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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (08/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G38/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 8 de diciembre de 2004 Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales según corresponda. d) Los fondos públicos correspondientes a la Fuente de Financiamiento “Recursos Ordina-rios para los Gobiernos Regionales” son distri-buidos mensualmente por el MEF a los Gobier-nos Regionales a través de la Dirección Nacio-nal del Presupuesto Público conforme a sus directivas respectivas. La estimación de los ci- tados fondos públicos se detalla en los anexosde la Ley de Presupuesto del Sector Público. 15.6Los índices de distribución del Vaso de Leche y los Programas Sociales de Lucha Contra la Pobreza que se transfieran a los Gobiernos Locales, se aprueban, a propuesta de la Dirección General de Asuntos Eco-nómicos y Sociales - DGAES, mediante ResoluciónMinisterial del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 16º.- Programación en los Pliegos Presu- puestarios 16.1Los Pliegos para efecto de la programación, en concordancia con lo dispuesto en el artículo pre-cedente, toman en cuenta lo siguiente: a) En cuanto a los ingresos a percibir, con excep- ción de los provenientes del Tesoro Público, setendrán en cuenta las tendencias de la econo-mía, las estacionalidades y los efectos coyun-turales que puedan estimarse, así como losderivados de los cambios previstos por la nor- matividad que los regula. b) En cuanto a los gastos a prever, se asignarán a través de créditos presupuestarios, de con-formidad con la escala de prioridades y laspolíticas de gasto priorizadas por el Titular delPliego. La escala de prioridades es la prela- ción de los Objetivos Institucionales que esta- blece el Titular del Pliego, en función a la Mi-sión, Propósitos y Funciones que persigue laEntidad, atendiendo a lo dispuesto en el nu-meral 16.3 del presente artículo y el artículo71º numeral 71.1 de la Ley General. 16.2El monto proveniente del Tesoro Público será co- municado a los Pliegos por el Ministerio de Econo-mía y Finanzas, a través de sus órganos compe-tentes, el que será adicionado a los ingresos se-ñalados en el numeral 16.1 literal a) del presente artículo, constituyendo el límite del crédito presu- puestario que atenderá los gastos del Pliego. 16.3La previsión de gastos debe considerar, primero, los gastos de funcionamiento de carácter perma-nente, como es el caso de las planillas del perso-nal activo y cesante, no vinculados a proyectos de inversión, así como sus respectivas cargas socia- les; segundo, los bienes y servicios necesariospara la operatividad institucional; tercero, el man-tenimiento de la infraestructura de los proyectosde inversión; cuarto, las contrapartidas que porefecto de contratos o convenios deban preverse; quinto, los proyectos en ejecución; y finalmente, la ejecución de nuevos proyectos. 16.4Para efecto de la programación de gastos, en el caso de los nuevos proyectos a que hace men-ción el numeral precedente, los pliegos, bajo res-ponsabilidad de su titular, sólo podrán programar los gastos que se requieran en el año fiscal res- pectivo, atendiendo a que el plazo de ejecucióndel proyecto, según su declaratoria de viabilidad,no haya superado el año subsiguiente al plazoprevisto en dicha declaratoria. 16.5Se consideran los proyectos de inversión que se sujeten a las disposiciones del Sistema Nacional de Inversión Pública. Artículo 17º.- Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y por Donaciones y Transferencias Los recursos provenientes de operaciones oficiales de cré- dito externo e interno, cuando sean mayores a un año, así como los provenientes de donaciones y transferencias, salvoen el caso de operaciones de libre disponibilidad que contem-ple el Marco Macroeconómico Multianual de acuerdo al progra-ma económico del Gobierno, sólo se presupuestan cuando: a) Se suscriban o emitan los respectivos Instrumen- tos Bancarios y/o Financieros de acuerdo a la le-gislación aplicable; ob) Se celebre el Contrato o Convenio pertinente. CAPÍTULO II FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA Artículo 18º.- La Fase de Formulación Presupuestaria 18.1 En la Fase de Formulación Presupuestaria, en adelante Formulación, se determina la estructura funcional-programática del pliego, la cual debereflejar los objetivos institucionales, debiendo es-tar diseñada a partir de las categorías presupues-tarias consideradas en el Clasificador Presupues-tario respectivo. Asimismo, se determinan las me- tas en función de la escala de prioridades y se consignan las cadenas de gasto y las respectivasFuentes de Financiamiento. 18.2La estructura de la cadena funcional-programática es propuesta, considerando los criterios de tipicidady atipicidad, por la Dirección Nacional del Presupuesto Público, a los pliegos para su aprobación. Artículo 19º.- Medios informáticos La propuesta y demás documentación vinculada a la formu- lación del presupuesto del Pliego se tramitará sirviéndose de los medios informáticos que para tal efecto el Ministerio de Econo- mía y Finanzas pondrá a disposición de las Entidades, fijando laDirección Nacional del Presupuesto Público los procedimientos yplazos para su presentación y sustentación. CAPÍTULO III APROBACIÓN DE LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO Artículo 20º.- Estructura de la Ley de Presupuesto del Sector Público De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, la Ley de Presupuesto del Sector Públicose estructura en las siguientes secciones: a) Gobierno Central Comprende los créditos presupuestarios aprobados a los pliegos del Gobierno Nacional representativosde los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y susInstituciones Públicas Descentralizadas. Asimismo, se consideran comprendidos en el Gobierno Nacio- nal, en calidad de pliegos, el Ministerio Público, Jura-do Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Pro-cesos Electorales, Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil, Consejo Nacional de la Magistra-tura, Defensoría del Pueblo, Contraloría General de la República, Tribunal Constitucional, Universidades Públicas, los organismos reguladores, recaudado-res y supervisores; y, demás Entidades que cuentencon un crédito presupuestario en la Ley de Presu-puesto del Sector Público. b) Instancias Descentralizadas Comprende las transferencias a los pliegos repre- sentativos de los niveles de Gobierno Regional yGobierno Local. Artículo 21º.- Los anteproyectos de la Ley de Presu- puesto del Sector Público y la Ley de Equilibrio Finan-ciero del Presupuesto del Sector Público 21.1Los anteproyectos de la Ley de Presupuesto y de la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público, preparados por la DirecciónNacional del Presupuesto Público, son sometidospor el Ministerio de Economía y Finanzas a la apro-bación del Consejo de Ministros y remitidos comoproyectos de Ley por el Presidente de la Repúbli- ca al Poder Legislativo, de acuerdo al procedi- miento y plazos correspondientes establecidos porla Constitución Política del Perú. 21.2El proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público contiene una parte normativa que regulaaspectos vinculados a la materia presupuestaria, y está acompañado de la documentación comple- mentaria siguiente: a) Exposición de Motivos, señalando los objeti- vos de política fiscal y los supuestos macroeco- nómicos que serán tomados del Marco Ma- croeconómico Multianual del año correspon-diente, en que se sustenta el proyecto de Leyde Presupuesto del Sector Público. b) Anexo de Subvenciones para Personas Jurídi- cas. c) Cuadros Resúmenes Explicativos de los Ingre- sos y Gastos, que incluyen la relación de cuo-