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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (04/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G35/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 4 de octubre de 2003 - El diagnóstico y problemática del OCI / Análisis FODA. - Implementación del OCI: Capacidad Operativa - Nú- mero de personal auditor (incluido el Jefe), así como el número de personal de Apoyo; equipos y materiales. Programa de ActividadesComprende las Acciones de Control Posterior y las Ac- tividades de Control programadas. La programación de las Acciones de Control Posterior se registrará en el Formato A-1 "Programación de Acciones de Control Posterior". Asimismo, la programación de las Actividades de Control se consignará en el Formato A-2 "Programación de Actividades de Control", ambos se regis- tran de acuerdo al Instructivo de la presente Directiva. Estos formatos serán alcanzados en disquete conjun- tamente con el proyecto de Plan Anual. Los Órganos de Control Institucional de los órganos desconcentrados que son Unidades Ejecutoras del Sector o Región (excepto el Ministerio de Defensa y sus órganos desconcentrados), deberán elaborar su Anteproyecto de Plan Anual de Control para su remisión y posterior integra- ción en el proyecto de Plan Anual de Control del Sector o Región, en base a la estructura establecida en la presente directiva. Asimismo, deberán remitir su Anteproyecto de Plan Anual de Control al OCI del Sector o Región el 20 de octubre. El Plan Anual de Control del OCI del Sector o Región, incorpora la programación de Acciones y Actividades de Control de los OCI de sus órganos desconcentrados que son Unidades Ejecutoras. F.6 Visación del proyecto de Plan Anual Control - PAC para su presentación a la Contraloría - El Anteproyecto de Plan Anual de Control de los OCI de los órganos desconcentrados que son Unidades Ejecu- toras, se remiten al OCI del Sector o Región, conjuntamen- te con sus Formatos A-1 y A-2 de programación debida- mente visados por el Jefe del órgano desconcentrado. - Una vez elaborado el proyecto de Plan Anual de Con- trol, el Jefe de OCI lo suscribirá y procederá a elevarlo al Titular de la Entidad, Sector o Región, para la visación correspondiente de los Formatos A-1 y A-2. El Titular de la Entidad, Sector o Región, en señal de conformidad con el Plan Anual de Control visará los Forma- tos A-1 y A-2 contenidos en el proyecto de Plan Anual de Control. Previamente, los OCI de órganos desconcentra- dos deberán remitir su Anteproyecto de Plan Anual de Control al OCI del Sector o Región correspondiente, con sus formatos de programación debidamente visados por el Jefe del Órgano Desconcentrado. G. PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DEL PLAN ANUAL DE CONTROL A LA CONTRALORÍA GENERAL G.1 Presentación.Los Jefes de los OCI remitirán su respectivo proyecto de Plan Anual de Control a la Contraloría General, tenien- do como plazo de presentación hasta el 7 de noviembre. La recepción de los planes se realiza en la Sede Central u Oficinas Regionales de Control de la Contraloría General de la República según los ámbitos descritos en el Anexo Nº 2. Los Formatos A-1 y A-2, que forman parte del proyecto del Plan, serán los emitidos en el SAGU y estarán visados por el Titular de la entidad. Adjunto al proyecto del Plan Anual de Control, se remitirá el diskette conteniendo la información registrada en el SAGU de la entidad. Las unidades orgánicas de línea competentes, dentro de los 5 días útiles posteriores al vencimiento del plazo establecido de presentación del proyecto de Plan Anual, notificarán a los OCI que se encuentran omisos a su pre- sentación, informando de tal incumplimiento a la Gerencia de Órganos de Control Institucional de la Contraloría Ge- neral de la República, para la adopción de las acciones correspondientes según su competencia funcional. G.2 Evaluación y Conformidad del proyecto de PlanLa Contraloría General de la República, a través de sus unidades orgánicas de línea, evaluará los proyectos dePlan