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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (05/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 281788 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27699, Ley Comple- mentaria de Fortalecimiento Institucional del OrganismoSupervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, es- tablece que OSINERG contará con una Junta de Apela- ciones de Reclamos de Usuarios - JARU que conoceráy resolverá, en segunda y última instancia administrati- va, los reclamos de los usuarios de los servicios públi- cos bajo el ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo OSI- NERG Nº 0945-2002-OS/CD de fecha 26 de abril de 2002, se aprobó el Reglamento de la Junta de Apelacio-nes de Reclamos de Usuarios; Que, desde la instalación de JARU en julio de 2002 hasta la fecha se han incrementado los recursos deapelación ingresados a OSINERG para pronunciamien- to en última instancia administrativa y quejas en aproxi- madamente 25% y 85% más de lo habitual respectiva-mente; Que, dada la recargada labor procesal señalada en el considerando anterior y teniendo en cuenta el princi-pio de celeridad contemplado en el numeral 1.9 del artí- culo IV del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, es indispensable dotar a JARUde la estructura necesaria para un mayor desarrollo efec- tivo de la función encomendada; Que, asimismo, la JARU se encargará de la resolu- ción de reclamaciones que eventualmente se planteen derivadas de aspectos relacionados con la distribución de gas natural; Que, en tal sentido es indispensable dotar a JARU con el número de Vocales y Salas necesarios para la atención de los casos que se sometan a su considera-ción; Que, en aplicación de los principios de imparcialidad y uniformidad, es conveniente, además, dejar estableci-da la necesidad que JARU efectúe sesiones conjuntas convocando a todos los vocales, con la finalidad de fijar criterios comunes y definir lineamientos resolutivos enlos diversos tipos de reclamaciones de los usuarios de los servicios públicos de energía, señalándose en los casos que amerite los precedentes administrativos deobservancia obligatoria adoptados; Que, el artículo 16º del actual Reglamento de la JARU establece que la Secretaría Técnica debe proporcionarapoyo, técnico, legal y administrativo a la Junta; Que, dado que la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios resuelve recursos de apelación, quejas ymedidas cautelares sobre materias vinculadas a los servicios públicos de energía que se formulan durante la tramitación de procedimientos administrativos, es nece-sario implementar una Secretaría General que se en- cargue de organizar administrativamente los asuntos de la JARU, así como Secretarías Técnicas que se dedi-quen exclusivamente a los temas que son materia de aprobación por la JARU; Que, las razones señaladas en los considerandos anteriores, justifican la urgencia de que se emita la pre- sente resolución, exceptuándola del requisito de la prepublicación a que se refiere el artículo 25º del Decre-to Supremo Nº 054-2001-PCM; Que, la Gerencia General ha alcanzado para su aprobación el proyecto de modificación al reglamento aque se refiere el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 º de la Ley Nº 27631, Ley que modifica el literal c) del Artículo3º de la Ley Nº 27332, los Artículos 21º, 25º y el inciso n) del artículo 52º del Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, que aprueba el Reglamento General de OSINERG, elArtículo 6º de la Ley Nº 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese el Texto del Reglamento de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU, que en anexo forma parte Integrante de la pre- sente resolución. Artículo 2º.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web de OSI- NERG: www.osinerg.gob .pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo DirectivoREGLAMENTO DE LA JUNTA DE APELACIONES DE RECLAMOS DE USUARIOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Alcances El presente Reglamento regula la actuación de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía(OSINERG) de conformidad con el artículo 6º de la Ley Nº 27699, Ley Complementaria de Fortalecimien- to Institucional de OSINERG y los artículos 48º y 70ºdel Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. Artículo 2º.- Competencia de la Junta de Apela- ciones de Reclamos de Usuarios La Junta de Apelaciones de Reclamos de Usua- rios, en adelante "JARU", tiene competencia nacio- nal para: a) Conocer y resolver en segunda y última instan- cia administrativa las reclamaciones formuladas por los usuarios ante las entidades que brindan servi-cios públicos de electricidad y distribución de gas natural bajo el ámbito de competencia de OSINERG y que versen sobre las siguientes materias: - Instalación o activación del servicio. - Suspensión o corte del servicio.- Calidad e idoneidad en la prestación del servicio. - Facturación o cobro del servicio. - Cobros por cortes y reconexiones.- Contribuciones reembolsables. - Errores de medición y/o facturación. - Recuperos de consumos no registrados.- Deudas de terceros. - Compensaciones por interrupción parcial o total del servicio. - Cualquier otro reclamo de los usuarios de los servi- cios públicos de electricidad y gas natural ante las entida- des, dentro del marco de la prestación de un serviciopúblico regulado por OSINERG. b) Conocer y resolver las quejas de los usuarios de los servicios públicos de electricidad y distribución de gas natural en cualquier estado del procedimiento administrativo de reclamación, conforme con lo estable-cido en la Directiva de Reclamos vigente. c) Conocer y resolver la solicitud de medidas cautela- res que presente los usuarios de los servicios públicosde electricidad y distribución de gas natural. TÍTULO II ÓRGANOS DE RESOLUCIÓN Y DE APOYO CAPÍTULO I JUNTA DE APELACIONES DE RECLAMOS DE USUARIOS Artículo 3º.- Funciones Son funciones de la JARU: 1. Conocer y resolver en última instancia admi- nistrativa los recursos de apelación así como las que- jas y medidas cautelares formuladas por los usua- rios de los servicios públicos de electricidad y gasnatural que sean de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2º del presente Reglamento; 2. Aprobar resoluciones que al conocer casos particulares, interpreten de manera expresa y general el sentido de las normas y otras disposiciones de caráctergeneral, las que constituirán precedente administrativo de observancia obligatoria. 3. Aprobar sus lineamientos resolutivos en Sala Ple- na. 4. Otras que le asigne expresamente el Consejo Di- rectivo de OSINERG.