NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (12/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 68
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G32/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de setiembre de 2003 Segunda.- Incorpórese a la Ordenanza Nº 024- MDMM, la infracción establecida en el artículo 5º de la presente Ordenanza, con el código 22010. Tercera.- Desarróllese una campaña de difusión de la presente Ordenanza antes de su entrada en vigencia a fin informar adecuadamente a los conductores de esta- blecimientos que brinden servicios de cabinas de inter-net, respecto a los alcances de la misma. Cuarta.- Mediante Decreto de Alcaldía se establece- rá el modelo de los afiches a que se refiere el artículo 4ºde la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia dentro de los cuarenta y cinco días siguientes de su pu-blicación. Sexta.- Encárguese a la Dirección de Desarrollo So- cial y Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la pre-sente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 16857 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G2D /G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G2D /G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2003-MDPP Puente Piedra, 28 de agosto de 2003EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Infor- me Técnico Nº 066-PVL-MDPP, elevado por la Jefa del Programa de Administración del Vaso de Leche y el Infor-me Nº 431-2003-GAJ-MDPP efectuado por la Gerencia de Asesoría Jurídica de esta Corporación. CONSIDERANDO: Que, por mandato del artículo 194º de la Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional Capítulo XIV del Título IV so-bre Descentralización, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Informe Técnico Nº 066-2003-PAVL- GLPP-MDPP, la Jefa del Programa de Administración del Vaso de Leche comunica la conclusión del cronograma deentrega de los insumos de leche evaporada y cereal enri- quecido y, al tener conocimiento que el otorgamiento de la Buena Pro de la Licitación Pública Nº 001-2003-MDPP hasido impugnada manifiesta su preocupación, toda vez que no cuenta con reservas suficientes para atender a los die- ciséis (16) Centros de Acopio del Vaso de Leche de estajurisdicción, hecho que puede causar desabastecimiento en los mismos por lo que sugiere que se coordinen las acciones que permitan la atención necesaria durante seissemanas; y mediante el Informe Nº 431-2003-GAJ-MDPP la Gerencia de Asesoría Jurídica expresa que de acuerdo a lo regulado en el inciso 2) del artículo 167º del DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, después de otorgada la Buena Pro cualquier Apelación que se inter-ponga suspende el Proceso de Selección hasta que dicho Recurso y, en su caso, el de Revisión sean resueltos, con- sideraciones por las cuales dichas unidades orgánicas dela Entidad proponen y sustentan la necesidad y la proce- dencia de declarar en Situación de Urgencia la adquisi- ción de Leche Entera Evaporada con la finalidad de abas-tecer el Programa de Administración del Vaso de Leche;Que, la adquisición de los productos destinados al precitado Programa tiene como finalidad el consumo in- mediato por parte de sus beneficiarios, situación que se encuentra en riesgo de ser incumplida en la medida queel resultado de la Licitación Pública Nº 001-2003-MDPP ha sido impugnado, motivo por el cual en salvaguarda del abastecimiento del Programa y mientras se resuelvael Recurso interpuesto, es necesario declarar la Situa- ción de Urgencia inmediata por el período señalado en el Informe Nº 066-2003-PAVL-GLPP-MDPP, antes glosado; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con el artículo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM,se hace necesario aprobar la declaración de la Situación de Urgencia para la adquisición de Leche Evaporada Entera para el Programa de Administración del Vaso deLeche, considerando que la ausencia del bien comprome- te directamente la continuidad de la atención del Progra- ma; Estando a lo informado por la Jefa del Programa de Administración del Vaso de Leche y el Gerente de Ase- soria Jurídica, el pleno del Concejo Municipal en uso delas facultades conferidas por la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 27972, por mayoría de votos; SE ACORDÓ: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA, por un período de cuarenta y dos (42) días la adquisición del insumo que a continuación se enuncia, en cumplimiento a lo dispuesto por el inciso 6) numeral6.5 de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, el cual es necesario para abastecer el Programa de Admi- nistración del Vaso de Leche de la MUNICIPALIDAD DIS-TRITAL DE PUENTE PIEDRA. Tipo : Lec he Evaporada Entera x 410 grs. Cantidad : 239,925 unidades. Valor Refer encial : S/.364,686.00. Fuente de Financiamiento : Transferencia del Tesoro Público. Artículo Segundo.- EXONÉRESE del Proceso de Selección correspondiente AUTORIZÁNDOSE la realiza-ción del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, en concordancia a lo preceptuado en el artículo 105º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM por el valor referen-cial y por el período señalado en el artículo precedente, a partir de la suscripción del contrato correspondiente. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del pre- sente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Adminis- tración de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaría General de la Corporación la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y la remisión de todo lo actuado a la Contraloría General dela República, dentro del plazo establecido por Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 16911 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 073-2003-MSI Mediante Oficio Nº 548-2003-SG/MSI la Municipali- dad de San Isidro solicita se publique Fe de Erratas delAcuerdo de Concejo Nº 073-2003-MSI publicado en nues- tra edición del 11 de setiembre de 2003, en la página 251161. DICE: Artículo Primero.- Exonerar del Proceso de selección la contratación de los servicios de migración de la actual central telefónica de la empresa Alcaltel a través de suproveedor único, la empresa E - Business Distribution Perú S.A.