Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (02/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 47

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G39/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 2 de abril de 2004 Que, tales dispositivos legales, inscritos en el seno de la autonomía administrativa de las municipalidades anterior-mente aludida, son la base y justificación de todo el sistemasancionador municipal, que tiene como propósito fundamen-tal dotar de una verdadera eficacia coercitiva al ordenamientolegal sustantivo que rige a las municipalidades; Que, siendo así, tales prescripciones sustantivas son, en el ámbito municipal, la base sobre la que descansa ladenominada “potestad sancionadora administrativa”, atri-buida por el Capítulo II del Título IV de la Ley Nº 27444, Leydel Procedimiento Administrativo General, a cualquiera delas entidades que conforman la Administración Pública Nacional, para establecer infracciones administrativas y las consecuentes sanciones a los administrados; Que, a mayor abundamiento, el Capítulo II mencionado en el párrafo anterior, tiene por objeto disciplinar, esencial-mente, los principios, caracteres y desarrollo del procedi-miento administrativo sancionador; Que, con respecto a la normatividad sancionatoria especí- fica, emanada de esta Comuna, con fecha 2 de enero de 2003,se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 112,mediante la cual se aprueba el Régimen de Aplicación de San-ciones Administrativas (en reemplazo del anterior régimen es-tablecido por la Ordenanza Nº 02-88-MM), aprobándose ade- más, en su Anexo Nº 03, el Cuadro de Infracciones y Sancio- nes, el mismo que tipifica una serie de conductas que la autori-dad municipal, a la hora de generar la aludida norma, conside-ró como lesivas a sus disposiciones, y por tanto, conductasque califican como infracciones; Que, al momento de expedirse la referida Ordenanza, aún se encontraba vigente la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Muni- cipalidades, derogada luego por la precitada Ley Nº 27972; Que, asimismo, la Ordenanza Nº 112 fue materia de sucesivas modificatorias, introducidas mediante las Orde-nanzas Nºs. 119, 121, 122, 124, 128, 138 y 145; Que, adicionalmente, con fecha 6 de enero de 2004, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 137, por medio de la cual se aprobó la Estructura Orgánica y Regla-mento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipali-dad de Miraflores, con el objetivo de dotar a la comuna miraflo-rina de la Estructura Gerencial a la que alude el artículo 28º dela Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 48º del Reglamento de Organización y Fun- ciones aprobado por la aludida Ordenanza, establece que laSubgerencia de Control de Sanciones, (órgano municipal creadopor dicha disposición, plasmando así criterios de competenciaadministrativa desconcentrada), se encarga de calificar y con-trolar las sanciones ante la comisión de infracciones a las nor- mas administrativas municipales, de conformidad con el Re- glamento de Aplicación de Sanciones de Administrativas; Que, a su turno, el artículo 45º literal c) del Reglamento de Organización y Funciones antes citado, establece que, son fun-ciones de la Gerencia de Fiscalización Municipal, emitir resolu-ciones de sanción (multas y sanciones complementarias) por infracciones detectadas de oficio o por quejas de vecinos y otras resoluciones de su competencia; Que, siendo así, frente a los cambios normativos presenta- dos, y, con el propósito que el ejercicio de la potestad sancio-natoria de esta Comuna sea una eficaz herramienta para que,a través de su inherente capacidad coercitiva, se pueda hacer cumplir las disposiciones municipales, dentro de los cánones establecidos en la Ley Nº 27444, resulta necesario aprobar,mediante Ordenanza, el nuevo Régimen de Aplicación de San-ciones (RAS), de esta Municipalidad; Que, es indispensable dejar sin efecto el actualmente vi- gente Anexo Nº 03 de la Ordenanza Nº 112, Cuadro de Infrac- ciones y Sanciones, por encontrarlo incompatible con las aludi- das normas, sustituyéndolo por un nuevo Cuadro; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artí- culo 9º y en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalida-des, el Concejo, por MAYORÍA, ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMI- NISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- Premisa - Capacidad Sancionadora Mu- nicipal y Marco LegalLas normas municipales generan vínculos jurídicos de derecho público entre las Municipalidades y quienes seencuentren bajo su jurisdicción. En tal sentido, el incumplimiento de dichas normas cons- tituye una contravención administrativa, teniendo comoconsecuencia jurídica inmediata la aplicación de las san- ciones correspondientes, sobre la base del marco legal establecido por la presente norma, inspirada a su vez en elCapítulo II del Título III de la Ley Nº 27972, Ley Orgánicade Municipalidades, así como también por el Capítulo II delTítulo IV de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Admi-nistrativo General, y demás normas que fueren aplicables. Dentro de este marco, la Municipalidad de Miraflores, de conformidad con las aludidas normas, puede imponersanciones administrativas a quien o quienes infrinjan susdisposiciones y otras de su competencia. Artículo 2º.- Objeto La presente norma tiene por objeto regular el procedimien- to administrativo de aplicación de sanciones, ante la realiza-ción de alguna conducta que, por contravenir las normas muni-cipales, esté tipificada en el Cuadro de Infracciones y Sancio-nes Administrativas, que aprueba esta misma norma. Las sanciones administrativas que sean impuestas son compatibles con la exigencia de reponer la situación alterada al estado anterior, así como con la indemnización por los daños yperjuicios que se hubiere ocasionado, los cuales serán deter-minados en el proceso judicial correspondiente. Artículo 3º.- Ámbito de Aplicación El ámbito de aplicación de la presente Ordenanza se circunscribe a la jurisdicción del distrito de Miraflores, so-bre la base de la Autonomía Municipal. Artículo 4º.- Órganos Competentes Son competentes para la aplicación de la presente nor- ma los siguientes órganos pertenecientes a la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Miraflores: 4.1.Gerencia Central de Fiscalización Municipal (en lo que atañe a la emisión de la Notificación respectiva cons-tatando inicialmente los hechos, y de la Resolución de San- ción Administrativa correspondiente) - Aplicación de la Sanción en sí. 4.2.Subgerencia de Control de Sanciones (en lo que atañe a la evaluación de las circunstancias de los hechos,el descargo del presunto infractor, los medios probatorios,los fundamentos de derecho, y la consecuente calificación de la infracción) - Conducción de la fase instructora. Siendo así, el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Miraflores, aprobado mediante la pre-sente Ordenanza, se diseña de manera coherente con lopreceptuado en el presente artículo, siendo indispensable tener en cuenta tal precepto para las sucesivas modifica- ciones que pudieran darse, de ser el caso. Al mismo tiempo, declárese incompetente para decidir la aplicación de sanciones administrativas al Concejo Mu-nicipal, titular de facultades normativas y fiscalizadoras, masno administrativas. Artículo 5º.- Irrenunciabilidad Declárese que la competencia administrativa para es- tablecer sanciones, conferida por la presente Ordenanzatiene carácter irrenunciable, resultando nulo todo acto quecontemple la renuncia a la titularidad, o la abstención en el ejercicio de las atribuciones otorgadas. Artículo 6º.- Principios La capacidad sancionadora de la Municipalidad de Mi- raflores se ejerce de acuerdo con los principios estableci-dos para el ejercicio de la potestad sancionadora adminis- trativa por el artículo 230º de la Ley Nº 27444. Dichos principios deben, necesariamente, ser interpre- tados y aplicados en coherencia con lo establecido por elTítulo Preliminar de la Ley Nº 27972, sobre la base de laAutonomía Municipal. Artículo 7º.- Infracciones de Carácter Tributario La presente Ordenanza es únicamente aplicable para todas aquellas infracciones de índole administrativa, y, portanto, las infracciones de naturaleza tributaria y sus con-