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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (04/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G35/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 4 de octubre de 2003 Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, el artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria yde Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por ResoluciónCONASEV Nº 141-98-EF/94.10, así como lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fecha 18 de diciembre de 2000, de acuerdo a lo cual el Gerente deMercados y Emisores, se encuentra facultado para apro-bar el trámite anticipado de inscripción de valores y/o regis-tro de prospectos de bonos de arrendamiento financiero,bonos subordinados y otros que se emitan por oferta públi- ca y tengan opinión favorable de la Superintendencia de Banca y Seguros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, disponer el registro del Prospecto Marco correspondiente e inscribir el programa de bonos denominado "Primer Programa deBonos del Banco Internacional del Perú S.A.A. - Inter-bank" del Banco Internacional del Perú S.A.A., INTER-BANK hasta por la suma de ciento treinta millones y 00/100Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 130 000 000,00), o su equivalente en Nuevos Soles. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de los bonos subordi- nados denominados "Primer Programa de Bonos del Ban-co Internacional del Perú S.A.A. - Interbank - Bonos Subor-dinados Redimibles Interbank - Primera Emisión" hasta porun monto máximo de treinta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 30 000 000,00), así como el registro del complemento del prospecto marco co-rrespondiente, en el Registro Público del Mercado de Valo-res. Artículo 3º.- En tanto el Banco Internacional del Perú S.A.A., INTERBANK presente la condición de Entidad Ca- lificada y en tanto los valores a emitirse sean valores típi- cos, la inscripción de los bonos y el registro de los prospec-tos a utilizar en las ofertas públicas correspondientes seentenderán efectuados en la fecha de entrada en vigenciade la presente Resolución. En su defecto, la inscripción delos instrumentos representativos de deuda y el registro de dichos prospectos se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 14º inciso b) numeral 2 del Reglamento de Oferta PúblicaPrimaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado me-diante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 4º.- La oferta pública de los bonos a que se refieren los artículos 1º y 2º de la presente Resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artícu- lo 25º y, de ser el caso, en el artículo 29º del Reglamentode Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobilia-rios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. La colocación de los bonos deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Públicodel Mercado de Valores, y siempre y cuando el plazo delprograma y del trámite anticipado no hayan culminado. Elplazo de colocación es prorrogable hasta por un períodoigual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga, en ningún caso, podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONA- SEV la documentación e información a que se refieren losartículos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Pública Pri-maria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Re- solución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 5º.- La aprobación, las inscripciones y los re- gistros a que se refieren los artículos 1º y 2º de la presenteResolución no implican que CONASEV recomiende la in-versión en los valores u opine favorablemente sobre lasperspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado deValores. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución al Ban- co Internacional del Perú S.A.A., INTERBANK en su cali-dad de Emisor y Entidad Estructuradora; al Banco de Cré- dito del Perú S.A. en su calidad de Representante de los Obligacionistas; a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valo-res de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO CRUZADO COCA Gerente de Mercados y Emisores 18022/G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65/G20/G61/G6E/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G64/G6F/G2C/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F /G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G65/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G22/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G42/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F /G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E/G20/G2D/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G2D /G62/G61/G6E/G6B/G22 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 068-2003-EF/94.45 Lima, 26 de septiembre de 2003. VISTOS: El Expediente Nº 2003018730 de INTERBANK S.A. y el Informe Interno Nº 0103-2003-EF/94.45.2 de fecha 25de septiembre de 2003. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 14 del artículo 221º de la Ley General del Sistema Financiero y del Siste-ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban-ca y Seguros, Ley Nº 26702, las empresas bancarias pue-den emitir y colocar bonos y demás instrumentos representa-tivos de obligaciones, en moneda nacional o extranjera, siempre que sean de su propia emisión; Que, mediante Junta General de Accionistas de fecha 31 de marzo de 2003, el Banco Internacional del PerúS.A.A., INTERBANK, aprobó la emisión de un programa debonos denominado "Primer Programa de Bonos del BancoInternacional del Perú S.A.A. - Interbank" hasta por la suma de ciento treinta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 130 000 000.00) o su equivalenteen Nuevos Soles y delegó en el Directorio, en el caso delos bonos subordinados y en el Directorio y/o la GerenciaGeneral, indistintamente, en el caso de los bonos hipote-carios y bonos corporativos, las facultades necesarias para modificar las condiciones del Programa y/o para complementarlas con los términos, condiciones y caracte-rísticas adicionales que resulten necesarios, designando alos señores Ismael Benavides Ferreyros, Ramón Barúa Al-zamora y Elizabeth Medina Guzmán para que cualquierade ellos suscriban y otorguen los documentos necesarios para llevar adelante el Programa; Que, mediante escritos presentados con fechas 13 de agosto y 25 de septiembre de 2003, el señor Ismael Benavi-des Ferreyros, en su condición de Gerente General del Ban-co Internacional del Perú S.A.A., INTERBANK, solicita la apro-bación del trámite anticipado, el registro del Prospecto Marco correspondiente e inscribir el programa de bonos denomina- do "Primer Programa de Bonos del Banco Internacional delPerú S.A.A. - Interbank", para lo cual acompaña a su solicitudla documentación sustentatoria del caso habiendo subsana-do las observaciones formuladas; Que, asimismo, mediante comunicación de fecha 17 de setiembre de 2003, Banco Internacional del Perú S.A.A., INTERBANK solicitó la inscripción de los bonos subordi-nados denominados "Primer Programa de Bonos del Ban-co Internacional del Perú S.A.A. - Interbank - Bonos Su-bordinados Redimibles Interbank - Primera Emisión" hastapor un monto máximo de treinta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 30 000 000,00), así como el consiguiente registro del complemento del pros-pecto marco a utilizar, en el Registro Público del Mercadode Valores; Que, la solicitud mencionada en el considerando prece- dente ha cumplido con presentar la información requerida por el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONA-SEV Nº 141-98-EF/94.10, y modificado por ResoluciónCONASEV Nº 059-2001-EF/94.10, así como las disposi-ciones aprobadas mediante Resolución Gerencia GeneralNº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguien- tes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de