Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2003 (12/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, viernes 12 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo 9º.- DEJESE SIN EFECTO.- Mediante el presente Beneficio se dejara sin efecto aquellos valores (orden de pago, resolucion de determinacion) emitidas al 31 de diciembre del 2002, que se encuentren en MORDAZA de cobranza ordinaria, y que, de acuerdo a los Articulos 104º y 106º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, no hayan sido validamente notificados. Articulo 10º.- COBRANZA ONEROSA.- Por la presente quedan extinguidas aquellas deudas tributarias generadas hasta el 31 de diciembre del 2002, cuyo monto insoluto ascienda a S/. 2.00 Nuevos Soles por ano, por tributo, por contribuyente y por predio, por ser consideradas, por esta Municipalidad, de recuperacion onerosa. Lo dispuesto no se aplicara a las deudas acogidas a Contratos de Fraccionamiento y/o que se encuentren en Cobranza Coactiva. Articulo 11º.- PREMIO AL CONTRIBUYENTE CUMPLIDO.- Otorgar a todos aquellos contribuyentes del distrito de San MORDAZA que se encuentren al dia en el pago de sus Tributos Municipales al 31 de diciembre del 2003, un descuento adicional del 5% en el monto insoluto de Arbitrios Municipales para el Ejercicio correspondiente al ano 2004. Quedan excluidos del presente articulo aquellos contribuyentes cuyas deudas se encuentran Fraccionadas. Articulo 12º.- DE LOS PAGOS EFECTUADOS.- Los pagos efectuados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza son validos y no se encuentran sujetos a compensacion y/o devolucion. Articulo 13º.- RECONOCIMIENTO DE DEUDA.- Queda entendido que los contribuyentes y/o infractores que decidan acogerse a cualquiera de los beneficios mencionados, reconocen expresamente las obligaciones materia de regularizacion, por lo que no podran presentar futuras reclamaciones o recursos administrativos respecto a las deudas canceladas al MORDAZA del presente Beneficio. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Direccion de Rentas, Oficina de Ejecutoria Coactiva, a la Secretaria de Imagen Institucional y a la Unidad de Estadistica e Informatica, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, incluida la prorroga de la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 16919

REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SURQUILLO - RIC TITULO I Disposiciones Generales Articulo 1º.- El presente Reglamento regula la organizacion y funcionamiento del Concejo Municipal de Surquillo, precisando ademas las atribuciones y funciones que la Ley Organica de Municipalidades establece para sus miembros al interior de dicho organo. Articulo 2º.- El Concejo Municipal es el MORDAZA organo del gobierno local de Surquillo y esta integrado por el MORDAZA y el numero de Regidores que establece el MORDAZA Nacional de Elecciones, conforme a Ley. Articulo 3º.- Corresponde al Concejo Municipal el ejercicio de las competencias, atribuciones y funciones que establece la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Municipalidades y las demas normas legales especificas que le asignen competencias, atribuciones y funciones expresas. Articulo 4º.- Se considera validamente instalado y en funciones al Concejo Municipal cuando es convocado conforme a los procedimientos que establece el presente Reglamento. Concluye en sus funciones al termino de la sesion convocada, previo anuncio de su Presidente. Articulo 5º.- El MORDAZA convoca, preside y conduce las sesiones del Concejo Municipal. En su ausencia, es presidida por el regidor habil que sigue al MORDAZA en su propia lista electoral, quien asume el cargo de MORDAZA Alcalde. El MORDAZA MORDAZA convoca a sesiones del Concejo Municipal unicamente cuando el ejercicio del cargo del MORDAZA se encuentre suspendido conforme al articulo 25º de la Ley Organica de Municipalidades. Articulo 6º.- El Concejo celebra sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes. Las sesiones ordinarias se celebran no menos de dos ni mas de cuatro al mes. Las sesiones extraordinarias se celebran para tratar asuntos especificos convocados en la agenda. Las sesiones solemnes se celebran para aquellos actos indicados en el articulo 51º del presente Reglamento. TITULO II Procedimientos de Convocatoria al Concejo Municipal Articulo 7º.- El Secretario General notifica regularmente, por encargo del MORDAZA, a los miembros del Concejo Municipal la citacion respectiva para la celebracion de una sesion ordinaria o extraordinaria. La citacion debera indicar el dia y hora en que se llevara a cabo la sesion convocada, asi como el lugar de la jurisdiccion del distrito donde se desarrollara la misma. En el caso de sesiones extraordinarias, la citacion debera ademas indicar el MORDAZA o materia a tratarse. Articulo 8º.- El plazo de convocatoria para una sesion ordinaria o extraordinaria convocada por el MORDAZA, sera de dos dias habiles anteriores a la fecha programada para la respectiva sesion. El plazo de convocatoria para una sesion extraordinaria convocada por el primer Regidor o cualquier otro Regidor, en el supuesto previsto en el MORDAZA parrafo del articulo 13º de la Ley Organica de Municipalidades, previa notificacion escrita al MORDAZA, sera de cinco dias habiles anteriores a la fecha programada para la respectiva sesion. Articulo 9º.- En cualquier caso, el MORDAZA tiene derecho a presidir una sesion a la que asista, aun cuando no MORDAZA sido convocada por el. Articulo 10º.- Para los efectos del articulo 14º de la Ley Organica de Municipalidades, el Secretario General anexa a la citacion a sesion, los principales documentos y proyectos que sustentan el MORDAZA materia de la convocatoria, indicando en la citacion que toda la documentacion relacionada se encuentra a disposicion de los miembros del Concejo en la Secretaria General, en horario de Oficina. Los informes o aclaraciones solicitados por los miembros del Concejo acerca de los asuntos a tratarse o tratados en una sesion se entregaran en el termino perentorio de cinco dias habiles, salvo que el MORDAZA autorice una

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Aprueban Reglamento Interno del Consejo Municipal
ORDENANZA Nº 099/MDS Surquillo, 28 de agosto del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SURQUILLO: El Concejo Municipal de Surquillo, en sesion extraordinaria del 28 de agosto del 2003, con el MORDAZA unanime de sus miembros, ha dado la siguiente Ordenanza:

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