Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2003 (12/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, viernes 12 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Aprueban exonerar del MORDAZA de adjudicacion directa arrendamiento de inmueble destinado a deposito municipal
ACUERDO DE CONCEJO Nº 038-2003-MDI Independencia, 28 de agosto de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Vistos; en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 26 de agosto del dos mil tres, los Informes Nº 093-2003SGL/GAR/MDI de 21 de marzo del 2003 expedido por la Subgerencia de Logistica; Memorandum Nº 571-2003GAR/MDI de 12 de agosto del 2003; Memorando Nº 10202003-GDU-MDI de 15 de agosto del 2003 expedido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; Informe Nº 932-A-2003SGCCU-GDU/MDI de 15 de agosto del 2003 expedido por la Subgerencia de Catastro y Control Urbano; Memorandum Nº 574-2003-GAR/MDI de 18 de agosto del 2003 expedido por la Gerencia de Administracion de Recursos; Informe Nº 131-2003-SGPPR/GG/MDI de 22 de agosto del 2003, expedido por la Subgerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion; Informe Nº 0772003-GAJ/MDI de 25 de agosto del 2003, expedido por la Gerencia de Asesoria Juridica e Informe Nº 010-2003GG/MDI de 26 de agosto del 2003, expedido por la Gerencia General, documentos referidos a la propuesta de Exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa el Arrendamiento de Bien Inmueble destinado a Deposito Municipal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras; y a la Alcaldia, las funciones ejecutivas; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades senala que la autonomia que la Constitucion establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, la autonomia municipal, en uno de sus aspectos, se configura como una garantia institucional que permite a las municipalidades administrar su patrimonio, con las garantias y responsabilidades de ley, de conformidad con lo previsto por el articulo 55º de la Ley Nº 27972; Que, el articulo 195º de la Constitucion senala que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, encontrandose dentro de estas ultimas los derechos que posean derivados de sus relaciones intersubjetivas con personas naturales o juridicas, de conformidad con lo previsto en el numeral 4. del articulo 56º de la Ley Nº 27972; Que, mediante Informe Nº 093-2003-SGL/GAR/MDI de 21 de marzo del 2003, la Subgerencia de Logistica informo a la Gerencia de Administracion de Recursos sobre la necesidad de la corporacion de contar con un area de terreno o local de aproximadamente 4,000 o 5,000 metros cuadrados a efectos de destinarlo al mantenimiento de la flota vehicular pesada de la corporacion, asi como para el deposito de bienes que como producto de la fiscalizacion, MORDAZA materia de retencion o embargo por parte de la municipalidad;

Que, mediante Memorandum Nº 571-2003-GAR/MDI de 12 de agosto del 2003, la Gerencia de Administracion de Recursos solicita a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA disponga se efectue una inspeccion ocular en el inmueble ubicado en la Av. MORDAZA Unger Nºs. 3461, 3465, 3479 de la Urbanizacion Industrial Panamericana Norte, de propiedad de don MORDAZA MORDAZA Molero; Que, mediante Memorando Nº 1020-2003-GDU-MDI de 15 de agosto del 2003 la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite a la Gerencia de Administracion de Recursos el Informe Nº 932-A-2003-SGCCU-GDU/MDI de 15 de agosto del 2003 expedido por la Subgerencia de Catastro y Control MORDAZA referido a la Inspeccion Ocular realizada en el inmueble MORDAZA mencionado, en el que consta una descripcion detallada del mismo y se concluye que el terreno es adecuado para el funcionamiento del deposito municipal; Que, mediante Memorandum Nº 574-2003-GAR/MDI de 18 de agosto del 2003, la Gerencia de Administracion de Recursos informa a la Gerencia General que el local que se adecua plenamente a las necesidades de la corporacion municipal es el ubicado en la avenida MORDAZA Unger Nºs. 3461-3465-3479, Urbanizacion Industrial Panamericana Norte, de propiedad de MORDAZA MORDAZA Molero, configurandose, de acuerdo a los Informes Tecnicos de la Subgerencia de Logistica y la Subgerencia de Catastro y Control MORDAZA, como un bien que por sus caracteristicas particulares, no admite sustituto, por lo que solicita se establezcan las acciones necesarias que conlleven al arrendamiento del mencionado inmueble, de conformidad con las disposiciones del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, previo pronunciamiento de la Gerencia de Asesoria Juridica; Que, mediante Informe Nº 131-2003-SGPPR/GG/MDI de 22 de agosto del 2003, la Subgerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion informa, en atencion al Proveido Nº 525-A/GG/MDI de la Gerencia General, de la existencia de cobertura presupuestal para cubrir los gastos que requeriria la propuesta de arrendamiento del bien inmueble en referencia; Que, mediante Informe Nº 077-2003-GAJ/MDI de 25 de agosto del 2003, la Gerencia de Asesoria Juridica opina por la procedencia de la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa el arrendamiento del inmueble MORDAZA mencionado, de conformidad con lo previsto por el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Informe Nº 010-2003-GG/MDI de 26 de agosto del 2003, la Gerencia General solicita a la Gerencia de Secretaria General gestione ante el Concejo Municipal la aprobacion de la Exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa el arrendamiento del inmueble destinado a deposito municipal constituido por el local ubicado en la avenida MORDAZA Unger Nºs. 3461-34653479, Urbanizacion Industrial Panamericana Norte, de propiedad de MORDAZA MORDAZA Molero; Que, se hace necesario que el Concejo Municipal, como MORDAZA instancia de gobierno de la Municipalidad adopte las decisiones pertinentes y dote de las mayores facilidades a la administracion a efectos de que esta cumpla eficientemente con la prestacion de los servicios publicos a su cargo; Que, debatidos los documentos referidos, el pleno del Concejo acordo que es necesario aprobar la Exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa el Arrendamiento del Inmueble destinado a Deposito Municipal; Con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Independencia, en ejercicio de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y estando a las consideraciones expuestas; APROBO EL SIGUIENTE: ACUERDO APRUEBAN EXONERACION DE MORDAZA DE ADJUDICACION DIRECTA EL ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE DESTINADO A DEPOSITO MUNICIPAL Articulo Primero.- APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa el arrendamiento del

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