Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2004 (05/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 5 de diciembre de 2004

Los Vocales resuelven de conformidad con los principios y las MORDAZA de derecho contempladas en el Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, ajustandose a las pruebas actuadas durante el procedimiento. Articulo 17º.- Dietas de los Vocales de las MORDAZA Los Vocales de la JARU percibiran una dieta por cada sesion a la que asistan, la que debera ser aprobada por el Consejo Directivo, no pudiendo superar en todo caso el MORDAZA de ocho (8) dietas al mes. La dieta del Presidente sera 30% superior a la dieta de los otros Vocales. Los Vocales designados en MORDAZA Unipersonales percibiran una dieta equivalente a la de los Presidentes de las MORDAZA Colegiadas. Adicionalmente, los Vocales percibiran una dieta por su asistencia a cada sesion de Sala Plena, no pudiendo superar estas un MORDAZA de 06 dietas al ano. Articulo 18º.- Funciones del Presidente de la Sala Plena. 1. Dirigir las sesiones de la Sala Plena de la JARU; 2. Asegurar la regularidad de las deliberaciones de la Sala Plena; 3. Suscribir las resoluciones que se emitan en Sala Plena; 4. Votar conjuntamente con los demas Vocales los asuntos de competencia de la Sala Plena; 5. Supervisar la debida ejecucion de los acuerdos de la Sala Plena de la JARU; 6. Otras funciones que le MORDAZA encomendadas a la JARU por el Consejo Directivo de OSINERG. CAPITULO II DE LAS SECRETARIAS

Administrativo y/o en actividades de comercializacion y/o de proyectos y obras de distribucion de energia electrica, gas natural y/o regulacion de servicios publicos. Articulo 22º.- De las funciones de las Secretarias Tecnicas de las MORDAZA Son funciones de las Secretarias Tecnicas de las Salas: 1. Preparar la documentacion necesaria para el despacho de las apelaciones, quejas y medidas cautelares, incluyendo los proyectos de resolucion. 2. Mantener los expedientes de apelacion, queja o medidas cautelares debidamente ordenados. 3. Presentar oportunamente a la Sala los expedientes de apelaciones, quejas y medidas cautelares para resolver, debiendo informar de cualquier hecho o circunstancia que resulte relevante en cada caso. 4. Citar a las partes a informe oral cuando lo ordene la Sala. 5. Notificar oportunamente las resoluciones que expida la Sala, desde su aprobacion y correspondiente suscripcion. 6. Expedir copias certificadas del expediente. 7. Mantener la confidencialidad de la informacion y de las reuniones y de las sesiones de la Sala. 8. Las demas que le encargue la Sala de la JARU a la que pertenezcan. DISPOSICION TRANSITORIA Por excepcion y durante el transcurso del primer ano de vigencia del presente Reglamento, podra reconocerse hasta 1 dieta mensual adicional, con un MORDAZA de doce dietas al ano, a los Vocales que asistan a igual o mayor numero de MORDAZA Plenas. DISPOSICION FINAL

Articulo 19º.- De la Secretaria General de la JARU La JARU cuenta con una Secretaria General encargada de proporcionar el apoyo tecnico, legal y administrativo a las Salas. Asi mismo, la Secretaria General se encargara de dar cumplimiento a los acuerdos adoptados en Sala Plena. Articulo 20º.- Del Secretario General y sus funciones La Secretaria General estara a cargo de un Secretario General, quien tendra las siguientes funciones: 1. Actuar como Secretario en las sesiones de Sala Plena. 2. Brindar apoyo administrativo a la Sala Plena y a las MORDAZA de la JARU. 3. Supervisar la ejecucion de las resoluciones de las MORDAZA de la JARU e iniciar, de ser el caso, los correspondientes procesos sancionadores. 4. Elaborar informes con los resultados estadisticos de las apelaciones y quejas tramitados ante las MORDAZA de la JARU. 5. Encargarse de la administracion de la JARU y coordinar los programas de capacitacion del personal de la JARU. 6. Suscribir los informes que sobre la actuacion de la JARU puedan solicitar las diversas instituciones. 7. Proponer al Gerente General de OSINERG el nombramiento de los Secretarios Tecnicos. 8. Informar a la Sala Plena respecto de los criterios judiciales que adopte el Poder Judicial respecto de las resoluciones emitidas por la JARU. 9. Las demas atribuciones que le asigne la Sala Plena de la JARU. Articulo 21º.- De las Secretarias Tecnicas de las MORDAZA de la JARU Cada Sala tendra una Secretaria Tecnica integrada por un Secretario Tecnico y el personal tecnico y profesional necesario para su funcionamiento. Los Secretarios Tecnicos seran nombrados por el Gerente General. El Secretario Tecnico debera ser abogado titulado con no menos de 3 anos de experiencia en Derecho

El presente Reglamento entrara en vigencia a partir del dia siguiente a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, oportunidad en la que quedara derogado el Reglamento aprobado por el Consejo Directivo OSINERG Nº 0945-2002-OS/CD y su modificatoria aprobada por Resolucion de Consejo Directivo OSINERG Nº 14802002-OS/CD. 22090

Designan vocales de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 321-2004-OS/CD MORDAZA, 23 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 312-2004-OS/CD se aprobo el MORDAZA Reglamento de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU, en reemplazo del texto aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 0945-2002-OS/ CD; Que, dicho Reglamento establece una nueva conformacion de JARU en MORDAZA Colegiadas y Personales; Que, en observancia a lo dispuesto en el Reglamento aprobado, procede designar a los vocales integrantes de las MORDAZA Colegiadas y Unipersonales; De conformidad con el articulo 52º inciso d) del Reglamento General de OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, articulos 6º y 7º del Reglamento de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 312-2004-OS/CD y estando a la acordado en Sesion de Consejo Directivo Nº 29-2004, de fecha 23 de noviembre de 2004;

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