Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2003 (04/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 4 de octubre de 2003

ritarios los procesos de privatizacion de las empresas publicas y otorgamiento de concesiones, donde se examinaran el uso y destino de los fondos provenientes de dichos ingresos. 2. Complementariamente, las acciones de control deben considerar el examen de los resultados de gestion, centrandose en el logro de los objetivos y metas institucionales, en areas vinculadas con la finalidad de las entidades. 3. Programar acciones de control dirigidas a los programas sociales de lucha contra la pobreza, reactivacion productiva, provision de servicios basicos y promocion del empleo, examinando el uso y destino de los recursos, el cumplimiento de los objetivos sectoriales y metas de atencion, asi como la calidad del servicio provisto. El control de programas asistenciales incidira en los procesos de compra y consumo final por parte de la poblacion objetivo. 4. El control presupuestal se orientara a la verificacion del cumplimiento de las metas fisicas y financieras, y de las normas de austeridad y racionalidad en el gasto publico. Asi mismo, se verificara la adopcion de acciones para la transparencia fiscal implementadas por los Titulares de Entidad. 5. Practicar la auditoria a los estados financieros y presupuestales de las entidades sujetas a control, con sujecion a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y a las normas especificas dictadas por la Contraloria General. 6. En apoyo a la gestion, se promovera la implantacion de mecanismos de control interno, a fin de cautelar el adecuado funcionamiento de la entidad, desarrollando procedimientos alternativos de control que permitan identificar los diversos problemas que afectan el buen funcionamiento de la entidad, asi como determinar los riesgos inherentes propios de las entidades. 7. El Sistema Nacional de Control promueve el control ciudadano. Los Organos de Control Institucional colaboran con los titulares de entidad en la instalacion de mecanismos de quejas y denuncias para su atencion en la via administrativa; la Contraloria promueve los proyectos y la base legal que viabilice la contribucion de la ciudadania en el control. B. Lineamientos para el Control de Procesos con Riesgo de Corrupcion Control del MORDAZA de Adquisicion de Bienes y Servicios 1. El control de las adquisicion de bienes y servicios se realizara con un enfoque integral que comprenda la programacion de los requerimientos, evaluacion de propuestas, adjudicacion, contratacion y conformidad de la cantidad y calidad de los suministros; examinando la transparencia del MORDAZA y publicacion de los planes anuales de adquisicion. Se MORDAZA prioridad al control de las exoneraciones en la modalidad de licitacion publica mediante declaracion de estados de urgencia, a los procesos de licitacion con mayor significacion economica sin descuidar las adjudicaciones directas y a las adjudicaciones otorgadas por servicios personalisimos. Son unidades de interes para el control las entidades y proyectos que realizan compras centralizadas. 2. El planeamiento de la accion de control a las adquisiciones contendra procedimientos para detectar presuntas irregularidades como el fraccionamiento de los bienes, sobrevaluacion de precios, evaluacion indebida de postores, incumplimiento contractual, omision en el cobro de penalidades y adulteraciones en la cantidad y calidad de los bienes y servicios provistos. En las adjudicaciones de obra se incidira en la deteccion del fraccionamiento de obras, la evaluacion indebida de propuestas, manejo irregular del registro de contratistas para los casos de adjudicacion directa por invitacion y sobrevaluacion del presupuesto. Control del MORDAZA de Inversion 1. El control de los proyectos de inversion publica abarcara la evaluacion del cumplimiento de las metas fisicas, financieras y calidad de las construcciones, considerando la observancia de los procedimientos establecidos en la Ley Nº 27293, del Sistema Nacional de Inversion Publica, su reglamento y normas complementarias, verificandose que los proyectos cuenten con estudios de preinversion

aprobados y hayan sido declarados viables como requisito previo a su ejecucion. Se MORDAZA prioridad al control de los proyectos con mayor significacion economica y proyectos con financiamiento externo cuyas ejecuciones presenten retrasos. 2. El control de la gerencia de los proyectos adquiere importancia en los sectores Transportes, Vivienda, los Proyectos Especiales e Instituciones Descentralizadas que ejecutan obras de infraestructura economica y social, e incidira entre otros, en el pago de valorizaciones, adelantos y liquidaciones; en el reconocimiento de adicionales de obra y ampliaciones de plazo; en la ejecucion y supervision de las obras se verificara el cumplimiento de especificaciones tecnicas y materiales utilizados por los contratistas. 3. Los Organos de Control Institucional examinaran selectivamente la consistencia tecnica y economica de los estudios y expedientes tecnicos de obras aprobados, incidiendo en las especificaciones tecnicas, analisis de costos y presupuestos, diseno de obra y procedimientos de aprobacion, disponiendo para el efecto de especialistas en la materia. Control del MORDAZA de Personal / Remuneraciones 1. El control de los procesos de personal examinara la contratacion, pago de remuneraciones y cumplimiento de las normas sobre prohibiciones e incompatibilidades de los funcionarios y servidores del Estado en el ejercicio de sus cargos. Se incidira en la deteccion de practicas ilicitas relacionadas con el pago irregular de remuneraciones, bonificaciones, dietas y subvenciones, incluyendo los bonos de productividad. En materia de prohibiciones, se incidira en la deteccion de practicas relacionadas con el nepotismo. 2. Cautelar y verificar el cumplimiento de la MORDAZA de Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas por parte de los funcionarios y servidores publicos al tomar posesion de sus cargos, durante su ejercicio y al MORDAZA los mismos, conforme a lo dispuesto en el articulo 42º de la Constitucion Politica del Estado y la Ley Nº 27482. 3. El control del pago de pensionistas y jubilados de la Ley Nº 20530. 2.2 LINEAMIENTOS DE POLITICA PARA ORGANOS DE CONTROL SECTORIAL Son lineamientos complementarios a los descritos en el item 2.1, que expresan las politicas y prioridades en materia del control de gestion, aplicables a los sectores del Gobierno Nacional y sus organos desconcentrados. C. Lineamientos para el Control del Gobierno Central 1. Los Planes de Control de los sectores Educacion, Salud y Vivienda, Construccion y Saneamiento, comprenderan en su programacion la realizacion de acciones de control orientadas a evaluar la provision y gestion de los servicios basicos y de los programas mas trascendentes, incidiendo en las metas y coberturas logradas, y en el acceso de la poblacion de menores recursos ubicada en las zonas rurales y MORDAZA marginales. Son areas de interes para el control, los programas de salud y educacion basicos y, los programas de vivienda y construccion. De ser el caso, los OCI verificaran se organice la documentacion tecnica y administrativa necesaria para transferir las Direcciones Regionales a los Gobiernos Regionales, como resultado de los planes de transferencia aprobados para el 2004. 2. Los Planes de Control de los sectores Agricultura, Mineria y Produccion (Pesqueria-Industria), consideraran en su programacion la realizacion de acciones de control orientadas a evaluar proyectos de desarrollo y/o programas de interes nacional; el otorgamiento de concesiones de explotacion de recursos, la eficacia de los mecanismos de promocion de actividades extractivas, productivas y de transformacion; asi como sus impactos sobre la produccion, conservacion de recursos, el medio ambiente, empleo y los ingresos de la pequena y mediana agricultura, pequena y mediana mineria, pequena y mediana empresa. Son areas de interes para el control, las acciones para la promocion de la competitividad y valor agregado, la dotacion de infraestructura de apoyo a la produccion, las

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