Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2003 (03/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 3 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan, contra ERICK JET MORDAZA MORDAZA, por la comision del presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Material, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 16246

la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Material, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 16245

SBS
Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Sullana S.A. el aumento de capital social
RESOLUCION SBS Nº 1207-2003
MORDAZA, 18 de agosto de 2003

RESOLUCION JEFATURAL Nº 393-2003-JEF/RENIEC
MORDAZA, 28 de agosto de 2003 Vistos, el Oficio Nº 1266-03/GO/RENIEC, el Oficio Nº 1174-03/GO/RENIEC, asi como el Oficio Nº 877-2003-GAJ/ RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 23 de MORDAZA del ano 2003. CONSIDERANDO: Que, con fecha 5 de junio del ano en curso, se recepciono en el modulo de atencion del Area de Certificaciones, de la Oficina Central del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, ubicado en el Jr. MORDAZA 653, MORDAZA, la solicitud Nº 17990, presentada por la persona de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante la cual se solicitaba la certificacion de 2 Partidas de Nacimiento; sin embargo, se detecto que una de ellas, la correspondiente a la mencionada persona, fue rechazada debido a que la firma del Registrador Civil, no correspondia, de modo que se trataba de un documento falso; Que, la situacion MORDAZA descrita, fue posteriormente confirmada con la comunicacion remitida por la Oficina de Registros Civiles de la Municipalidad Provincial de Barranca, segun Oficio Nº 164-2003-DRRCC-MPB, de fecha 23 de MORDAZA del ano en curso, en donde se menciona que la Partida de Nacimiento Nº 235, que pertenece a MORDAZA ROMMY MORDAZA MORDAZA, presentada por esta, es FALSA en los sellos y certificaciones del Registrador, adjuntando a ello el Acta original de la misma ciudadana; Que, expuestos asi los hechos, es de notar que la conducta mostrada por la ciudadana MORDAZA ROMMY MORDAZA MORDAZA, se encuentra subsumida dentro de lo establecido en el Articulo 427º del Codigo Penal, delito Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Material, dado el hecho que esta ha hecho uso de un documento falso, como si fuera verdadero, a sabiendas de que este no correspondia a la realidad, de tal suerte que debe ser denunciada penalmente por estos hechos, siendo entonces necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra la ciudadana MORDAZA mencionada; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan, contra MORDAZA ROMMY MORDAZA MORDAZA, por la comision del presunto delito contra

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La documentacion presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Sullana (CMAC Sullana S.A.), mediante la cual solicita autorizacion para aumentar su capital social por la capitalizacion de parte de su reserva legal especial del ejercicio 2002; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 046-2003/MPS del 27 de marzo del 2003, el Concejo Municipal de Sullana acuerda aumentar el capital social de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Sullana, entre otros, mediante la capitalizacion de la Reserva Legal Especial del ejercicio 2002 por un monto de S/. 2 288 809,47 (Dos millones doscientos ochenta y ocho mil ochocientos nueve y 47/100 Nuevos Soles); Que, de conformidad con el articulo 62º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, excepcionalmente y previa autorizacion de esta Superintendencia, las empresas del sistema financiero podran aumentar el capital social mediante otras modalidades diferentes al aporte en efectivo, capitalizacion de utilidades y reexpresion del capital; Estando a lo informado por la Intendencia de Instituciones Financieras "F" a traves del Informe Nº DESF "F" 089-2003/OT, por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 582-2003-LEG; y estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Banca; De conformidad con el procedimiento Nº 44 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolucion SBS Nº 131-2002 del 11 de febrero de 2002 por adecuacion a la Ley Nº 27444, cuya base legal es el articulo 62º de la Ley General; y en uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Sullana S.A. el aumento de su capital social por la capitalizacion de su Reserva Legal Especial por un monto de S/. 2 288 809,47 (Dos millones doscientos ochenta y ocho mil ochocientos nueve con 47/100 Nuevos Soles); y en consecuencia, autorizar la modificacion del articulo 6º de su Estatuto Social; y devuelvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevacion a Escritura Publica en la que se insertara el texto de la presente Resolucion para su inscripcion en el Registro Publico correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 16230

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