Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2004 (08/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2004

V. ADEUDO AL FONDO DE PENSIONES.En caso que la entidad MORDAZA considerado procedente la solicitud de incorporacion al Regimen del Decreto Ley Nº 20530, debera establecer el monto al cual asciende los adeudos correspondientes al Fondo de Pensiones. ........................................................................... Firma y Sello del Responsable de la Entidad Cargo o funcion Nombre de la entidad INDICACIONES IMPORTANTES: - En el caso que el trabajador MORDAZA laborado en mas de una entidad; el Record y la Resena Laboral incluiran tambien esta circunstancia, estableciendose los periodos laborados en cada una de ellas, mencionandose las resoluciones de nombramiento y cese por cada entidad; de forma tal que el computo de anos de servicio debera incluir todos los periodos laborados. - El presente Informe Tecnico Legal debera ser enviado al MEF con el Formulario de Monitoreo de Incorporacion - Decreto Ley Nº 20530, en caso que la entidad no lo remita o no se encuentre acorde con las pautas senaladas, el expediente sera devuelto a la entidad para su inclusion. - El presente informe debera ser firmado y visado en todas sus paginas por el funcionario autorizado designado por la entidad. Anexo Nº 9: Informe Tecnico - Legal Pension de Cesantia - Decreto Ley Nº 20530. INFORME TECNICO - LEGAL PENSION DE CESANTIA - DECRETO LEY Nº 20530 I. DATOS DEL EXTRABAJADOR.Deberan consignarse los siguientes datos: a) Apellidos y Nombres (completos). b) Numero del documento de identidad vigente. c) Domicilio actual. d) Telefono de referencia. e) Fecha de cese. f) Cargo/Nivel/Categoria Remunerativa a la fecha de cese. II. RECORD LABORAL.El Record Laboral son los diferentes periodos laborados, las condiciones de trabajo realizadas (contratado, obrero, suplente, reemplazante, encargado, nombrado), los regimenes laborales, los cargos y niveles remunerativos desempenados, en los que el trabajador ha venido prestando servicios en la Administracion Publica, debiendose tambien indicar las entidades en las cuales laboro.
Entidad Periodo Laborado Condicion Desde Hasta Cargo o funcion Regimen Laboral

car si cuenta con titulo universitario), incentivos, u otros (especificar); si no se ha realizado tales reconocimientos, la entidad debera senalarlo de forma expresa. 5. Resolucion o resoluciones de otorgamiento de licencias sin goce de haber a favor del trabajador, precisandose el total de dias y los periodos de tiempo (fechas) de las licencias otorgadas, si hubieran. 6. Resolucion que nombra o designa al trabajador en el ultimo cargo y nivel remunerativo ejercido por el ex trabajador, ademas de indicarse el periodo de tiempo que ha desempenado dicho cargo y nivel. Es preciso que la entidad al momento de emitir el informe tecnico legal tenga presente lo siguiente: - Si el cese ha ocurrido hasta el 23 de MORDAZA de 1991, entonces la Resolucion que se MORDAZA alusion es la que nombra o designa en el ultimo cargo y nivel ejercido por el trabajador (Ley Nº 23495). - Si el cese ha ocurrido a partir del 24 de MORDAZA de 1991, entonces la Resolucion que MORDAZA alusion es la que nombra o designa en el ultimo cargo y nivel ejercido por el trabajador, en un periodo consecutivo no menor de seis meses o por un periodo acumulado (no consecutivo) no menor de doce meses (D.S. Nº 084-91/PCM). En caso el trabajador no MORDAZA ejercido el cargo en cualquiera de los indicados periodos, MORDAZA alusion a la Resolucion que nombra o designa en el cargo o nivel remunerativo anterior al ultimo ejercido. - Si el cese ha ocurrido a partir del 27 de febrero de 1992, entonces la Resolucion que MORDAZA alusion es la que nombra o designa en el ultimo cargo y nivel ejercido por el trabajador, en un periodo consecutivo no menor de doce meses o por un periodo acumulado (no consecutivo) no menor de veinticuatro meses (D.S. Nº 027-92/PCM). En caso el trabajador no MORDAZA ejercido el cargo en cualquiera de los indicados periodos, MORDAZA alusion a la Resolucion que nombra o designa en el cargo o nivel remunerativo anterior al ultimo ejercido. 7. Resolucion de cese del trabajador; con indicacion del cargo y nivel ejercido, la fecha a partir de la cual ceso y el tiempo de servicios laborales prestados para la Administracion Publica. 8. Establecer el total de tiempo de servicios, sobre la base a lo MORDAZA senalado y a las Constancias de Haberes y Descuentos del trabajador desde su ingreso hasta la fecha de su cese en la Administracion Publica (deduciendo las licencias sin goce de haber), de acuerdo al cuadro siguiente
Condicion Laboral Obrero Contratado Nombrado Otros (especificar) Formacion Profesional Anos de incentivos TOTAL DE TIEMPO DE SERVICIOS Anos Meses Dias

9. Resolucion de otorgamiento de pension provisional de cesantia, de haber sido emitida. 10. Resolucion de otorgamiento de pension definitiva de cesantia. IV. ANALISIS DEL DERECHO.-

III. RESENA LABORAL. 1. Fecha de ingreso a la Administracion Publica con indicacion de la Resolucion respectiva; ademas de mencionarse la condicion laboral de dicho ingreso (contratado, interino, accidental, obrero, modalidad de trabajo, etc.). 2. Fecha de nombramiento en la Administracion Publica con indicacion de la Resolucion respectiva. 3. Resolucion de Incorporacion al Decreto Ley Nº 20530, con indicacion de la Ley aplicada para su incorporacion; de no existir esta resolucion se debe dejar expresa MORDAZA que no ha sido emitida. 4. Resolucion o resoluciones que reconocen quinquenios, anos de servicio, anos de formacion profesional (indi-

La entidad analizara, utilizando fundamentos legales, la incorporacion al Regimen del Decreto Ley Nº 20530 y el pronunciamiento del reconocimiento de pension de cesantia que le fuera solicitado. V. LIQUIDACION DE LA PENSION.En caso que la entidad MORDAZA considerado procedente la solicitud de pension de cesantia, debera establecer el monto al cual asciende la pension definitiva, con indicacion expresa de los rubros pensionables. Asimismo, debera informarse sobre el monto de la MORDAZA remuneracion percibida por el trabajador, incluyendo la estructura remunerativa. En caso que el ex trabajador no fue incorporado al Regimen del Decreto Ley Nº 20530, en su debida opor-

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