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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (19/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 35

PÆg. 274829 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de agosto de 2004 Tabla 2. Medición en Caso 2 y Caso 3 Para la tabla 2 se tendrá en cuenta: * Se especificará si el cálculo obtenido es de la densidad de potencia o de la intensidad de campo eléctrico mediante la indica ción de la unidad Nota 1: Las medidas efectuarán sobre cuatro direcciones ortogonales a partir de la base de la antena. Una de las direcciones de evalua ción deberá coincidir con el máximo lóbulo de radiación de la antena. Nota 2: Las medidas se efectuarán a 2 metros de altura sobre el área por evaluar. 15088Equipo de Medida Utilizado Datos de las Mediciones Marca: Modelo: Código de estación : N0 Serie: Fecha de Ultima Calibración de Operatibilidad: Código de Certificación otorgado por el MTC: Fecha de realización : Antena utilizada Marca: Tiempo de Inicio/Fin: Modelo: Longitud del Cable (m): Técnico Responsable: Localización del punto de medida respecto al soporte de antenas Acimut Distancia (m) Puntos de Medidos Nivel de Emisión (S o E ) * Limite Máximo Permisible (S o E ) * % Del LMP 2 1 10 2 20 3 50 4 Angulo de Acimut .......0 100 5 2 6 10 7 20 8 50 9 Angulo de Acimut .......0 100 10 2 11 10 12 20 13 50 14 Angulo de Acimut .......0 100 15 2 16 10 17 20 18 50 19 Angulo de Acimut .......0 100 20 Máximo Nivel de Exposición Angulo de acimut : .............0 Distancia : .......... m