Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2004 (22/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, MORDAZA 22 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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Av. MORDAZA Ferrero en el tramo comprendido por la Av. Alameda del Corregidor y la Av. Golf de los Incas; De conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Edicto Nº 021, Decreto Supremo Nº 0332001-MTC, y demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Llevar a cabo el Plan Piloto de Carril Reversible de la Av. MORDAZA Ferrero en el tramo comprendido desde la Av. Alameda del Corregidor hasta la Av. Golf de los Incas, a partir del 23 de agosto del 2004 hasta el 27 de agosto del 2004. Articulo 2º.- La implementacion del Plan Piloto sera ejecutada bajo las siguientes condiciones operacionales: 1. Cambio del sentido de circulacion: Este a Oeste (distrito de La MORDAZA hacia el distrito de MORDAZA de Surco) en el tramo indicado en el articulo precedente. 2. Numero de carriles habilitados: 2 3. Horario: - Dias : Lunes a Viernes - Hora de inicio : 7:00 a.m. - Hora de termino : 9:00 a.m. Asimismo finalizado el horario establecido para el cambio de sentido de circulacion, la via debera retomar su normal sentido de circulacion el mismo que se mantendra durante el resto del dia (doble sentido). Articulo 3º.- El Plan Piloto contempla como rutas alternas para la circulacion las siguientes: Alternativa Nº 1: Av. El MORDAZA - Av. Golf de los Incas - Av. Circunvalacion del Golf - Av. La Fontana - Av. Alameda del Corregidor - su destino. Alternativa Nº 2: Av. Las Palmeras - Ovalo MORDAZA Huascar - Av. MORDAZA MORDAZA Este - Av. La MORDAZA - Av. Alameda del Corregidor - su destino

Alternativa Nº 3: Av. El Derby - Av. MORDAZA Olguin - Av. MORDAZA MORDAZA Este - Av. Golf de los Incas - Av. La Fontana Av. Alameda del Corregidor - su destino. El detalle de las rutas alternas se presenta en el plano adjunto el cual forma parte de esta resolucion. Articulo 4º.- Lo mencionado en el articulo precedente estara sujeto a variaciones que esta Direccion General determine a fin dar fluidez al MORDAZA vehicular. Articulo 5º.- La ejecucion del Plan Piloto debera realizarse en coordinacion con las Municipalidades distritales de La MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA y la Policia Nacional del Peru asignada al control del transito. Articulo 6º.- La Direccion General de MORDAZA de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA realizara durante el periodo de implementacion de la prueba piloto el monitoreo y la supervision correspondiente a fin de determinar la factibilidad de mantener la gestion de MORDAZA permanente o no. Articulo 7º.- Encargar a la Direccion de Senalizacion la implementacion de la senalizacion respectiva en coordinacion con las Municipalidades distritales de MORDAZA de MORDAZA y La Molina. Articulo 8º.- Hacer de conocimiento a la Policia Nacional del Peru encargada del control del MORDAZA, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo 9º.- El incumplimiento de lo establecido en la presente Resolucion Directoral Municipal, sera sancionado de acuerdo al Reglamento Nacional de MORDAZA (Decreto Supremo Nº 033-01-MTC). Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de MORDAZA Direccion Municipal de Transporte MORDAZA Direccion General de MORDAZA

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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