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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G33/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 065-2004-SUNARP-Z.R.Nº IX/ OL, de fecha 29 de enero del 2004, la Jefatura de la Oficina Legal de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima, remite a laProcuraduría Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la documentación sobre indicios de comisión de delito y responsabilidad civil, a efectos deque se expida la Resolución Ministerial que autorice iniciar la acción penal y civil, contra Norma Reyna Dávila y contra las personas que resulten responsables por la presuntacomisión del delito contra la Administración Pública- deli- tos cometidos por funcionarios públicos, en la modalidad de Peculado, previsto y penado en el artículo 387º del Có-digo Penal, y por Indemnización por daños y perjuicios, previsto en el artículo 1321º del Código Civil; Que, mediante el Informe Especial Nº 001-2003- SUNARP-Z.R.Nº IX/OCI, de fecha 10 de diciembre del 2003, la Jefatura del Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, de-termina que la funcionaria pública en mención, a través de la persona de Miriam Rumiche Juárez, ha realizado co- bros indebidos de cheques expedidos por dicha entidad,no sustentando legal y válidamente los desembolsos efec- tuados, ocasionando un grave perjuicio económico al patri- monio del Comité de Administración del Fondo de Asisten-cia y Estímulo de los Trabajadores de la Oficina Registral de Lima y Callao; asimismo los daños y perjuicios ocasiona- dos al patrimonio del CAFAE ascienden a la suma de S/.168,755.60 (CIENTO SESENTIOCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTICINCO con 60/100 Nuevos Soles); Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicita- do por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en su Oficio Nº 294-2004-JUS/PPMJ, de fecha 4 de febre- ro del 2004, y en virtud a los hechos que se desprendendel Informe Especial Nº 001-2003-SUNARP-Z.R.Nº IX/OCI, y con el objeto de reunir las pruebas de la presunta comi- sión del delito contra la Administración Pública y la respon-sabilidad civil, corresponde recurrir a la vía judicial para establecer la distinta participación que haya tenido la auto- ra y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientes contra NORMA REYNA DAVILA, y contra los que resulten responsables conforme a los fundamentos expuestos enla parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06879 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 191-2004-JUS Lima, 2 de abril de 2004 Visto los Oficios Nºs. 056, 058 y 440-2004-JUS/PPMJ, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judicia-les del Ministerio de Justicia, Registros Nºs. 0045, 0043, 235 y demás actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 110-2003 y los Informes Nºs. 095-2003 y 005-2004-Z.R.Nº VIII/SHYO/JAL, la Jefa-tura del Área Legal de la Zona Registral Nº VIII- Sede Huan- cayo remite a la Procuraduría Pública encargada de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la docu- mentación sobre indicios de comisión de delitos, a efecto que se expida la Resolución Ministerial que autorice iniciarlas acciones penales contra Néstor Quintanilla Valderra- ma, Luisa Curipaco Arizapana, Moisés Moreira Corpus, Elizabeth Beatriz Guadalupe Gamarra, Dominico AquilesMartínez Nazario y contra las personas que resulten res- ponsables por la presunta comisión de los delitos Contra la Fe Pública en las modalidades de falsificación de docu-mentos y falsedad ideológica, previsto y penado en los ar- tículos 427º y 428º de nuestro ordenamiento penal sustan- tivo; Que, mediante Informes Nºs. 57, 55, 49 y 61-2003- ZRVIII-SHYO/RPV, se informa a la Gerencia Registral de la Zona Registral VIII- Sede Huancayo sobre la solici-tud de inscripción de los Títulos Nºs. 9056, 6032, 6112 y 10776-2003, presentados ante el Registro de Propiedad Vehicular, en los que conforme se aprecia de los ante-cedentes, se adjunta documentación supuestamente fal- sificada; Que, siguiendo el principio de celeridad y de conformi- dad con el artículo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Proce- dimiento Administrativo General, procede acumular dichos expedientes, en tanto guardan conexión entre sí; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicitado por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en sus Oficios Nºs. 056, 058 y 440-2004-JUS/PPMJ, de fechas 5 y 12 correspondiente a los meses de enero y febrero, y en virtud a los hechos que se des- prenden de los Informes Nºs. 57, 55, 49 y 61-2003-ZR-VIII-SHYO/RPV, y con el objeto de reunir las pruebas de la presunta comisión de los delitos contra la Fe Pública y las circunstancias en que se habrían realizado, corres-ponde recurrir a la vía judicial para establecer la distinta participación que hayan tenido los autores y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientes en forma individual contra las siguientes personas: 1. NESTOR QUINTANILLA VALDERRAMA 2. LUISA CURIPACO ARIZAPANA 3. MOISES MOREIRA CORPUS4. ELIZABETH BEATRIZ GUADALUPE GAMARRA 5. DOMINICO AQUILES MARTINEZ NAZARIO y, contra los que resulten responsables conforme a los fun- damentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06880 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 192-2004-JUS Lima, 2 de abril de 2004 Visto los Oficios Nºs. 068 y 445-2004-JUS/PPMJ, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Registros Nºs. 0051, 230 y demásactuados;