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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G33/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 15 de diciembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 257-2004-CG/ORTR, resultante del Examen Especial que se viene efectuan-do a la Municipalidad Distrital de La Esperanza, provin-cia de Trujillo, departamento de La Libertad, período ene-ro 2002 - diciembre 2003, incluyendo operacionesanteriores y posteriores al citado período; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Control 2004 de la Oficina Regional de Control Trujillo de la Contraloría Ge-neral de la República, se dispuso la ejecución de una acción de control a la Municipalidad Distrital de La Espe- ranza, a fin de verificar el uso de los recursos asignadosa la citada Municipalidad, entre otros objetivos, para eva-luar selectivamente los procesos de adjudicación de lasobras públicas a través de diversas modalidades, suejecución, mantenimiento y conservación, en cumplimien- to de los objetivos y metas institucionales, determinando si se ejecutaron con plena observancia de la normativavigente y a precios razonables de mercado; Que, como resultado de la citada acción de control, la Comisión Auditora ha determinado que en el período 2003,la Municipalidad Distrital La Esperanza solicitó un présta- mo al Banco de la Nación por la suma de S/. 3 000 000,00 para la ejecución de obras, en una sola armada, el cual nofue utilizado de manera inmediata, al no haber contadopreviamente a su solicitud, con la programación de laejecución de obras, ni la documentación técnica y finan-ciera para su viabilidad, lo que ocasionó perjuicio econó- mico a la entidad por concepto de intereses ascendente a S/. 251 885,45 que debe ser resarcido de acuerdo a lodispuesto por el artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) artí- culo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Su- perior de Control, disponer el inicio de las acciones lega-les pertinentes en forma inmediata, por parte del Procu-rador Público, en los casos en que en la ejecución direc-ta de una acción de control se encuentre daño económi-co o presunción de ilícito penal, correspondiendo autori- zar al Procurador Público a cargo de los asuntos judicia- les de la Contraloría General de la República, el inicio delas acciones legales respectivas contra los responsa-bles comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales de la Contra- loría General de la República, para que en nombre yrepresentación del Estado, inicie las acciones legalespor los hechos expuestos, contra los presuntos respon-sables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndo-sele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 22585 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G72/GE9/G2D /G64/G69/G74/G6F/G20/G50/G6F/G70/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G2D /G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1962-2004 Lima, 7 de diciembre de 2004EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Cré- dito Popular de Lima (Caja Metropolitana) para que se le autorice la apertura de una Agencia Especial Temporal ubicada en el Club Social Miraflores; y, CONSIDERANDO:Que la empresa recurrente ha cumplido con presen- tar la documentación pertinente que justifica lo solicita- do; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación Financiera "F" mediante Informe Nº 139-2004-DESF "F"; y, De conformidad con el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la SBS, aprobado mediante Resolución SBS Nº 131-2002y sus modificatorias, el artículo 30º de la Ley General delSistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgáni-ca de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº26702, la Circular CM-0321-2004, el artículo 41º y Quin- ta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 27444 y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBSNº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima (Caja Metropolitana), la apertu-ra de una Oficina Especial Temporal del 9 al 23 de di-ciembre de 2004, en los ambientes del Club Social Mira-flores, sito en Malecón de la Reserva Nº 535, Miraflores,provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- La Oficina Especial Temporal está autorizada a realizar exposición y venta de bienesadjudicados (joyas). Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca 22605 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G6C/G61 /G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1963-2004 Lima, 7 de diciembre del 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Comercio para que se le autorice la apertura de una agencia en elCentro Comercial Aurora ubicado en la calle Arias Schrei-ber Nºs 156-160, 1er. Piso, urbanización Aurora del dis- trito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solici- tada; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº189-2004-DESF "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten-dencia de Banca y Seguros, Circular Nº B-2134-2004; y,en virtud de las facultades delegadas mediante la Reso-lución SBS Nº 003-98;