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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G39/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 2 de abril de 2004 CAPÍTULO IV COBRANZA DE LAS MULTAS Artículo 28º.- Remisión de las Multas Una vez notificada la Resolución de Sanción Adminis- trativa, ésta deberá ser remitida por la Gerencia de Fisca-lización Municipal a la Subgerencia de Recaudación y Con-trol, dentro de un plazo máximo de 24 horas, para dar inicioal procedimiento de cobranza en vía ordinaria. Artículo 29º.- Plazo para el pago El plazo para el pago de la multa es de quince (15) días, contados a partir del día siguiente de su recepción. Artículo 30º.- Régimen de Incentivos A efectos de incentivar el pago oportuno de las multas impuestas, se otorgará los siguientes beneficios para losadministrados: 30.1. Descuento del 50% si el pago se realiza dentro de los cinco (5) días útiles posteriores a la notificación de lamulta administrativa. 30.2. Descuento del 30% si el pago se realiza después de los cinco (5) y antes de los diez (10) días útiles poste-riores a la notificación de la multa administrativa. El acogimiento al régimen de incentivos establecido en el presente artículo, supone un desistimiento automáticodel procedimiento y de la pretensión. En consecuencia, sepondrá fin al procedimiento administrativo que se hubiereiniciado a fin de cuestionar la sanción impuesta, o se impe-dirá promover un procedimiento administrativo sobre elparticular, si tal procedimiento no hubiere sido iniciado. Artículo 31º.- Fraccionamiento Se podrá solicitar fraccionamiento en el pago de la mul- ta con adecuación a la normatividad pertinente, previo de-sistimiento del procedimiento, en caso éste se hubiere ini-ciado. El acogimiento al fraccionamiento es excluyente res- pecto del Régimen de Incentivos que se establece en elpárrafo anterior, no pudiendo aplicarse ambos beneficiosde manera simultánea. Artículo 32º.- Obligación de reponer las cosas al es- tado anterior El pago de una multa no exime al infractor de la obliga- ción de reponer la situación alterada por la infracción come-tida, al estado anterior en que se encontraban las cosas. Artículo 33º.- Cobranza Coactiva de la Multa Vencido el plazo establecido por esta Ordenanza para el pago de la multa impuesta, la Subgerencia de Recauda-ción Ordinaria remitirá el acto administrativo al Ejecutor Co-activo de esta Comuna, para el inicio del procedimiento deEjecución Coactiva, de acuerdo a Ley. TÍTULO III PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE OTRAS SANCIONES COMPLEMENTARIAS CAPÍTULO I DEMOLICIÓN, PARALIZACIÓN DE OBRA, RETIRO DE ELEMENTOS COLOCADOS DE MANERA ANTIRREGLAMENTARIA, CLAUSURA TEMPORAL Y CLAUSURA DEFINITIVA Artículo 34º.- Régimen especial para edificaciones irregulares Como medida complementaria de la Sanción de Multa aplicable por efectuar edificaciones sin autorización muni-cipal, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 27157y su Reglamento, se otorgará un plazo no mayor de veinte(20) días hábiles para que aquellas personas, naturales ojurídicas, inicien el proceso de regularización de la misma,según lo establecido en las precitadas normas, bajo aper-cibimiento de ordenarse la demolición de lo construido. Artículo 35º.- Órgano competente para aplicar lo es- tablecido en el artículo precedenteLa Gerencia de Fiscalización Municipal, en la Resolu- ción de Sanción Administrativa, podrá imponer las sancio-nes complementarias de demolición y/o retiro de elementosantirreglamentarios, con la debida motivación de acuerdo aLey, otorgando al infractor un plazo no mayor de veinte (20)días calendario para la ejecución de la misma. En caso deaplicarse la sanción complementaria de paralización de obra,se requerirá su cumplimiento en forma inmediata. En la Resolución de Sanción Administrativa, podrá im- ponerse también las sanciones complementarias de clau-sura temporal y/o clausura definitiva, de ser el caso, y sucumplimiento será requerido al infractor en un plazo nomayor de tres (3) días calendario. Artículo 36º.- Ejecución Coactiva de la Sanción Si el infractor no acatara las sanciones complementa- rias impuestas dentro de los plazos establecidos, el Ejecu-tor Coactivo dará cumplimiento al acto administrativo que,en su calidad de obligación exigible, sirve de título para laejecución, aplicando lo dispuesto por la Ley de Procedi-miento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979, su Regla-mento, el Decreto Supremo Nº 069-2003-EF, y sus normasmodificatorias y complementarias. CAPÍTULO II SANCIÓN DE RETENCIÓN Y DECOMISO Artículo 37º.- Procedimiento Las sanciones complementarias de Retención y Deco- miso, por su carácter cautelar y preventivo, se aplican demanera inmediata al momento de la constatación de la in-fracción, debiéndose para dicho efecto levantar un acta,cuyos requisitos son los siguientes: 37.1. Lugar, hora y fecha de la intervención 37.2. Inspector y/o personal que participó37.3. Nombre del titular o poseedor de los bienes mate- ria de la medida 37.4. Breve descripción detallada de los hechos37.5. Relación de los bienes retenidos o decomisados37.6. Dirección del depósito en que serán internados los bienes TÍTULO IV RECURSOS ADMINISTRATIVOS Artículo 38º.- Interposición de Recursos Adminis- trativos Si el infractor considera que la Resolución Administrati- va de Sanción viola, desconoce o lesiona un derecho ointerés legítimo, puede ejercer su derecho de defensa enla vía administrativa mediante los recursos administrativosestablecidos por el artículo 207º de la Ley Nº 27444, conexcepción de los recursos de revisión. La tramitación de los recursos administrativos indica- dos en el párrafo anterior, se rige por la precitada Ley. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde de Miraflores para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas comple-mentarias de la presente Ordenanza. Segunda.- Derógase la Ordenanza Nº 112, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 2 de enero de2003, así como también toda norma que se oponga a loque establece la presente Ordenanza. Tercera.- Adécuese a lo establecido en la presente Or- denanza todos los procedimientos administrativos de san-ción que se encuentren en trámite. Cuarta.- Apruébase el Cuadro de Infracciones y San- ciones Administrativas, el mismo que forma parte integran-te de esta Ordenanza, quedando sin efecto el Cuadro deInfracciones y Sanciones Administrativas aprobado median-te la Ordenanza Nº 112. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde