Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2004 (05/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 5 de diciembre de 2004

se ha reconstruido el precio de venta en dos momentos durante el periodo senalado que permitan obtener los efectos atribuibles en forma exclusiva a la reduccion en el costo de los insumos en el mencionado periodo57 . Dada la irregularidad en la evolucion de los precios de venta de las fibras de algodon y de poliester se ha tomado en cuenta la evolucion de la tendencia de ambos precios. Del mismo modo, para determinar la composicion de algodon y poliester en la reconstruccion del precio de venta se ha considerado la variedad de popelina de mayor relevancia, en terminos de composicion, entre 1999 y 2002, siendo esta la popelina compuesta en un 80% por poliester y en un 20% por algodon58 . Debido a la limitada informacion respecto a los costos de mano de obra, otros insumos y gastos indirectos de fabricacion, para esta reconstruccion se ha supuesto que no se produjeron variaciones significativas sobre los precios de estos elementos en el periodo senalado. Este supuesto puede ser sostenido considerando la informacion financiera sobre el sector textil brindada por la APTMA respecto a la evolucion anual del agregado de los costos de produccion, que incluiria ademas de los costos de los insumos, el valor de la mano de obra y los gastos indirectos de fabricacion, observados entre 1999 y 2002. Segun estos datos, el costo de produccion se habria mantenido, en promedio, alrededor del 77% del valor de la ventas en el periodo59 . Respecto a los gastos operativos del sector textil pakistani, teniendo en cuenta los datos del APTMA, se pudo observar que estos gastos no habrian variado significativamente entre 1999 y 2002, manteniendose alrededor del 11% del valor de las ventas durante este periodo, en tanto que los margenes de utilidad60 habrian mostrado una tendencia al alza en el mismo periodo61 . De este modo, se ha considerado mantener MORDAZA el valor de ambos componentes en las reconstrucciones del precio de venta realizadas, tanto para MORDAZA 1999 como para diciembre 2002. Los resultados de esta reconstruccion pueden observarse en el Cuadro Nº 12 y puede inferirse que la contraccion esperada en los precios finales de los tejidos de popelina, como consecuencia de la caida en los precios de las materias primas empleadas, en este caso, el algodon y el poliester, durante el periodo considerado deberia ser, aproximadamente, del 2% en el valor del producto final. Sin embargo, entre 1999 y 2002, como se observa tambien en el Cuadro Nº 10, la contraccion observada en el promedio anual de los precios de venta a nivel nacionalizado fue del orden del 17%. En conclusion, solo el 11% de la reduccion en los precios de la popelina 62 puede ser explicada por factores relativos a la evolucion del MORDAZA, en este caso la evolucion de los precios de los insumos, en tanto que 89% de esta caida puede ser atribuida exclusivamente a la presencia de practicas de dumping en los precios de los productos denunciados. En conclusion, se considera la existencia de un margen de dano del orden del 15% que corresponde a la reduccion en el 15% de los precios de venta en el MORDAZA nacional de los tejido de popelina originarios de Pakistan atribuible exclusivamente a las practicas de dumping.
Cuadro Nº 12 Calculo del Margen de Dano
US$/kg Jul-99 Dic-02 2.15 2.08 0.18 0.17 1.01 0.95 0.96 0.96 0.21 0.21 1.05 1.05 3.42 3.34 0.51 0.51 0.13 0.13 4.05 3.98 -2% -17% -15% Observaciones Composicion: 80% poliester - 20% algodon Supuesto: No se produjeron variaciones significativas durante el periodo No registraron variaciones significativas: Fuente: ATPMA

