Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2003 (12/09/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 68

Pag. 251238

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de setiembre de 2003

Segunda.- Incorporese a la Ordenanza Nº 024MDMM, la infraccion establecida en el articulo 5º de la presente Ordenanza, con el codigo 22010. Tercera.- Desarrollese una MORDAZA de difusion de la presente Ordenanza MORDAZA de su entrada en vigencia a fin informar adecuadamente a los conductores de establecimientos que brinden servicios de cabinas de internet, respecto a los alcances de la misma. Cuarta.- Mediante Decreto de Alcaldia se establecera el modelo de los afiches a que se refiere el articulo 4º de la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia dentro de los cuarenta y cinco dias siguientes de su publicacion. Sexta.- Encarguese a la Direccion de Desarrollo Social y Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 16857

Que, la adquisicion de los productos destinados al precitado Programa tiene como finalidad el consumo inmediato por parte de sus beneficiarios, situacion que se encuentra en riesgo de ser incumplida en la medida que el resultado de la Licitacion Publica Nº 001-2003-MDPP ha sido impugnado, motivo por el cual en salvaguarda del abastecimiento del Programa y mientras se resuelva el Recurso interpuesto, es necesario declarar la Situacion de Urgencia inmediata por el periodo senalado en el Informe Nº 066-2003-PAVL-GLPP-MDPP, MORDAZA glosado; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con el articulo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se hace necesario aprobar la declaracion de la Situacion de Urgencia para la adquisicion de Leche Evaporada Entera para el Programa de Administracion del Vaso de Leche, considerando que la ausencia del bien compromete directamente la continuidad de la atencion del Programa; Estando a lo informado por la Jefa del Programa de Administracion del Vaso de Leche y el Gerente de Asesoria Juridica, el pleno del Concejo Municipal en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por mayoria de votos; SE ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, por un periodo de cuarenta y dos (42) dias la adquisicion del insumo que a continuacion se enuncia, en cumplimiento a lo dispuesto por el inciso 6) numeral 6.5 de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, el cual es necesario para abastecer el Programa de Administracion del Vaso de Leche de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA PIEDRA. MORDAZA Cantidad Valor Referencial Fuente de Financiamiento : : : : Leche Evaporada Entera x 410 grs. 239,925 unidades. S/.364,686.00. Transferencia del Tesoro Publico.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de insumo para el Programa de Administracion del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2003-MDPP MORDAZA MORDAZA, 28 de agosto de 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Tecnico Nº 066-PVL-MDPP, elevado por la Jefa del Programa de Administracion del Vaso de Leche y el Informe Nº 431-2003-GAJ-MDPP efectuado por la Gerencia de Asesoria Juridica de esta Corporacion. CONSIDERANDO: Que, por mandato del articulo 194º de la Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 066-2003-PAVLGLPP-MDPP, la Jefa del Programa de Administracion del Vaso de Leche comunica la conclusion del cronograma de entrega de los insumos de leche evaporada y MORDAZA enriquecido y, al tener conocimiento que el otorgamiento de la Buena Pro de la Licitacion Publica Nº 001-2003-MDPP ha sido impugnada manifiesta su preocupacion, toda vez que no cuenta con reservas suficientes para atender a los dieciseis (16) Centros de Acopio del Vaso de Leche de esta jurisdiccion, hecho que puede causar desabastecimiento en los mismos por lo que sugiere que se coordinen las acciones que permitan la atencion necesaria durante seis semanas; y mediante el Informe Nº 431-2003-GAJ-MDPP la Gerencia de Asesoria Juridica expresa que de acuerdo a lo regulado en el inciso 2) del articulo 167º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, despues de otorgada la Buena Pro cualquier Apelacion que se interponga suspende el MORDAZA de Seleccion hasta que dicho Recurso y, en su caso, el de Revision MORDAZA resueltos, consideraciones por las cuales dichas unidades organicas de la Entidad proponen y sustentan la necesidad y la procedencia de declarar en Situacion de Urgencia la adquisicion de Leche Entera Evaporada con la finalidad de abastecer el Programa de Administracion del Vaso de Leche;

Articulo Segundo.- EXONERESE del MORDAZA de Seleccion correspondiente AUTORIZANDOSE la realizacion del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, en concordancia a lo preceptuado en el articulo 105º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM por el valor referencial y por el periodo senalado en el articulo precedente, a partir de la suscripcion del contrato correspondiente. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Administracion de la Municipalidad. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaria General de la Corporacion la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y la remision de todo lo actuado a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo establecido por Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16911

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 073-2003-MSI Mediante Oficio Nº 548-2003-SG/MSI la Municipalidad de San MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 073-2003-MSI publicado en nuestra edicion del 11 de setiembre de 2003, en la pagina 251161. DICE: Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de seleccion la contratacion de los servicios de migracion de la actual central telefonica de la empresa Alcaltel a traves de su proveedor unico, la empresa E - Business Distribution Peru S.A.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.