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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G33/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de abril de 2004 Que, siguiendo el principio de celeridad y de conformi- dad con el artículo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Proce-dimiento Administrativo General, procede acumular dichos expedientes, en tanto guardan conexión entre sí; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicitado por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en sus Oficios Nºs. 456 y 485-2004-JUS/PPMJ, de fechas 20 y 25 de febrero del 2004, y en virtud a los hechos que se des-prenden de los Informes Nºs. 94 y 92-2003-ZR. Nº XI-ORI-RPV, y con el objeto de reunir las pruebas de la pre- sunta comisión del delito contra la Fe Pública y las circuns-tancias en que se habría realizado, corresponde recurrir a la vía judicial para establecer la distinta participación que ha- yan tenido los autores y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado,interponga las acciones judiciales correspondientes en for- ma individual contra las siguientes personas: 1. ALBERTO MANUEL CRAGG CAMPOS 2. GLADYS DOMINGUEZ FUNDEZ 3. JAIME EDMUNDO MEDINA ESCOBAR y, contra los que resulten responsables conforme a los fun- damentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06884 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G2D/G6E/G61/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G2D/G74/G61/G64/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G73/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G57/G61/G72/G69/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2004-JUS Lima, 2 de abril de 2004 Visto los Oficios Nºs. 2261-2003 y 644-2004-JUS/PPMJ, de fechas 10/12/03 y 18/03/04, respectivamente, de la Procu-raduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministe- rio de Justicia, Registros Nº 1657, 370 y demás actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 67-2003-Z.R.Nº V/AL, de fe- cha 23 de junio del 2003, la Jefatura de la Oficina Legal de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo, remite a la Procu-raduría Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, el informe Nº 053-2003-Z.R.Nº V/ AL/LLCH, de fecha 3 de diciembre del 2003, y la documen-tación sobre la presunta responsabilidad civil, a efectos de que se expida la Resolución Ministerial que autorice inter- poner las acciones judiciales que correspondan contra Fruc-tuoso Eneque Fernández, ex Director de Administración y Finanzas de la Oficina Registral Regional La Libertad; Que, conforme se aprecia del Informe precedente y del memorándum Nº 512-2003-Z.R.Nº V/GAF, de fecha 21 de octubre del 2003, el citado ex funcionario de la Oficina Registral Regional La Libertad habría incurrido en culpainexcusable, respecto de la recaudación diaria no deposi-tada oportunamente en la entidad bancaria correspondien- te, determinando que la referida oficina registral deje depercibir los intereses diarios que le correspondían, ascen- diendo a la suma de S/. 3,847.23 (TRES MIL OCHOCIEN- TOS CUARENTISIETE Y 23/100 NUEVOS SOLES); Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicita- do por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en su Oficio Nº 2261-2003-JUS/PPMJ, de fecha 10 de di-ciembre del 2003, y en virtud a los hechos que se despren- den del Informe Nº 053-2003-Z.R.Nº V/AL/LLCH, corres- ponde recurrir a la vía judicial para demandar civilmente adon Fructuoso Eneque Fernández, por Indemnización de daños y perjuicios, en mérito a lo establecido en los artícu- los 1148º, 1150º, 1152º, 1319º y 1321º del Código Civil; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientes contra FRUCTUOSO ENEQUE FERNANDEZ y contra los que resulten responsables conforme a los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06883 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 196-2004-JUS Lima, 2 de abril de 2004 Visto el Oficio Nº 2286-2003-JUS/PPMJ, de fecha 12 de diciembre del 2003, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Regis- tro Nº 1662 y demás actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 041-2003/ZRNº XI-OL, de fecha 9 de diciembre del 2003, la Jefatura de la Oficina Legal de la Zona Registral Nº XI - Sede Ica, remite a laProcuraduría Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la documentación sustentatoria, a efecto que se expida la Resolución Ministerial que autori-ce interponer las acciones legales que correspondan con- tra Jorge Víctor Gonzáles Sánchez, Luis Antonio Farias Mogollón y Raúl Landeo Mendoza, ex Gerentes de Admi-nistración y Finanzas de la Oficina Registral Regional - Región Los Libertadores Wari; Que, conforme se aprecia del Informe precedente, los citados ex funcionarios públicos no han actuado con dili- gencia en el ejercicio de sus funciones, durante el tiempo que estuvieron a cargo de la Gerencia de Administración yFinanzas, omitiendo realizar los pagos de intereses corres- pondientes de los adeudos al FONAVI, ocasionando un grave perjuicio económico a la oficina registral en mención;montos que ascienden a la suma de S/. 3,929.29, S/. 1,057.72 y S/. 979.10, que le correspondería respectiva- mente a cada ex funcionario; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicita- do por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en su Oficio Nº 2286-2003-JUS/PPMJ, de fecha 12 de di-ciembre del 2003, y en virtud a los hechos que se despren- den del Informe Nº 041-2003/Z.R.Nº XI-OL, corresponde recurrir a la vía laboral para demandar la Indemnizaciónpor daños y perjuicios, en mérito a lo establecido en el inci-