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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G33/G33/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 17 de octubre de 2003 5.2. PROCEDIMIENTO: 5.2.1. Tipos de Servicio: Podrá solicitarse por medio del Servicio de Publicidad Registral en Línea, la expedi- ción de copias literales de partidas registrales (completaso parciales); así como Certificados Negativos / Positivos, de partidas registrales que se hallen disponibles por medio del Servicio de Publicidad Registral en Línea de la SUNARP. a) Solicitud de Certificados Negativos / Positivos: Consiste en pedir a una Oficina Registral que expida uncertificado en donde conste si una determinada persona tiene o no alguna partida inscrita en determinado Registro de la misma, correspondiente al tipo de certificado solicita-do. En este último caso, por la naturaleza de estos certifi- cados expedidos de acuerdo a este procedimiento, el Re- gistrador no debe especificar ningún detalle de estas parti-das. De acuerdo al presente procedimiento, si no existe ins- cripción el resultado de la verificación será negativo y, encaso contrario, será positivo. Los certificados que pueden solicitarse de acuerdo al presente procedimiento son: - Certificado Negativo / Positivo de testamento.- Certificado Negativo / Positivo de Sucesión Intestada.- Certificado Negativo / Positivo de Registro Personal. - Certificado Negativo / Positivo de Persona Jurídica. - Certificado Negativo / Positivo de Propiedad Inmueble.- Certificado Negativo / Positivo de propiedad Vehicular. El procedimiento establecido por la presente Directi- va considera únicamente la certificación de existencia o inexistencia de una inscripción en los registros corres- pondientes, de manera que si la inscripción no existe,se expedirá un certificado negativo, y si la inscripción existe, se expedirá uno positivo, sin agregar más datos que la certificación en el sentido de que sí existen ins-cripciones bajo el criterio de búsqueda solicitado por el usuario (esta característica diferencia a estos certifica- dos de los certificados positivos expedidos en las Ofici-nas Registrales). La tasa registral por la expedición de estos certificados es la misma que se encuentre vigente para los certificadosnegativos correspondientes a cada uno de los registros indicados, en las normas respectivas. b) Solicitud de Copia Literal: Consiste en pedir a una Oficina Registral que expida una copia literal impresa de una Partida Registral (sea ésta completa o parcial), firma-da y sellada por el Registrador correspondiente. La tasa registral para la expedición de copias literales es la misma que se encuentra vigente para estos servi-cios. 5.2.2. En cada caso concreto, si el resultante de la pu- blicidad registral debiera ser entregado en un lugar diferen- te de una Oficina Registral, será aplicable además la tasa por mensajería registral establecida en las normas corres-pondientes. 5.2.3. Forma de solicitar los Servicios: Los servicios a los que se refiere la presente Directiva podrán ser solici-tados por los usuarios, de cualquiera de la siguientes ma- neras: a) Por Internet, accediendo a la página web del Servi- cio de Publicidad Registral en Línea, a través de las opcio- nes y enlaces habilitados para ello. En este caso, se re-quiere estar suscrito al ser vicio, contando con una cuenta de usuario externo; el pago podrá realizarse con cargo a la cuenta prepago del usuario, o con las opciones de pago enlínea disponibles en la página web del Servicio de Publici- dad Registral en Línea. b) Personalmente, en cualquiera de las oficinas de la SUNARP a nivel nacional. En este caso no se requiere suscripción al servicio y el pago puede realizarse en efec- tivo o por cualquiera de los medios de pago habilitados enlas cajas de las Oficinas Registrales. 5.2.4. Contenido de la Solicitud: Las solicitudes de- berán contener la siguiente información: El objeto de la solicitud, los datos del solicitante y los datos del destina- tario.Toda la información requerida para completar las solici- tudes se consignará a través de las pantallas de recojo dedatos que para el efecto han sido habilitadas en el Servicio de Publicidad Registral en Línea. 5.2.5. Distribución de la solicitud: Las solicitudes serán distribuidas de acuerdo al criterio siguiente: a) Si la Oficina Registral especificada en el objeto de la solicitud es la misma que corresponde a los datos del des- tinatario, entonces la solicitud será asignada a uno de losRegistradores de esa Oficina Registral. b) Si las oficinas especificadas en el objeto de la solici- tud y los datos del destinatario son diferentes, entonces lasolicitud será asignada a un Registrador en cada una de las oficinas involucradas. El proceso de distribución de las solicitudes es auto- mático, y se halla controlado por el sistema informático del Servicio de Publicidad Registral en Línea. 5.3. Proceso de atención: La atención de los certifica- dos se divide en dos partes: a) Verificación: Tiene por objeto la evaluación de la soli- citud y la comprobación de los resultados de la misma. Seencarga de esta etapa el Registrador de la oficina registral donde se origina la información (Registrador de origen). b) Expedición y Despacho: Consiste en la impresión de las copias o el certificado resultante de la verificación, su firma por parte del Registrador (Registrador de desti- no), y su despacho para ser entregado al usuario. La certi-ficación emitida incorporará, en forma automática, la indi- cación de la fecha y hora en que se realizó la verificación. 5.3.1. Atención de solicitudes de copia literal: a) Registrador de Origen: (Verificación).- El Registrador de Origen utilizará las herramientas de la Extranet para verificar el contenido de la partida y/o asien-to que sea objeto de la solicitud. - Seguidamente, utilizará los servicios informáticos de búsqueda de partidas del aplicativo de registro, y verificaráque la información mostrada en el mismo guarde exacta correspondencia con la que ya ha sido verificada en la Extranet. - En caso existieran discrepancias entre la información mostrada en el aplicativo de registro y la Extranet, proce- derá a solicitar que se realice la replicación. Si no puederealizarlo directamente, solicitará al Área de Informática de la correspondiente Zona Registral para que se lleve a cabo la replicación. - Si la partida no existe, se declarará la improcedencia de la solicitud y se dará por concluida la verificación. En este supuesto el usuario tendrá derecho a solicitar la devo-lución del monto descontado de su cuenta prepago por este servicio. - Si la partida no tiene replicaciones pendientes, o las que estuvieron pendientes ya se han realizado, y subsis- tieran las discrepancias, deberá informar inmediatamen- te al Área de Informática de la correspondiente Zona Re-gistral para que identifique la causa del problema y lo so- lucione. - Una vez verificado que la partida mostrada en el apli- cativo de registro, guarda una exacta correspondencia con la mostrada en la Extranet, incluyendo la información so- bre títulos pendientes, se dará por concluida la verifica-ción, certificando el resultado de la misma al marcar la op- ción correspondiente en el módulo de atención de solicitu- des de certificados de la extranet y aceptar con su clavesecreta. - El Registrador de Origen es responsable por el conte- nido de esta certificación. b) Registrador de Destino: (Despacho). - El registrador de Destino recibe el resultado de la ve- rificación realizada por el Registrador de Origen por medio del Sistema Informático habilitado para ello, el mismo queguarda las medidas de seguridad necesarias. Imprime las copias solicitadas y suscribe las certificaciones necesa- rias con su nombre.