Anual de Control de los OCI en términos de su suje- ción a los lineamientos de política, así como a los criterios y procedimientos establecidos en la presente directiva y su consistencia técnica. Las mencionadas unidades orgánicas como resultado de la evaluación emitirán su conformidad al Proyecto de Plan, seguidamente procederán a verificar el ingreso de información de los Formatos A1 y A2 del Proyecto de Plan en el SAGU. En caso de ser observado el proyecto de Plan, la Uni- dad Orgánica notificará al OCI, para la subsanación corres- pondiente, otorgándole un plazo no mayor a cinco (5) días útiles de recepcionada la notificación, debiendo incluirse el diskette con los Formatos A-1 y A-2 de la versión corregida. Este proceso de subsanación podrá repetirse, siempre que les permita emitir la conformidad final del Proyecto dentro del plazo establecido para el proceso de aprobación de los planes. Por otro lado, cuando no se encuentre registrada la información en el SAGU por causa atribuible al OCI, la unidad orgánica de línea notificará a éste, para la subsa- nación correspondiente otorgándole un plazo de 2 días útiles, siempre que el mencionado plazo este comprendido en el período previo a la propuesta de aprobación. La información final contenida en el proyecto de Plan Anual de Control remitido a la Contraloría General no po- drá ser modificada en el SAGU instalado en el OCI, hasta la aprobación por parte del ente técnico rector, bajo ningu- na circunstancia. Las unidades orgánicas de línea de la Contraloría Ge- neral informarán a la Gerencia de Planificación a más tar- dar el 5 de diciembre de cada año, la relación de los pro- yectos de Plan Anual de Control que cuentan con su con- formidad. Tratándose de proyectos de Plan Anual presenta- dos tardíamente o habiendo subsanado las observa- ciones notificadas fuera de los plazos establecidos; las Unidades Orgánicas de Línea, sin perjuicio de la adop- ción de las acciones que correspondan y su comunica- ción a la Gerencia de OCI, previa su conformidad, po- drán solicitar a la Gerencia de Planificación continuar con el trámite de aprobación siguiendo el procedimien- to establecido, con el fin de dar continuidad al proceso de control. Si el OCI se negara a efectuar los cambios solicitados, la unidad orgánica de línea informará de tal situación a la Gerencia de Órganos de Control Institucional de la Contra- loría General de la República, para la adopción de las acciones correspondientes según su competencia funcio- nal. G.3 Aprobación.La Gerencia de Planificación, consolida la relación de los proyectos de planes con conformidad reportados por las unidades orgánicas de Línea, y previa revisión de su registro en el SAGU, elaborará la propuesta de aprobación de encontrarla conforme. La Gerencia de Planificación elevará la propuesta para la aprobación de los proyectos de Planes Anuales de Con- trol de los Órganos de Control Institucional, conforme a lo dispuesto en el artículo 22º, inciso h) de la Ley Nº 27785, a más tardar el 19 de diciembre. Una vez aprobados los Planes Anuales de Control por Resolución de Contraloría General, la Gerencia de Planificación procederá a registrar la aprobación del Plan Anual en el SAGU instalado en la Sede Central de la Contraloría General, generándose automáticamente el código del mismo, y poniéndose a disposición de los OCI, a través de la Página Web de la Contraloría Gene- ral. El ingreso del código de aprobación asignado por el SAGU, permitirá registrar los avances en la ejecución y evaluación del Plan Anual de Control. Las Acciones de Control Posterior previstas en el Plan Anual de Control de los OCI aprobados, integran el Plan Nacional de Control. La Gerencia de Planificación, podrá efectuar la pro- puesta de aprobación de los proyectos de Planes Anuales de Control requeridos por las unidades orgánicas de línea que fueron presentados extemporáneamente o cuyas atin- gencias fueron subsanadas tardíamente siempre que cuen- ten con la opinión favorable de las mismas, a fin de dar continuidad al proceso de control.