Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2003 (03/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, miercoles 3 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Designan Jefa del Organo de Control Institucional de PETROPERU S.A.
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 288-2003-CG
MORDAZA, 2 de setiembre de 2003 Vista, la Hoja de Recomendacion Nº 045-2003-CG/OCI, de fecha 2.Set.2003 de la Gerencia de Organos de Control Institucional de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, la designacion de los Jefes de los Organos de Auditoria Interna se efectua por la Contraloria General de acuerdo a los requisitos, procedimientos, incompatibilidades y excepciones que establezca para tal efecto; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 114-2003CG se ha aprobado el Reglamento de los Organos de Control Institucional, estableciendose en el literal b) de su articulo 19º que la designacion del Jefe del Organo de Control Institucional se podra efectuar por designacion directa del personal profesional de la Contraloria General, para ocupar dicho cargo; Que, se encuentra vacante la Jefatura del Organo de Control Institucional de la Empresa Petroleos del Peru S.A. - PETROPERU S.A., en virtud a la separacion definitiva dispuesta por Resolucion de Contraloria Nº 211-2003-CG, por lo que a efecto de garantizar el normal desarrollo de las funciones del referido Organo de Control Institucional, resulta necesario designar, acorde con lo indicado en el considerando precedente, a un profesional de la Contraloria General de la Republica como Jefe de dicha unidad organica; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y a lo dispuesto en el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, a la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Contraloria General de la Republica, como Jefa del Organo de Control Institucional de la Empresa Petroleos del Peru S.A. - PETROPERU S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 16338

sobre presuntas irregularidades relacionadas a obra: "Remodelacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Paita"; Que de la revision y analisis de la documentacion relativa a la contratacion y ejecucion de la referida obra, la comision auditora ha constatado que los funcionarios responsables de la revision y aprobacion del expediente tecnico de la obra, aprobaron de manera irregular y sin sustento tecnico dicho documento, bajo el sistema de suma alzada, no obstante que el documento original presentado por el consultor precisaba que dicha obra debio ejecutarse por el sistema de precios unitarios, por no encontrarse totalmente definidos a nivel de detalle las magnitudes de la obra, hecho que condicionaba el pago en funcion a los metrados realmente ejecutados, transgrediendose lo dispuesto en el articulo 28º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 039-98-PCM. Asimismo, la Comision de Recepcion y Adjudicacion elaboro deficientemente las bases del MORDAZA al presentar incongruencias, dado que incluyo formatos que indistintamente aludian al sistema de contratacion a suma alzada, asi como a precios unitarios, hechos que finalmente derivaron en la suscripcion de un contrato de ejecucion de obra a suma alzada, que dio lugar al pago de S/. 17, 040,32 al contratista por concepto de metrados no ejecutados; constituyendo un perjuicio economico que debe ser resarcido de conformidad a lo dispuesto en el Art. 1321º del Codigo Civil; Que, en atencion a los hechos expuestos y habiendose acreditado como consecuencia de la accion de control practicada, la existencia de dano economico, en los que se encuentran involucrados funcionarios y servidores de la Municipalidad Provincial de Paita, departamento de MORDAZA, que desempenan o han desempenado funcion publica en la misma, corresponde a la Contraloria General de la Republica, proceder conforme a sus atribuciones; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; De conformidad con el articulo 22º inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 16339

Autorizan a procurador iniciar acciones legales por presunto perjuicio economico ocasionado a la Municipalidad Provincial de Paita
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 289-2003-CG
MORDAZA, 2 de setiembre de 2003 VISTO, el Informe Especial Nº 233-2003-CG/ORPI, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de Paita, departamento de MORDAZA, periodo comprendido entre 1 de enero de 1999 al 31 de diciembre de 2001; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud a denuncias presentadas por la ciudadania, la Oficina Regional de Control de MORDAZA de la Contraloria General de la Republica, ha efectuado una accion de control a la Municipalidad Provincial de Paita, con el objeto de determinar la veracidad y consistencia de la denuncia

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de El Tambo por presunta responsabilidad civil y penal
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 290-2003-CG
MORDAZA, 2 de setiembre de 2003 VISTOS, el Informe Especial Nº 236-2003-CG/ORHU, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipa-

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