Por tanto, corresponde fijar derechos antidumping equivalentes al margen de dumping, medida que resulta necesaria para corregir la distorsion ocasionada por las practicas de dumping detectadas y eliminar el dano causado a la produccion nacional por las importaciones originarias de Pakistan. De mismo modo que la Comision, la Sala considera necesario aplicar un derecho antidumping especifico, en este caso, equivalente al margen de dano calculado (15%), el cual asciende a 0,47 US$/kg. Dicho derecho se aplicara sobre las importaciones de los tejidos planos de popelina de poliester/algodon (mezclas exclusivas y en cualquier composicion) estampados, crudos, blanqueados, tenidos o con hilados de distintos MORDAZA, de ligamento tafetan, de ancho igual o superior a 2.20 mts, cuyo gramaje esta comprendido entre 50 gr/m2 y 250 gr/ m2, inclusive. En consecuencia, deben modificarse los derechos impuestos por la Comision, quedando fijados los derechos definitivos en 0,47 US$/Kg para las importaciones de tejidos bajo analisis originarios de Pakistan. III.8. Publicacion de la resolucion En aplicacion de lo establecido en el articulo 33º del Reglamento, corresponde disponer que la Secretaria Tecnica solicite al Directorio del Indecopi la publicacion por unica vez de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano63 . IV. RESOLUCION DE LA SALA Primero.- Confirmar la Resolucion Nº 017-2004/CDSINDECOPI emitida por la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios el 26 de febrero de 2004 en el extremo referido a la aplicacion de derechos antidumping sobre las importaciones de tejidos planos de ligamento tafetan, popelina poliester/algodon (mezclas en cualquier composicion), estampados crudos, blanquea-

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Como periodo inicial para la comparacion realizada se considero el mes de MORDAZA de 1999 debido a la disponibilidad de informacion para este ano. Para determinar el periodo final se considero el valor de los componentes del costo en el ultimo mes del periodo de analisis, diciembre de 2002. Cabe resaltar que en el caso de la reconstruccion del valor normal, se considero como composicion para los tejidos de popelina, 65% de poliester y 35% de algodon debido a que durante el ano 2002, periodo considerado para el analisis del margen de dumping, fue esta variedad de tejidos la que tuvo mayor relevancia respecto al total importado de origen pakistani. Si bien se observo una caida en este indicador pasando del 80% al 72% entre 1999 y 2002, esta contraccion puede ser relacionada a su vez a la caida en el precio de las fibras empleadas en el MORDAZA de fabricacion en el mismo periodo segun informacion de la APTMA. y tal como se puede apreciar en el siguiente cuadro:
Resumen Financiero de la Industria Textil en Pakistan
Porcentaje en funcion de la ventas totales del sector

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A) Insumos (a + b + c) a) Algodon (*) b) Poliester (*) c) Otros insumos B) Mano de Obra C) Gastos Indirectos de fabricacion D) Costo de Produccion (A + B + C) E) Gastos GEnerales F) Utilidades Precio Reconstruido (D + E + F) Reduccion por caida en los precios de los insumos (I) Caida observada en el predio de la popelina (II) Margen de Dano (II - I)

Costo de venta Utilidad Bruta Gastos Operativos Utilidad Operativa Otros ingresos Utilidad MORDAZA de impuestos Numero de empresas en la muestra

1999-00 80% 20% 11% 9% 1% 10% 141

Anos 2000-01 78% 22% 11% 11% 1% 12% 152

2001-02 72% 28% 12% 16% 1% 15% 103

Promedio 1999 - 2002 77% 23% 11% 12% 1% 12% 132

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Tanto la utilidad operativa como la utilidad MORDAZA de impuestos. Respecto al valor total de las ventas entre 1999 y 2002, la utilidad operativa habria pasado del 9% al 16%, tal como se aprecia en la Nota 59. La contraccion del 2% en el precio reconstruido en el Cuadro Nº 12 como resultado de la reduccion de los precios de los insumos, representa el 11% de la caida en los precios nacionalizados de los tejidos de popelina originarios de Pakistan. El 89% restante de esta contraccion en el MORDAZA nacional puede ser atribuible de manera exclusiva a las practicas de dumping en estos productos.

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Variacion en el precio reconstruido entre Jul-99 y Dic-02 Variacion del precio promedio anual entre 1999 y 2002

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(*) Para la reconstruccion fue considerada una proporcion de 20% de algodon y 80% poliester Elaboracion: ST-SDC/INDECOPI

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