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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (08/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G39/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 8 de diciembre de 2004 Que, según el Informe Técnico del Visto, el objetivo es fortalecer la campaña de difusión sobre los beneficios quebrindará un Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidosde Norteamérica a nivel nacional, dirigida al público en general, de todas las edades en todos los niveles socioeconómicos, con especial énfasis en los niveles C, D, y E, debido a que enestos segmentos se concentra el grueso de la población y seregistra una mayor necesidad de difusión sobre el tema; Que, el requerimiento formulado se sustenta en el Infor- me Técnico del Visto, según el cual se ha seleccionado a las Cadenas Radiales: a) Corporación Radial del Perú S.A.C., propietaria de las radios Radiomar Plus, escogida por ser laradio que brinda mayor cobertura en los niveles socioeconó-micos indicados, y Radio Moda, por ser la radio con mayornivel de consumo por parte del público joven; b) Grupo R.P.P.S.A., propietaria de Radio Programas del Perú, seleccionada por ser líder de todos los segmentos que conforman el públi- co objetivo. El referido Informe se fundamenta en los cuadrosde Estudio de Audiencia Radial, proporcionados por C.P.I.; Que, el costo total de los servicios asciende al monto de US$ 79,453.92 (Setentinueve mil cuatrocientos cincuen-titrés y 92/100), incluido el IGV; Que, según informa la Directora de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administra-ción, mediante Informe Nº 187-2004-MINCETUR/SG/OGA-OASA, es necesario contratar los servicios de las referidascadenas radiales, a través de un servicio personalísimo, deconformidad con el inciso h) del artículo 19º del Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, a fin de alcanzar los objetivos propuestos; Que, el artículo 111º del Reglamento del la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias, establece las condiciones que deben reunir las contrataciones para poder acceder a la causal de exoneración por servicios personalísi-mos, señalando que la misma estará referida a los contratos delocación de servicios celebrados con personas naturales ojurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido encuenta como requisito esencial a la persona de locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o esenciales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio;disponiendo expresamente que tal evaluación debe ser obje-tiva y efectuarse en función de la naturaleza de las prestacio-nes a su cargo; incluyendo en esta causal a los servicios depublicidad que prestan al Estado, los medios de comunicación radial, entre otros, en atención a las características particulares que los distinguen; Que, por lo expuesto, resulta procedente la exoneración del proceso de Concurso Público Nacional por relación deítems, para la contratación del servicio de difusión radial, el cualdeberá realizarse mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, por un monto referencial de US$ 79,453.92 (Setentinueve mil cuatrocientos cincuentitrés y 92/100) inclui-do IGV, que serán financiados con recursos ordinarios; De conformidad con la Ley Nº 27790, el Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento; De acuerdo con el Informe de Visto y con los Informes Nºs. 187-2004-MINCETUR/SG/OGA-OASA y Nº 327-2004-MINCETUR/SG-AJ de la Oficina de Abastecimiento y Servi-cios Auxiliares y de la Oficina General de Asesoría Jurídi-ca, respectivamente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de Concur- so Público Nacional por relación de ítems, para la contratacióndel servicio de radiodifusión para la promoción del Tratado deLibre Comercio - TLC con los Estados Unidos de Norteamérica, con las empresas: Corporación Radial del Perú S.A.C. (Radiomar Plus y Radio Moda) y el Grupo R.P.P. S.A. (Radio Programas delPerú) por tratarse de un servicio personalísimo. Artículo 2º.- La Oficina General de Administración que- da encargada, a través de la Oficina de Abastecimiento yServicios Auxiliares, de contratar a las mencionadas em- presas, para la prestación del servicio de radiodifusión a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, porel período de dos meses, sin exceder el equivalente deUS$ 79,453.92 (Setentinueve mil cuatrocientos cincuenti-trés y 92/100 dólares americanos), incluido el IGV, queserán financiados con recursos ordinarios. Artículo 3º.- La contratación a que se refiere la presen- te Resolución, se realizará mediante un proceso de Adjudi-cación de Menor Cuantía. Artículo 4º.- La Oficina General de Administración queda encargada de remitir copia de la presente Resolución y de losinformes que la sustentan, a la Contraloría General de la Repú- blica, dentro de los siguientes 10 días calendario a la fecha deexpedición de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 22256 DEFENSA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G4D/G61/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G2D /G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G48/G75/G6D/G61/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G46._/G75/G65/G72/G7A/G61/G73/G41/G72/G6D/G61/G64/G61/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1394-2004-DE/CCFFAA/CDIH-FFAA Lima, 1 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, el RFA-01-06, Reglamento de Publicaciones del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de abril de 1996, establece las normas y procedimientos para la formulación, revisión, actualización y distribución de las publicaciones queemita el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, por Resolución Ministerial Nº 626-DE/CCFFAA- DDHH, de 17 de abril de 2001, se aprobó el MFA 16-01"Manual del Derecho de la Guerra"; Que, el Centro del Derecho Internacional Humanitario de las Fuerzas Armadas, ha recomendado la necesidad decontar entre sus textos de consulta y para instrucción, conun "Manual de Derecho Internacional Humanitario para lasFuerzas Armadas", como garantía de una correcta inter-pretación y aplicación de sus normas, procedimientos y reglas, asegurando la unidad de criterio y de acuerdo a la doctrina de las Fuerzas Armadas del Perú; Que, mediante Oficio Nº 003 EMCFFAA/CDIHFFAA, de 29 de enero de 2003, la Jefatura del Estado Mayor Conjunto delas Fuerzas Armadas comunicó al Jefe de Estado Mayor Ge-neral del Ejército, el empleo del contenido de los dos (2) Textos Oficiales Finales (TTOOFF) formulados y aprobados por el Ejército en el año 2002, para la formulación del "Manualdel Derecho Internacional Humanitario en las Fuerzas Arma-das", por el Comité de Trabajo del Centro del Derecho Inter-nacional Humanitario, propuesto para tal efecto; Que, el precitado Comité de Trabajo cumplió con presentar al Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Manual del Derecho Internacional Humanitario en las Fuerzas Arma-das; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 536-2004-DE/SG, de 4 de mayo de 2004, se aprobó la Directiva Nº 001 MINDEF/CEA-DIH, con la finalidad de integrar el Derecho Internacional Humanitario en la doctrina e instrucción de las Instituciones Armadas, cuyo Anexo 2 prevé un cronograma de actividadespara la formulación del Manual de las Fuerzas Armadas; Que, el "Manual del Derecho Internacional Humanitario para las Fuerzas Armadas", ha sido objeto de estudio porparte de la Delegación Regional del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) para Bolivia, Ecuador y Perú, la cual ha expresado su conformidad con el mismo; De conformidad con el inciso e) del artículo 7º de la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, e inciso l) delartículo 69º de su Reglamento, aprobado por Decreto Su-premo Nº 004-DE/SG, de 19 de febrero de 2003; Estando a la propuesta del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el "Manual de Derecho Internacional Humanitario para las Fuerzas Armadas", que consta de DIEZ(10) Capítulos, DIEZ (10) Anexos y NUEVE (9) Apéndices. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el MFA 16-01 "Manual del Derecho de la Guerra", aprobado por Resolución Ministe-rial Nº 626-DE/CCFFAA-DDHH, de 17 de abril de 2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 22147