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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (17/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G33/G33/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 17 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Contador General de la Nación viajará del 19 al 25 de octubre del 2003 a la ciudad de Cartagena de Indias,República de Colombia, para participar como ponente en el VI Foro Iberoamericano de Contabilidad Pública a reali- zarse en dicha ciudad, conforme se desprende de la Re-solución Ministerial Nº 565-2003-EF/10 de fecha 10 de oc- tubre del 2003; Que, a fin de garantizar el adecuado funcionamiento institucional es conveniente encargar las funciones del Contador General de la Nación a la Subcontadora General de la Nación; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21º inci- so a) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y en los artículos 76º y 82º de suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM; y, En uso de las atribuciones legales conferidas por el ar- tículo 9º de la Ley Nº 24680, modificado por el artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo Único.- ENCARGAR del 19 al 25 de octubre del 2003, las funciones del Contador General de la Nación a la Subcontadora General de la Nación, señora CPC LYDIA VILLACORTA DE CELIZ. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 18940 I N E I /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/GCD/G6E/G64/G69/G63/G65/G20/G55/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65 /G4F/G62/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G73/G65/G69/G73/G20/GE1/G72/G65/G61/G73/G20/G67/G65/G6F/G67/G72/GE1/G66/G69/G63/G61/G73/G2C/G64/G65/G73/G64/G65/G20/G6A/G75/G6E/G69/G6F/G20/G61/G20/G73/G65/G74/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G33 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 343-2003-INEI Lima, 14 de octubre del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones Jefaturales Nºs. 208, 238, 273 y 334-2003-INEI, se aprobaron los Índices Unifi-cados de Precios para las seis áreas geográficas corres- pondientes a los meses de junio a setiembre 2003; Que, por Resolución Directoral Nº 90-2003-DRTPEL- DPSC de fecha 23 de setiembre del 2003, expedida por la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se re-suelve otorgar incrementos diarios, sobre el jornal bá- sico de los Trabajadores de Construcción Civil, a partir del 1 de junio del 2003 al 31 de mayo del 2004; la mis-ma que fue confirmada por la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima mediante Re- solución Directoral Nº 050-2003-TR/DRTPEL del 2 deoctubre del 2003, ambas Resoluciones Directorales pu- blicadas en el Diario Oficial El Peruano el 10 de octu- bre del 2003; Que, en tal sentido es necesario modificar el Índice Unificado de Mano de Obra desde junio a setiembre 2003 para las seis áreas geográficas; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Fun- ciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; SE RESUELVE: Artículo 1º - Modificar el Índice Unificado de Mano de Obra (Cod. 47) para las seis áreas geográficas, desde elmes de junio a setiembre del 2003, en la forma siguiente:CÓDIGO 47: ÍNDICE MANO DE OBRA ÍNDICES AÑO ANTERIOR MODIFICADO 2003 JUNIO 292.58 309.86 JULIO 292.58 309.86 AGOSTO 292.53 309.81SETIEMBRE 292.53 309.81 Artículo 2º.- En los casos de las obras cuyos presu- puestos fueron elaborados con precios vigentes desde ju- nio a setiembre del 2003, deberán utilizar para la fijación del Índice Base del Código 47, el valor establecido en lasResoluciones Jefaturales Nºs. 208, 238, 273 y 334-2003- INEI, que aprobaron los Índices Unificados correspondien- te a dichos meses. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 19004 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G66/G61/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G61/G6A/G75/G73/G74/G65/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G2D /G62/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72 /G50/G72/G69/G76/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G73/G65/G69/G73/G20/GE1/G72/G65/G61/G73/G20/G67/G65/G6F/G67/G72/GE1/G66/G69/G63/G61/G73/G2C /G64/G65/G6C/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G6A/G75/G6E/G69/G6F/G20/G79/G20/G61/G67/G6F/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G33 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 344-2003-INEI Lima, 14 de octubre del 2003CONSIDERANDO:Que, mediante las Resoluciones Jefaturales Nºs. 224, 249 y 304-2003-INEI, se aprobaron los Factores de Re-ajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificación, correspondientes a las seis (6) áreas geográficas para las Obras del Sector Privado por variación de precios de to-dos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras; Que, por Resolución Directoral Nº 90-2003 DRTPEL- DPSC de fecha 23 de setiembre del 2003, expedida por la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se re-suelve otorgar incrementos diarios, sobre el jornal bá- sico de los Trabajadores de Construcción Civil, a partir del 1 de junio del 2003 al 31 de mayo del 2004; la mis-ma que fue confirmada por la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima mediante Re- solución Directoral Nº 050-2003-TR/DRTPEL del 2 deoctubre del 2003, ambas Resoluciones Directorales pu- blicadas en el Diario Oficial El Peruano el 10 de octu- bre del 2003; Que, en consecuencia es necesario modificar los Fac- tores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificación para las seis (6) áreas geográficas correspon-dientes a los meses comprendidos entre junio y agosto del 2003; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Fun- ciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificación del Sector Pri- vado para las seis (6) áreas geográficas, correspondientes al período comprendido entre junio y agosto del 2003, cuyocuadro debidamente autenticado, forma parte de la pre- sente Resolución. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe