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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (12/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 72

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G32/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de setiembre de 2003 prórroga, a solicitud del funcionario o servidor, por razo- nes justificadas. Artículo 11º .- La convocatoria a sesiones solemnes está eximida de las formalidades indicadas en el artículo7º para su celebración, debiendo en todo caso el Secre- tario General dar cuenta de su ocurrencia a los miem- bros del Concejo con la debida antelación. Artículo 12º .- La Secretaría General establecerá los mecanismos adecuados para difundir la celebración de sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes, así comola invitación expresa a los delegados acreditados de las Juntas Vecinales Comunales para su asistencia, a solici- tud del Alcalde o de los señores regidores. Artículo 13º .- El Alcalde podrá dispensar la convoca- toria a sesiones extraordinarias cuando, por la naturale- za del asunto a tratar o la urgencia del mismo, existaacuerdo unánime de todos los miembros del Concejo Municipal para llevar a cabo la sesión extraordinaria así como para tratar determinados asuntos en ella. TÍTULO III Desarrollo de las Sesiones del Concejo Municipal CAPÍTULO I Inicio Artículo 14º .- A la fecha, hora y en el lugar señalado en la citación, el Presidente del Concejo dispondrá al Se- cretario General verificar la asistencia de los señoresmiembros del Concejo, para comprobar la existencia de quórum, conforme al artículo 16º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Si se alcanzara el quórum de ley, el Secretario Gene- ral dará cuenta de dicha circunstancia al Presidente del Concejo, quien dará inicio a la sesión, conforme a losartículos 16º y 30º del presente Reglamento, según co- rresponda. Si no se alcanzará el quórum de ley, se volverá a pa- sar lista luego de transcurridos treinta minutos desde la primera verificación de quórum. Si en esta siguiente oca- sión, no se alcanzara el quórum de ley, el SecretarioGeneral dará cuenta de dicha circunstancia al Presiden- te del Concejo, dejándose constancia del hecho en el Li- bro de Actas, y anotándose los nombres de los señoresconcurrentes, para efectos de lo dispuesto en el artículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 15º .- Se considerarán asistentes a los seño- res regidores que luego de la verificación del quórum se presentaran a la sesión convocada hasta antes de ini- ciarse la estación de Orden del Día. Luego de dicha eta-pa, podrán participar en la sesión convocada con dere- cho a voz, pero sin derecho a voto ni derecho a percep- ción de dieta. CAPÍTULO II Sesiones Ordinarias Artículo 16º .- Las sesiones ordinarias se dividen en tres estaciones: a) Despacho. b) Informes y Pedidos. c) Orden del Día. Artículo 17º .- En la estación Despacho, el Presiden- te del Concejo dispondrá que el Secretario General dé lectura sucinta de aquellos documentos públicos y priva-dos de interés, los dictámenes de Comisiones de Regi- dores, así como los proyectos normativos preparados por las Comisiones de Regidores o la Administración Munici-pal, para conocimiento del Concejo Municipal. El Presidente del Concejo indicará al Secretario Ge- neral el trámite que corresponderá a cada documento,según lo siguiente: a) La derivación a la Secretaria General de los docu- mentos que requieran atención previa de la Administra- ción Municipal. b) La derivación a las Comisiones de Regidores que correspondan cuando se trate de proyectos normativos que puedan requerir pronunciamiento previo de alguna Comisión.c) La derivación a la Estación Orden del Día de aque- llos documentos que requieran un debate y/o pronuncia- miento del Concejo Municipal. Artículo 18º .- En la estación Despacho no se admiti- rá debate alguno, salvo que se trate de una cuestión pre- via formulada por algún miembro del Concejo, en cuyocaso se seguirá el procedimiento previsto en el artículo 41º. Artículo 19º .- En la estación Informes y Pedidos, el Presidente del Concejo dispondrá al Secretario General dar cuenta de los informes y pedidos escritos que hubie- sen remitido los señores Regidores hasta el momento deingresar a la estación misma. Asimismo, se dará cuenta de los informes emitidos por los funcionarios de la Admi- nistración en relación a los pedidos formulados por losmiembros del Concejo en sesiones anteriores. Concluida dicha etapa, se cederá la palabra a aque- llos miembros del Concejo que deseen dar cuenta de lasgestiones políticas que les hubiera encomendado el Con- cejo Municipal o el Alcalde y/o de aquellos asuntos rela- cionados con las funciones y atribuciones que les señalala ley que consideren deban ser puestos en conocimien- to del Concejo Municipal. En esta estación, los miem- bros del Concejo podrán también formular pedidos queestimen convenientes sobre asuntos que requieran el pro- nunciamiento de Concejo. La exposición de un informe por parte de un Regidor podrá incluir simultáneamenteun pedido para su atención. Artículo 20º .- Corresponde al Presidente del Conce- jo indicar al Secretario General el trámite que correspon-derá a los pedidos presentados en forma escrita o formu- lados oralmente por los miembros del Concejo, siguién- dose para tal fin lo dispuesto en el segundo párrafo delartículo 17º. Artículo 21º .- Se presume autorizado por el Concejo el pedido presentado por alguno de sus miembros cuan-do su Presidente disponga el trámite para el mismo, con- forme al artículo precedente. El Presidente del Concejo podrá considerar el rechazo, por impertinente o innece-sario, la formulación de un pedido presentado por un miembro del Concejo en cuyo caso someterá a votación la denegatoria de la atención del pedido. De rechazarsela denegatoria, se seguirá el procedimiento indicado en el segundo párrafo del artículo 17º del presente Regla- mento. Artículo 22º .- El informe que presenten los miembros del Concejo y/o la sustentación de sus pedidos no podrá exceder de cinco minutos. El Presidente del Concejoanunciará segundos antes del vencimiento del plazo al Regidor exponente para que concluya su exposición, salvo que, de considerarlo necesario, le autorice extendersepor un tiempo adicional o que otro regidor le ceda el tiem- po que le correspondería. Artículo 23º .- En la estación Informes y Pedidos no se admitirá debate alguno. Artículo 24º .- En la estación de Orden del Día se tra- tarán aquellos asuntos que se hubiesen indicado expre-samente en la convocatoria a la sesión, si fuera el caso, así como aquellos que el Presidente del Concejo hubie- se derivado expresamente a esta Estación durante el de-sarrollo de la sesión. Corresponde al Presidente del Con- cejo señalar el orden en que serán debatidos los asuntos sometidos a esta Estación. Artículo 25º .- Previamente al inicio de la estación Orden del Día, y para efectos de lo dispuesto en el artí- culo 15º, el Presidente del Concejo dispondrá la verifica-ción de la asistencia de los señores miembros del Con- cejo, pudiendo dispensarse de la misma en el caso que sea evidente la existencia unánime de los miembros há-biles del Concejo. En el caso que no exista el quórum de ley, la sesión será suspendida hasta una siguiente con- vocatoria conforme al artículo 14º. Artículo 26º .- Corresponde a los señores Regidores, Presidentes de Comisiones, sustentar los dictámenes puestos a consideración del Concejo, antes de su deba-te. Corresponde igualmente a los señores regidores que hubiesen formulado dictámenes en minoría, sustentar los mismos, antes de su debate. En el caso de informes,propuestas o proyectos que no provengan de comisio- nes, corresponderá al Regidor proponente o al Regidor que represente al grupo de regidores proponentes, sus-tentar su propuesta, antes de su debate. Artículo 27º .- Sometido un asunto a debate, el Se- cretario General anotará los nombres de los señores Re-