Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2004 (22/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 22 de agosto de 2004

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban creacion del Proyecto Especial "Kuelap"
ORDENANZA REGIONAL Nº 042-2004GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR.
EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el Art. 15º, Inc. a) de la Ley Nº 27867 en la que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Art. 21º de la Constitucion Politica del Estado senala que los yacimientos y restos arqueologicos, construcciones, lugares, documentos bibliograficos y de archivo, objetos artisticos y testimonio de valor historico, expresamente declarados Bienes Culturales y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nacion, independientemente de su condicion de propiedad privada o publica estan protegidos por el Estado y la Ley garantiza la propiedad de dicho patrimonio, fomenta la participacion privada en la conservacion, restauracion, exhibicion y difusion del mismo; Que, desde hace algunos anos la fortaleza de Kuelap, ubicada en la Region Amazonas, ha venido generando expectativas, no solo de turistas nacionales y extranjeros interesados en la atraccion arqueologica y constructiva de este monumento nacional, sino que es la oportunidad de generar MORDAZA inversiones vinculadas a la investigacion, conservacion y puesta en valor Kuelap y su entorno; Que, existe la necesidad de crear e implementar un Proyecto Especial denominado "Kuelap" que forme parte estructuralmente del Gobierno Regional de Amazonas y que cuente con una reglamentacion juridica, administrativa y tecnica independiente para los fines que requieran; que siendo asi es procedente la aprobacion de su creacion como Proyecto Especial, por constituir un patrimonio arqueologico, historico y turistico de la Region Amazonas; Por lo que en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 27º, inc. a) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y de conformidad con el Acuerdo Nº 200-2004 de fecha 15 de MORDAZA del 2004 de Sesion Ordinaria de Consejo Nº 013; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- APROBAR la Creacion del Proyecto Especial "KUELAP", cuya funcion sera planificar proyectos de investigacion, conservacion y puesta en valor de los recursos arqueologicos, turisticos, historicos y su entorno natural y social, promoviendo el desarrollo sostenible para la Region Amazonas. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la realizacion de todas las acciones administrativas y legales para el funcionamiento del Proyecto Especial "KUELAP". Articulo Tercero.- AUTORIZAR al Presidente Regional de Amazonas para que mediante Resolucion Ejecutiva Regional, designe la conformacion del Equipo Tecnico que se encargara de evaluar la operatividad y funcionamiento del Proyecto Especial "KUELAP". POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, a los veintiun dias del mes de MORDAZA de 2004. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas 15224

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Disponen llevar a cabo el Plan Piloto de Carril Reversible en tramo de la avenida MORDAZA Ferrero
RESOLUCION DIRECTORAL GENERAL Nº 048-04-MML/DMTU-DGTO
MORDAZA, 19 de agosto de 2004 Visto el Oficio Nº 134-2003-MML/CTU, mediante el cual la Comision de Regidores de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, solicita la evaluacion tecnica al problema de congestionamiento en la Av. MORDAZA Ferrero tramo cerro La Centinela. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre- en su articulo 17º indica que las Municipalidades Provinciales tienen competencia normativa, gestion y fiscalizacion y por ello podran emitir normas y disposiciones asi como supervisar el cumplimiento de los dispositivos legales vinculados al transporte y MORDAZA terrestre; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales tienen como funciones exclusivas en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico, las de normar, regular y planificar el transporte terrestre, fluvial y lacustre a nivel provincial, asi como regular el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos (Art. 81º); controlando con el apoyo de la Policia Nacional del Peru, el cumplimiento de las normas de MORDAZA y las de transporte colectivo. Asimismo son de su competencia y funciones exclusivas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA el planificar, regular y gestionar el transporte, el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos, de conformidad con el articulo 161º inciso 7 de la referida Ley Organica; Que, el articulo 7º de la Ordenanza Nº 341-MML, que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano, senala que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, el mantenimiento, rehabilitacion, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las Vias Expresas, Arteriales y Colectoras del Sistema Vial Metropolitano, de los intercambios viales y de todas las vias del Cercado de Lima; Que, el Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, en su articulo 5º reconoce que las autoridades competentes en materia de MORDAZA son las Municipalidades Provinciales las cuales tienen competencias normativas, de gestion y fiscalizacion, dentro de su ambito territorial; Que, de acuerdo con el Edicto Nº 021, del 1 de MORDAZA de 1985 y sus modificatorias, la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA es el organo responsable de administrar, programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar el cumplimiento de las actividades concernientes a la regulacion del transporte colectivo, la circulacion y el transito; del mismo modo sus areas competentes estan encargadas de programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades de senalizacion en el ambito urbano; Que, el informe Nº 010-04-MML/DMTU-DGTO-cap con fecha 17.6.04, de acuerdo a su evaluacion tecnica considera conveniente, llevar a cabo el Plan Piloto de Carril Reversible de la Av. MORDAZA Ferrero en el sentido Este a Oeste y en el turno manana; Que, mediante Oficio Nº 281-2004-VII-DITERPOL/JEPOLTRAN-PNP/Sec., la Policia Nacional del Peru (PNP) emite opinion favorable a la gestion de MORDAZA referente a un Plan Piloto de Carril Reversible de la Av. MORDAZA Ferrero; Que, mediante Oficio Nº 174-2004-MDLM-GDU con fecha 28.4.04., la Municipalidad Distrital de La MORDAZA emite opinion y recomendacion al Plan Piloto de Carril Reversible de la Av. Ferrero; Por tanto, se considera conveniente acceder a la solicitud de llevar a cabo el Plan Piloto de Carril Reversible de la

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