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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (05/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 39

PÆg. 281787 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de diciembre de 2004 dos, teñidos o con hilados de diferentes colores, de an- cho igual o superior a 2,20 metros, cuyo gramaje esté comprendido entre 50 gr/m2 y 250 gr/m2, inclusive, origi- narios de la República de Pakistán. Segundo.- Modificar la Resolución Nº 017-2004/ CDS-INDECOPI en el extremo relativo al cálculo de los derechos antidumping definitivos, quedando éstos fija-dos en 0,47 US$/Kg para las importaciones de tejidos planos de ligamento tafetán, popelina poliéster/algodón (mezclas en cualquier composición), estampados cru-dos, blanqueados, teñidos o con hilados de diferentes colores, de ancho igual o superior a 2,20 metros, cuyo gramaje esté comprendido entre 50 gr/m 2 y 250 gr/m2, inclusive, originarios de la República de Pakistán. Tercero.- Disponer que la Secretaría Técnica solicite al Directorio del Indecopi la publicación por una vez de lapresente resolución en el Diario Oficial El Peruano, se- gún lo establecido en el artículo 33º del Decreto Supre- mo Nº 006-2003-PCM. La resolución entrará en vigen-cia al día siguiente su publicación. Con la intervención de los señores vocales: Juan Francisco Rojas Leo, Julio Baltazar Durand Carrión, José Alberto Oscátegui Arteta, Luis Bruno Semina- rio De Marzi y Lorenzo Antonio Zolezzi Ibárcena. JUAN FRANCISCO ROJAS LEOPresidente ANEXOS Anexo Nº 1 Mercado interno de tejidos de popelina poliéster/algodón de ancho mayor a 2,20 metros (Kg) Período: 1998 - 2002 1998 1999 2000 2001 2002 Rama de Producción Nacional 525,099 615,368 681,876 545,882 526,280 Perú Pima S.A. 525,099 615,368 664,353 493,888 496,739 Tejidos San Jacinto S.A. n.d. n.d. 17,523 51,994 29,541 Importaciones 91,760 122,944 232,055 487,666 579,425 China - 21,186 780 40,110 7,490 Ecuador - 1,823 6,593 - 9,311 España 939 1,894 4,210 952 6,850Pakistán 83,802 94,197 209,240 445,030 533,904 Otros 7,019 3,844 11,232 1,57421,870 Total Mercado Interno 616,858 738,312 913,931 1,033,5481,105,705 Elaboración: ST-SDC/INDECOPI Anexo Nº 2 Participación en el Mercado interno de tejidos de popelina poliéster/algodón de ancho mayor a 2,20 metros (%) Período: 1998 - 2002 1998 1999 2000 2001 2002 Rama de Producción Nacional 85% 83% 75% 53% 48% Perú Pima S.A. 85% 83% 73% 48% 45% Tejidos San Jacinto S.A. n.d. n.d. 2% 5% 3% Importaciones 15% 17% 25% 47% 52% China 0% 3% 0% 4% 1% Ecuador 0% 0% 1% 0% 1%España 0% 0% 0% 0% 1%Pakistán 14% 13% 23% 43% 48% Otros 1% 1% 1% 0% 2% Total Mercado Interno 100% 100% 100% 100% 100% Elaboración: ST-SDC/INDECOPI 6 3Reglamento sobre Medidas Antidumping y Compensatorias, Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM, Artículo 33º Publicación de resoluciones.- La resolución deinicio de investigación, así como las resoluciones que establezcan derechos antidumping o derechos compensatorios, provisionales y definitivos, las que supriman o modifiquen tales derechos y las que ponen fin o suspenden lainvestigación serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez. 22039INICTEL Designan funcionaria responsable de remitir ofertas de empleo al Programa Red CIL Proempleo INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y CAPACITACIÓN DE TELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 121-2004-MTC/INICTEL-PE San Borja, 29 de noviembre de 2004CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, todo Organismo Público y Empresa del Estado está obligado a remitir al Programa Red CILProempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, excepto los puestos clasificadoscomo de confianza, a efecto de que se difundan por los medios de comunicación que señala la norma en mención; Que, de conformidad con el artículo 2º del acota- do dispositivo legal, los Organismos Públicos desig- narán al funcionario responsable de remitir las ofer-tas de empleo de la entidad, al mencionado progra- ma, con diez (10) días hábiles de anticipación, al inicio del concurso de los puestos de trabajo vacan-tes a ofertar; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 4.31.2004 adoptado en su Sesión Ordinaria de 25 denoviembre de 2004, ha designado a la Lic. Adriana Simona Burkli Escurra, Jefa de la División de Recur- sos Humanos como la funcionaria responsable decumplir con remitir la información pertinente de acuer- do a lo dispuesto en el D.S. Nº 012-2004-TR; Que, en consecuencia es necesario realizar el Acto Administrativo correspondiente que formalice dicha designación; Con las visaciones de la Dirección General, de la Oficina de Administración y Finanzas y de la Oficina de Asesoría Legal; En uso de las facultades conferidas en el artículo 24º inciso o) del Estatuto del INICTEL, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2001-MTC de 23 de abril de 2001 y modificado por Decreto Supremo Nº 042-2001-MTC de 6 de setiembre de 2001; SE RESUELVE:Primero.- DESIGNAR, a la licenciada Adriana Si- mona Burkli Escurra, Jefa de la División de Recur-sos Humanos de la Oficina de Administración y Finan- zas, como la funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo al Programa Red CIL Proempleodel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Segundo.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese.RAMIRO COELLO RAMOS Presidente Ejecutivo 22056 OSINERG Aprueban Reglamento de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 312-2004-OS/CD Lima, 23 de noviembre de 2004