Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2004 (02/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, viernes 2 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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formidad con lo senalado en el presente articulo, quien hubiera formulado la denuncia. Articulo 42º.- Los recursos de reconsideracion y apelacion estan sujetos al silencio administrativo con sentido negativo. Articulo 43º.- La Direccion General de Transportes de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA podra disponer la suspension del servicio, mediante resolucion de sancion por el termino de 1 a 5 dias habiles, consecutivos o no, por los motivos siguientes: 1. Transferir o negociar la autorizacion. 2. Abandonar el servicio sin solicitar la autorizacion respectiva de la Direccion Municipal de Transporte Urbano. 3. Por la reincidencia en la comision de la misma infraccion sancionada mediante papeleta de infraccion en el termino de 12 meses, contados a partir de la imposicion de la primera papeleta. Articulo 44º.- La Direccion General de Transportes de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA podra disponer la cancelacion del servicio, mediante resolucion de sancion, por incumplimiento de la sancion de suspension o por reincidencia en causal de suspension en el termino de 12 meses, contados a partir de la imposicion de la primera papeleta. Articulo 45º.- Toda cancelacion conlleva la inhabilitacion de las personas naturales o juridicas titulares de la autorizacion, asi como de sus accionistas o asociados para obtener autorizacion para prestar servicio de transporte escolar, por el periodo de 6 meses. CAPITULO III CUMPLIMIENTO DE LA SANCION Articulo 46º.- La persona sancionada, con la MORDAZA de la papeleta de infraccion o con la resolucion de sancion recibida, se apersonara a la entidad bancaria autorizada por el Servicio de Administracion Tributaria -SAT-, en el plazo MORDAZA de 10 dias habiles siguientes a su notificacion, para efectos de cancelar la multa que corresponda, con una reduccion del 50% del total de la multa. Articulo 47º.- Si esta no fuera cancelada en el plazo indicado, el Servicio de Administracion Tributaria -SAT- efectuara la cobranza coactiva de la misma, sin perjuicio de lo cual podra disponer la captura e internamiento del o los vehiculos en el Deposito Municipal de vehiculos. Articulo 48º.- Para recuperar el vehiculo internado en el DMV, se requerira la orden de MORDAZA que expedira el Servicio de Administracion Tributaria -SAT-, cuando se MORDAZA cancelado la multa u obtenido resolucion favorable ante un reclamo. Articulo 49º.- Es responsabilidad de la Direccion de Supervision, Control y Sanciones verificar y supervisar el cumplimiento de la sancion de suspension o cancelacion impuesta, para lo cual podra solicitar el apoyo del personal de inspectores municipales distritales que fuere necesario; debiendo informar a la Direccion General de Transportes sobre el cumplimiento o incumplimiento de parte de la persona sancionada y el apoyo recibido de parte de la Municipalidad Distrital. TITULO IV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, FINALES Y TRANSITORIAS Primero.- Dispongase la obligacion de las personas naturales y juridicas, propietarios o conductores de vehiculos que a la fecha de publicacion de la presente Ordenanza se encuentren prestando servicio publico de transporte escolar en la jurisdiccion de MORDAZA Metropolitana a obtener en el plazo de (30) dias calendario, la autorizacion y habilitacion a que se hace referencia en la presente Ordenanza a fin de poder seguir realizando sus actividades, caso contrario se aplicaran las sanciones correspondientes. Segundo.- La Municipalidad Distrital ejercera las funciones de fiscalizacion previstas en la presente Ordenanza, previa celebracion del convenio de delegacion de funciones entre MORDAZA y la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a traves de la Direccion Municipal de Transporte Urbano. En dicho Convenio, se estipulara, cuando menos: 1. El porcentaje de distribucion por concepto de recaudacion de las multas impuestas por el personal de inspectores municipales de transporte distritales dentro de su res-

pectiva jurisdiccion, que sera el 70% del total a favor de la Municipalidad Distrital. 2. El porcentaje de distribucion por concepto de recaudacion de las multas impuestas mediante resolucion, con motivo de los informes de los inspectores municipales de transporte distritales dentro de su respectiva jurisdiccion, que sera el 30% del total a favor de la Municipalidad Distrital. 3. El mecanismo de control de las sanciones impuestas e intercambio de informacion intermunicipal. 4. El plazo de duracion de la delegacion y mecanismos para su renovacion. El contenido del Convenio modelo a ser utilizado sera aprobado por Acuerdo de Concejo. Por Decreto de Alcaldia se establecera el procedimiento para la tramitacion de las solicitudes de delegacion. Tercero.- La fiscalizacion sera realizada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a traves de las instancias de la Direccion Municipal de Transporte Urbano. Cuarto.- Previo Convenio, la fiscalizacion sera efectuada por medio de las respectivas Municipalidades Distritales por donde circulen los vehiculos de transporte escolar y en el Cercado de MORDAZA, por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a traves de las instancias de la Direccion Municipal de Transporte Urbano; de conformidad con las disposiciones de la presente Ordenanza. Quinto.- El Servicio de Administracion Tributaria -SATqueda encargado de aprobar, imprimir y distribuir el formato para la imposicion de las papeletas de infraccion aprobadas en la presente Ordenanza, en un plazo de 60 dias naturales, contados a partir de su entrada en vigencia. Asimismo, el Servicio de Administracion Tributaria -SATdebera aprobar las directivas y procedimientos que MORDAZA necesarias para la distribucion de los formatos de las papeletas senaladas en la presente Disposicion, asi como para el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con lo establecido en la presente Ordenanza. Sexto.- La Direccion Municipal de Transporte MORDAZA aprobara las directivas y procedimientos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con lo establecido en la presente Ordenanza. Septimo.- Derogase el Titulo II de la Seccion Tercera de la Ordenanza Nº 104, asi como toda referencia al servicio de transporte escolar que se haga en dicha Ordenanza y, todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Octavo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA a los veinticinco dias del mes de marzo de dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 06521

Aceptan donaciones efectuadas a favor de la MML, que seran destinadas al pago de estipendio de ninos-adolescentes beneficiarios del Programa "Chiko's Ecologicos"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 072 MORDAZA, 25 de marzo de 2004 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 25 de marzo de 2004, el Oficio Nº 132-2004-MML-DMCDC de la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor, mediante el cual solicitan la aceptacion de las donaciones en efectivo ingresadas en el mes de agosto

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