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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (08/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G33/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de abril de 2004 V. ADEUDO AL FONDO DE PENSIONES.- En caso que la entidad haya considerado procedente la solicitud de incorporación al Régimen del Decreto Ley Nº 20530, deberá establecer el monto al cual asciendelos adeudos correspondientes al Fondo de Pensiones. ........................................................................... Firma y Sello del Responsable de la Entidad Cargo o función Nombre de la entidad INDICACIONES IMPORTANTES: - En el caso que el trabajador haya laborado en más de una entidad; el Récord y la Reseña Laboral incluirán tam-bién esta circunstancia, estableciéndose los períodos la- borados en cada una de ellas, mencionándose las resolu- ciones de nombramiento y cese por cada entidad; de for-ma tal que el cómputo de años de servicio deberá incluir todos los períodos laborados. - El presente Informe Técnico Legal deberá ser en- viado al MEF con el Formulario de Monitoreo de Incor- poración - Decreto Ley Nº 20530, en caso que la entidad no lo remita o no se encuentre acorde con las pautasseñaladas, el expediente será devuelto a la entidad para su inclusión. - El presente informe deberá ser firmado y visado en todas sus páginas por el funcionario autorizado designado por la entidad. Anexo Nº 9: Informe Técnico - Legal Pensión de Cesantía - Decreto Ley Nº 20530. INFORME TÉCNICO - LEGAL PENSIÓN DE CESANTÍA - DECRETO LEY Nº 20530 I. DATOS DEL EXTRABAJADOR.- Deberán consignarse los siguientes datos: a) Apellidos y Nombres (completos). b) Número del documento de identidad vigente. c) Domicilio actual. d) Teléfono de referencia.e) Fecha de cese. f) Cargo/Nivel/Categoría Remunerativa a la fecha de cese. II. RÉCORD LABORAL.- El Récord Laboral son los diferentes períodos labo- rados, las condiciones de trabajo realizadas (contrata- do, obrero, suplente, reemplazante, encargado, nombra-do), los regímenes laborales, los cargos y niveles re- munerativos desempeñados, en los que el trabajador ha venido prestando servicios en la Administración Pú-blica, debiéndose también indicar las entidades en las cuales laboró. Entidad P eríodo Laborado Condición Cargo o función Régimen Laboral Desde Hasta III. RESEÑA LABORAL. - 1. Fecha de ingreso a la Administración Pública con indicación de la Resolución respectiva; además de men- cionarse la condición laboral de dicho ingreso (contrata-do, interino, accidental, obrero, modalidad de trabajo, etc.). 2. Fecha de nombramiento en la Administración Públi- ca con indicación de la Resolución respectiva. 3. Resolución de Incorporación al Decreto Ley Nº 20530, con indicación de la Ley aplicada para su incorporación;de no existir esta resolución se debe dejar expresa cons- tancia que no ha sido emitida. 4. Resolución o resoluciones que reconocen quinque- nios, años de servicio, años de formación profesional (indi-car si cuenta con título universitario), incentivos, u otros (especificar); si no se ha realizado tales reconocimientos,la entidad deberá señalarlo de forma expresa. 5. Resolución o resoluciones de otorgamiento de licen- cias sin goce de haber a favor del trabajador, precisándoseel total de días y los períodos de tiempo (fechas) de las licencias otorgadas, si hubieran. 6. Resolución que nombra o designa al trabajador en el último cargo y nivel remunerativo ejercido por el ex trabaja- dor, además de indicarse el período de tiempo que ha des- empeñado dicho cargo y nivel. Es preciso que la entidad al momento de emitir el infor- me técnico legal tenga presente lo siguiente: - Si el cese ha ocurrido hasta el 23 de abril de 1991, entonces la Resolución que se hará alusión es la que nom- bra o designa en el último cargo y nivel ejercido por el tra-bajador (Ley Nº 23495). - Si el cese ha ocurrido a partir del 24 de abril de 1991, entonces la Resolución que hará alusión es la que nombrao designa en el último cargo y nivel ejercido por el trabaja- dor, en un período consecutivo no menor de seis meses o por un período acumulado (no consecutivo) no menor dedoce meses (D.S. Nº 084-91/PCM). En caso el trabajador no haya ejercido el cargo en cualquiera de los indicados períodos, hará alusión a la Resolución que nombra o de-signa en el cargo o nivel remunerativo anterior al último ejercido. - Si el cese ha ocurrido a partir del 27 de febrero de 1992, entonces la Resolución que hará alusión es la que nombra o designa en el último cargo y nivel ejercido por el trabajador, en un período consecutivo no menor de docemeses o por un período acumulado (no consecutivo) no menor de veinticuatro meses (D.S. Nº 027-92/PCM). En caso el trabajador no haya ejercido el cargo en cualquierade los indicados períodos, hará alusión a la Resolución que nombra o designa en el cargo o nivel remunerativo anterior al último ejercido. 7. Resolución de cese del trabajador; con indicación del cargo y nivel ejercido, la fecha a partir de la cual cesó yel tiempo de servicios laborales prestados para la Admi- nistración Pública. 8. Establecer el total de tiempo de servicios, sobre la base a lo antes señalado y a las Constancias de Haberes y Descuentos del trabajador desde su ingreso hasta la fe- cha de su cese en la Administración Pública (deduciendolas licencias sin goce de haber), de acuerdo al cuadro si- guiente Condición Laboral Años Meses Días Obrero Contratado Nombrado Otros (especificar) Formación Profesional Años de incentivos TOTAL DE TIEMPO DE SERVICIOS 9. Resolución de otorgamiento de pensión provisional de cesantía, de haber sido emitida. 10. Resolución de otorgamiento de pensión definitiva de cesantía. IV. ANÁLISIS DEL DERECHO.-La entidad analizará, utilizando fundamentos legales, la incorporación al Régimen del Decreto Ley Nº 20530 y elpronunciamiento del reconocimiento de pensión de cesan- tía que le fuera solicitado. V. LIQUIDACIÓN DE LA PENSIÓN.- En caso que la entidad haya considerado procedente la solicitud de pensión de cesantía, deberá establecer el monto al cual asciende la pensión definitiva, con indicación ex-presa de los rubros pensionables. Asimismo, deberá informarse sobre el monto de la últi- ma remuneración percibida por el trabajador, incluyendo laestructura remunerativa. En caso que el ex trabajador no fue incorporado al Régimen del Decreto Ley Nº 20530, en su debida opor-