion. Se verificara la existencia de un Plan Regional de Inversion, con proyectos orientados a la formacion bruta de capital, debidamente inscritos en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversion Publica. La selectividad de las inversiones en ejecucion MORDAZA prioridad a los proyectos en materia de transportes, agricultura, agua y desague.

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