Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2004 (16/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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que seran materia de investigacion, los mismos que habrian incurrido en la comision de los Delitos Informaticos senalados en los articulos 207º-A, 207º-B y 207º-C del Codigo Penal, en tanto se presentan los hechos que el agente ingresa indebidamente a una base de datos con el fin de alterar el contenido del mismo, mas aun se agrava si el agente hace uso de informacion privilegiada en funcion de su cargo, conducta antijuridica precisada en los tipos penales precitados; Que, la entonces Jefatura de Division de Procesamiento, mediante Resolucion Nº 215-2003-GP/DP/RENIEC ha cancelado la inscripcion Nº 10324352, esto en salvaguarda de la seguridad y del trafico juridico de los documentos, a fin de mantener la fidelidad de los datos contenidos en el Registro; Que, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicios razonables de la comision del presunto Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Ideologica y Delitos Informaticos, previstos y sancionados en los articulos 428º, 207º-A, 207º-B y 207º-C del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables por presunto Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Ideologica y Delitos Informaticos en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06220

Articulo Primero.- Aceptar, a partir del 16 de MORDAZA de 2004, la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de confianza de Gerente General del Ministerio Publico, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- Designar, a partir del 16 de MORDAZA de 2004, al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marchello, en el cargo de confianza de Gerente General del Ministerio Publico, dando por concluida su designacion como Gerente Tecnico de Modernizacion. Articulo Tercero.- Encargar las funciones del Gerente Tecnico de Modernizacion del Ministerio Publico, al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Soto. Articulo Cuarto.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Gerencia General y a la Gerencia Central de Personal del Ministerio Publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 07326

SBS
Prorrogan entrada en vigencia de modificaciones al Plan de Cuentas para Empresas del Sistema Asegurador a que se refiere la Res. SBS Nº 371-2004
RESOLUCION SBS Nº 516-2004 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion SBS Nº 371-2004 del 9 de marzo de 2004, se aprobaron modificaciones en el Plan de Cuentas para las Empresas del Sistema Asegurador, con vigencia a partir de la preparacion de los Estados Financieros correspondientes al mes de MORDAZA de 2004; Que, uno de los objetivos de las modificaciones fue la necesaria adecuacion del Plan de Cuentas a las Resoluciones SBS Nºs. 288-2002 y 282-2003, relacionadas con las operaciones de reaseguros que realizan las empresas de seguros, para diferenciar las formas de contratacion y las coberturas de los contratos de reaseguros para la mejor utilizacion de la informacion que las empresas envian periodicamente; Que, dichas modificaciones, originan importantes cambios en los sistemas operativos de las empresas de seguros, por lo que requieren de un tiempo adicional para su adecuacion; Que, parte de las modificaciones de la Resolucion SBS Nº 371-2004, pueden ser adecuadas en un tiempo mas corto; Que, esta Superintendencia ha considerado conveniente extender el plazo para la entrada en vigencia de la mencionada Resolucion, a fin de otorgar mayores facilidades al MORDAZA de adecuacion de los sistemas informaticos; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Seguros y de Asesoria Juridica y por la Gerencia de Estudios Economicos; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 13 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus normas modificatorias; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar la entrada en vigencia de las modificaciones al Plan de Cuentas para Empresas del Sistema Asegurador, a que se refiere el numeral III inciso 1 de la Resolucion SBS Nº 371-2004 relacionadas con los rubros 14 "Cuentas por cobrar a reaseguradores y coase-

MINISTERIO PUBLICO
Designan Gerente General y encargan funciones de Gerente Tecnico de Modernizacion del Ministerio Publico
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 542-2004-MP-FN MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2004 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 343-2002-MP-FN de fecha 27 de febrero de 2002, se designo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Gerente General del Ministerio Publico; Que, mediante documento de fecha 6 de MORDAZA de 2004, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha formulado renuncia al cargo de confianza de Gerente General del Ministerio Publico; Que, debe procederse a aceptar la renuncia formulada por el mencionado profesional, asi como a designar a la persona que desempenara el indicado cargo; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico;

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